REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescente
La Asunción, 25 de agosto de 2016
205 y 157º
ASUNTO PRINCIPAL: OP04-D- 2016-000306
RESOLUCION JUDICIAL
Celebrada la Audiencia de Calificación de Procedimiento y oídas las partes en la audiencia oral del día jueves (25) de agosto del año Dos mil dieciséis (2016), relacionada contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA el Tribunal para decidir observa:

La Fiscal Séptimo del Ministerio Público Dra. ROANNY FINA , señalo: el día dieciséis de agosto del año 2016, aproximadamente a las 11:00 horas de la noche, los ciudadanos CRISANTO JOSE HERNANDEZ SILVA, KORAK ZARAK HERNANDEZ SILVA, KORAK JUNIOR HERNANDEZ GONZALEZ, SARISMAR DEL VALLE ALZOLAY HERNANDEZ, LESBIA MAXIMA GONZALEZ MARTINEZ (OCCISO), se encontraban en su vivienda ubicada en la casa sin numero de color azul con rejas de color blanco, ubicada en las Guevaras sector Brisas del Valle, municipio Díaz, estado Nueva Esparta, en ese momento llegó el ciudadano JOHN LUIS HERNÁNDEZ SILVA (adulto), GRATEROL BRITO VICENTE EMILIO (adulto) y el adolescente IDENTIDAD OMITIDA llegaron a la mencionada vivienda donde se encontraban los ciudadanos hoy occiso y John Hernández conjuntamente con IDENTIDAD OMITIDA ingresaron a la vivienda donde sostuvieron una fuerte discusión por cuanto John estaba reclamándole a Korak respecto a un material que le había entregado para realizar unas urnas y Korak no le había hecho nada, por lo que le dispararon con un arma de fuego tipo escopeta y salieron de la vivienda diciéndole a Vicente Emilio que se encontraba en el porche que prendiera la camioneta porque se iban, luego John llegó a su vivienda donde se cambió de ropa al igual que IDENTIDAD OMITIDA las cuales fueron localizadas en su vivienda y que las mismas estaban impregnadas de sustancia hemática y que será objeto de estudio, elementos de convicción que confirman Las sospechas fundadas que exige nuestro legislador en el artículo 551 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Estos fundamentos se enuncian a continuación: 1.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL DE FECHA 17 DE AGOSTO DEL 2016, suscrita por DETECTIVE AGREGADO LEIGER MARIN, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia que conformado en comisión integrada por DETECTIVE JEFE RAFAEL LOMBANO, DETECTIVES GADIANGEL GARCIA, JESUS ROMERO, JOSE BASTARDO, JESUS VERGARA Y JORMAR HEREDIA, se trasladaron hasta el sector Las Guevaras Sur, Municipio Días, a los fines de realizar las primeras diligencias pertinentes al caso, donde al llegar, observaron a una gran cantidad de personas, ingresando los funcionarios a la vivienda donde ocurrieron los hechos, logrando colectar tres conchas de cartuchos, dos tacos de material sintético, tres segmentos de plomo, así mismo sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hepática expandida a lo largo de dicho lugar, seguidamente tres cadáveres de sexo masculino describiendo sus características y su vestimenta, así mismo reciben información de la ciudadana AMALUA DEL VALLE HERNANDEZ SILVA, quien aportó los datos filiatorios de los cinco occisos, posteriormente se trasladaron al nosocomio donde practicaron inspeccion técnica y dejaron constancia de cada uno de los cadáver con sus respectivas heridas, además de muestra de sangre mediante una gasa de cada uno de los occisos.2.- ACTA DE INSPECCIÓN TECNICO POLICIAL CON FIJACION FOTOGRAFICA N° 230, de fecha 17 de Agosto del año 2016, suscrita por los funcionarios, GLADIANGEL GARCIA (DETECTIVE), RAFAEL LOMBANO (DETECTIVE JEFE), LEIGER MARIN (DETECTIVE), JOSE BASTARDO (DETECTIVE), adscritos al eje de investigación de Homicidios realizada en: CASA SIN NUMERO DE COLOR AZUL CON REJAS DE COLOR BLANCO, UBICADA EN LAS GUEVARAS SECTOR BRISAS DEL VALLE, MUNICIPIO DIAZ, ESTADO NUEVA ESPARTA, donde se deja constancia de lo siguiente: “...Trátese de un sitio de suceso mixto, correspondiente al interior y patio trasero de una vivienda sin numero la cual tenía asignado el medidor de luz eléctrica número 42256 , ubicada en la dirección antes descrita y presentando las siguientes características: “Como fachada perimetral se encontraba cercada con alambres de púas , como medio de acceso vista al observador en la parte central presenta una puerta elaborada en tubulares tipo rejas de color blanco, cerrada, con un cerradura fija sin seguridad, se procede abrir, dándonos acceso al interior de la misma, pudiendo observar como fachada principal una estructura de bloques (vivienda), frisadas y pintadas de color azul en la parte central posee una puerta de tubulares tipo rejas, con cerradura fija la cual protege una segunda puerta elaborada en madera ambas con cerradura fija, totalmente cerradas sin ningún tipo notorio de violencia no pudiéndonos dar acceso al interior de la vivienda, se aprecian a sus extremos ventanas de vidrios con protectores elaboradas en tubulares tipo rejas, de color blanca, seguidamente se observa vista al observador del lado lateral derecho de la vivienda un camino el cual conlleva a la parte trasera (patio), pudiendo apreciar en sentido norte, una tercera puerta tipo rejas elaborado en tubulares de hierro de color azul, totalmente abierta al exterior la cual dio acceso al interior de la misma, consecutivamente se visualiza paredes frisadas y pintadas de color azul techo tipo zen, piso de cemento pulido, ocupada por una nevera de color blanca del lado derecho (vista al observador), y del lado izquierda (vista al observador), una, cocina, un microonda, y un fregador, tomando como punto de referencia el borde inferior de la estructura de dicha puerta se visualiza a una distancia de 50 centímetros en sentido norte, un segmento metálico circular de aproximadamente cinco milímetros de diámetros con características similares a las de un proyectil múltiple (guáimaro), disparados por un arma de fuego, y un segmento de plástico trasparente con una medida de cuatro centímetros de longitud por dos de diámetros, la cual se procedió a enumerar como evidencia de interés criminalistico UNO (01), a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar con la finalidad de realizarle experticias correspondientes, consecutivamente a una distancia de cuarenta y dos centímetros (42cm), en sentido este se visualiza y se enumera como evidencia de interés criminalistico DOS (02), dos segmentos metálicos circulares de aproximadamente cinco milímetros de diámetros, con características similares a las de un proyectil múltiple (guáimaro), disparado por un arma de fuego, la cual se procedió a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar con la finalidad de realizarle experticias correspondientes, en relación a esta a una distancia de sesenta y cinco centímetros (65cm), en sentido norte, se observa y se enumera como evidencia de interés criminalistico TRES (03), una concha de cartucho, donde se visualiza en el culote las inscripciones CLEVER 12 MIRAGE , la cual se procedió a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar con la finalidad de realizarle experticias correspondientes con relación a la evidencia número tres, a una distancia de sesenta y tres centímetros en sentido norte, se observa el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino en posición decúbito abdominal con la región cefálica en sentido nor-oeste y las extremidades inferiores en sentido sur-este, portando como vestimenta una franela de color verde, un short de diversos colores, maniatado hacia atrás, apreciándole las siguientes características, tez trigueña, de 1.70 metros de estatura, cabello corto, procediéndose a identificar con el número CUATRO (04), adyacente a este se observa sustancia ancha expandida de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, y se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra NÚMERO UNO (01), seguido a este a una distancia de noventa y tres centímetros (93cm), en sentido norte se observa un segundo cadáver y se identifica con el número CINCO (05), a una persona de sexo masculino, en posición decúbito abdominal, con la región cefálica en sentido norte, y las extremidades inferiores en sentido sur, portando como vestimenta una prenda de vestir tipo bóxer de color azul, apreciándose las siguientes características físicas, tez trigueña de 1,60 metros de alto, pelo de color negro, presentando una herida abierta en la cabeza con exposición de masa cefálica, producida presumiblemente por el paso de proyectiles múltiples disparados por arma de fuego, adyacente a este se observa sustancia ancha expandida de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra número DOS(02), Partiendo de la región cefálica del occiso dos, a una distancia de cincuenta y dos centímetros 52 cm, en sentido norte de igual forma se aprecia un tercer cadáver y se identifica con el número SEIS 06, a una persona de sexo masculino, en posición decúbito abdominal, con la región cefálica en sentido este y las extremidades inferiores en sentido oeste, portando como vestimenta un short de color negro donde se visualiza a su laterales las inscripciones total 90, presentando las siguientes características físicas, tez trigueña, de 1,70 metros de estatura, pelo corto de color negro, adyacente a este se observa sustancia ancha expandida de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo flecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra NÚMERO TRES, partiendo de la región del hombro derecho del occiso tres, a una distancia de doscientos cuarenta centímetros (240 cm), se visualiza y se enumera como evidencia SIETE 07, una concha de cartucho de color trasparente, donde se visualiza en el culote las inscripciones 12*12*12*12, en referencia a esta a una distancia de 70 centímetros, en sentido este se visualiza como evidencia OCHO 08, un segmento de plástico trasparente con una medida de cuatro centímetros de longitud por dos de diámetros, en relación a esta a una distancia de ochenta centímetros, en sentido este, o en relación a la puerta tomada como punto de referencia del lado derecho (vista al observador), se distingue un área que funge como baño sanitario, y dentro de este se observan, dos cadáveres de sexo femenino en posición decúbito abdominal, y se identifican con los números NUEVE 09, y DIEZ 10, la numero nueve (09), se encontraba con la región cefálica en sentido oeste y las extremidades inferiores en sentido este, portando como vestimenta una franela de color naranja, y un short de color rosado con negro, apreciándole las siguientes características físicas, tez blanca, de 1.60 metros de estatura, cabello largo de color negro, presentando heridas, producida presumiblemente por el paso de proyectiles múltiples disparados por arma de fuego, adyacente a este se observa, un pantalón largo, tipo jean de color azul, sin talla aparente, marca wangler, impregnado de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática la cual se procedió a colectar, embalar y etiquetar, con la finalidad de ser remitido al laboratorio de criminalística para su correspondiente experticia hematológica, de igual forma se distingue en el piso alrededor de la misma, sustancia ancha expandida de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra número CUATRO(04), la occisa identificada con el número diez (10) se encontraba con la región cefálica en sentido sur y las extremidades inferiores en sentido norte, portando como vestimenta una franela de color gris, y una prenda de lucir intima (pantaleta), de rayas de colores moradas y gris, apreciándole las siguientes características fisicas, tez trigueña, de 1.58 metros de estatura, cabello largo de color negro, presentando heridas, producida presumiblemente por el paso de proyectiles múltiples, disparado por arma de fuego, adyacente a la región cefálica se observa sustancia ancha expandida de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra número cinco (05), seguidamente nos trasladamos a la parte central de dicho inmueble el cual funge como sala con la finalidad de realizar rastreos minuciosos en búsqueda de alguna otra evidencia de interés criminalistico, pudiendo constatar que de igual forma se encontraba pinta de color azul, con piso de cemento pulido y techo de zin, del lado izquierdo vista al observador se encontraba provista de bienes muebles tales como mesas, sillas, equipo de sonidos, televisores, todos en perfecto estado , apreciándose del lado derecho( vista al observador), tres habitaciones identificadas como 1,2,3 partiendo desde la parte trasera del inmueble; específicamente en la parte superior de las paredes que edifican las habitaciones una y dos, se observan sustancia de color pardo rojiza con morfología por salpicadura, de igual forma adornos tales decorativos (espejos), impregnados de dicha sustancia, con morfología por salpicaduras, las referidas habitaciones poseían puertas de madera de color marrón batientes al interior, con cerradura tipo manilla sin ningún tipo de violencia notorio, así como también al ser verificados se pudo apreciar que dentro de las mismas no había ningún tipo de registro y desorden, provistas de camas y adornos decorativos, en regular estado, posteriormente se procedió con la remoción de los occisos hasta la unidad forense, para su traslado a la morgue del hospital central de Porlamar; observando debajo del tercer occiso identificado como número (06), una concha de cartucho de color rojo, donde se visualiza en el culote las inscripciones WINCHESTER 12 GA MIRAGE, la cual se procedió a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar, con la finalidad de realizarle experticias correspondientes, posteriormente se procede a realizar un rastreo por las adyacencias del lugar específicamente por la parte trasera (patio), observando a una distancia de ocho metros en sentido oeste, con relación a la puerta trasera ya tomada como punto de referencia, colectores de agua uno de color blanco y uno de color rojos, el de color blanco contenía dentro sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se procedió, a fijar fotográficamente, señalar con un testigo flecha, colectar con un segmento de gasa estéril como muestra NÚMERO (06), con la finalidad de ser remitido al laboratorio de criminalística para su correspondiente experticia hematológica , y dentro del recipiente rojo contenía dentro sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática , colectada con una gasa estéril como muestra NÚMERO (07), un segmento de tela de color verde impregnado de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, una franela de niño de color rojo, sin talla ni marca aparente, impregnadas de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, tres tiras de material de fibras impregnadas de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza, las mismas fueron fijadas fotográficamente, colectadas embaladas y etiquetadas con la finalidad de ser remitidas, al departamento de criminalística para su correspondiente experticia hematológica, se consigna composición fotográfica mediante la presente. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto. Termino, se leyó y estando conformes firman.3.- ACTA DE INSPECCIÓN TECNICO POLICIAL CON FIJACION FOTOGRAFICA N° 231, de fecha 17 de Agosto del año 2016, suscrita por los funcionarios, GLADIANGEL GARCIA (DETECTIVE), LEIGER MARIN (DETECTIVE), adscritos al eje de investigación de Homicidios realizada en: La morgue del Hospital Central Dr. Luís Ortega de Porlamar, en la avenida 4 de Mayo, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, donde se deja constancia de las características de los cadáveres y la vestimenta así como las heridas.4.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de Agosto del 2016, rendida porPEDRO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto se encontraba en su vivienda que coincide con la parte trasera donde ocurrieron los hechos y que escuchó gritos y disparos en la misma.5.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por ELIBERTO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto se encontraba en su vivienda cuando recibió llamada telefónica donde la manifestaron que su hermana Lesbia había fallecido.6.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por SOLANGEL, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que Amalu le comentó que había recibido una llamada telefónica donde decían que habían escuchado una fuerte discución en la casa de Kora y que se habían escuchado disparos, por lo que ella con Amalu se trasladaron al sitio y pudieron observar a los cadáveres.7.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por JOSE MARIN, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que escuchó unos disparos por cuanto vive cerca de la vivienda donde ocurrieron los hechos.8.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por FREDMARYS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que escuchó unos disparos y un vehículo que se alejaba de la vivienda donde ocurrieron los hechos ya que habita cerca de la misma.9.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por ODELIS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que escuchó unos disparos y unos gritos, ya que transitaba por la zona a la hora de los hechos.10.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por LUFE, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que se encontraba en la vivienda donde ocurrieron los hechos y que permaneció en su habitación, escuchó peleas, gritos, que escuchó cuando dijeron QUE PASO CUÑADO, QUE PASO, ESTAS LOCO, y que sabía que había tenido discusión con Jhon.11.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de agosto del 2016, rendida por AMALU DEL VALLE, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta que recibió llamada de LUFER que estaba escondida en una de las habitaciones y que había pasado algo, y al llegar al sitio con Solangel que vive cerca observaron los cadáveres.ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de agosto del 2016, rendida por SOLIANNY ROMERO, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta que recibió llamada donde le habían manifestado que habian matado a su hermana.13.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de haber ubicado al ciudadano de nombre Jhon hermano del occiso Korak y a quien le solciitaron trasladarse al Cuerpot detectivesco a los fines de ser entrevistado.14.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de agosto del 2016, rendida por LUIS, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta que había realizado un recorrido el día del hecho a los fines de comprar comida y que su vehículo se le había accidentado.15.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de haberle solicitado información al ciudadano Jhon respecto a la vestimenta que portaba el día de los hechos, manifestando ser la misma que portaba, solicitándole los funcionarios que la aportara a los fines de practicar experticias de rigor el cual accedió a entregarlas libre de coacción.16.- EXPERTICIA HEMATOLOGICA N° 9700-073-218, de fecha 17/08/2016, suscrita por Experto Profesional III YORALYS FERNANDEZ, adscrita al Departamento de Criminalísticas, del CICPC, en la cual se deja constancia que no se descarta la presencia de Iones oxidantes componentes característicos de la deflagración de la pólvora, en la prenda estudiada.17.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia del Historico de llamadas de los números movilnet, Movistar con respecto a la antena que ubica las llamadas descritas en la presente acta.18.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de tener conocimiento y ubicación de los ciudadanos conocidos como Sepequeño y Chipichorro por cuanto los señala la comunidad como azotes de barrio.19.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17 de Agosto de 2016, rendida por MARIAL DEL VALLE CORDOVA, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta el conocimiento que tiene de los hechos.20.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17 de Agosto de 2016, rendida por KARINA DEL VALLE HENRIQUEZ, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta el conocimiento que tiene de los hechos.21.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 17 de agosto de 2016, suscrita por los funcionarios Detective Agregado JUAN TOLEDO, Inspector Agregado Freddy Cárdenas, los Detectives Agregado Wismark VELASQUEZ , quienes conformados en comisión se trasladaron con el ciudadano Jhon Hernández identificado anteriormente a los fines de practicar el recorrido que según el ciudadano in comento manifestó realizó el día del hecho y que según la presente acta, se deja constancia de lo siguiente: “... Prosiguiendo con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de los hechos que se investigan en las actas procesales K-16-0380-00099 diligenciadas por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO), me constituí en comisión con los funcionarios Inspector Agregado Freddy Cárdenas, los Detectives Agregado Wismark VELASQUEZ y el ciudadano Jhon Hernández (identificado plenamente en actas anteriores), a fin de realizar recorrido realizado por este ciudadano el día 16/08/2016, cuando manifestó que había salido de su residencia a fin de realizar compras de víveres (Bachaqueo), partiendo desde su residencia ubicada en el sector Brisas del Valle de la Guevara Sur, Municipio Díaz de este Estado, tomando la avenida Juan Bautista Arismendi sentido Punta de Piedras-Porlamar, llegando a la entrada del Centro Comercial “Sigo”, donde indico que se había detenido el día 16/08/2016, en horas de la noche en su vehículo automotor marca Chevrolet, de color Azul, modelo Caprice, Tipo Ranchera y al no observar personas para realizar la compra de víveres, continuo el recorrido por la calle Monagas de Porlamar, cruzando a mano derecha por la calle San Nicolás de Porlamar, después doblando a mano derecha por la calle a fin de realizar recorrido realizado por este ciudadano el día 16/08/2016, cuando manifestó que había salido de su residencia a fin de realizar compras de víveres (Bachaqueo), partiendo desde su residencia ubicada en el sector Brisas del Valle de la Guevara Sur, Municipio Díaz de este Estado, tomando la avenida Juan Bautista Arismendi sentido Punta de Piedras-Porlamar, llegando a la entrada del Centro Comercial “Sigo”, donde indico que se había detenido el día 16/08/2016, en horas de la noche en su vehículo automotor marca Chevrolet, de color Azul, modelo Caprice, Tipo Ranchera y al no observar personas para realizar la compra de víveres, continuo el recorrido por la calle Monagas de Porlamar, cruzando a mano derecha por la calle San Nicolás de Porlamar, después doblando a mano derecha por la calle Buenaventura, la cual se comunica con la Avenida Francisco Fajardo, llegando al Distribuidor de Conejero, donde se incorporó a la Avenida Circunvalación Norte, llegando al distribuidor los Robles, siguiendo por la avenida Jovito Villalba, llegando a la intercesión de la Avenida Aldonza Manrique del sector Playa el Ángel, dirigiéndose a la avenida Bolívar, hasta llegar al Centro Comercial “AB”, donde está ubicado el supermercado “UNICASA”, donde refiere este que se detuvo y sostuvo coloquio con unas personas que se encontraban en la avenida, quienes le indicaron que solo venderían papel Higiénico, por lo que continuo su recorrido por la mencionada avenida hasta llegar al centro comercial “Central Madeirense”, Municipio Mariño de este Estado, donde estaciono su vehículo, por el área que comunica a la playa la caracola, donde permaneció caminando y hablando con varias personas, hasta el día 17/08/2016 amaneciendo recibió una llamada telefónica donde le manifestaban que su familiar (Hermano) había fallecido, permaneciendo un tiempo no precisado, debido a que su vehículo presentaba desperfectos mecánicos, continuando el recorrido cruzando en el sector bella vista hacia la avenida Rómulo Betancourt, dirigiéndose hasta la avenida Terranova, cruzando a mano derecha hacia la avenida llano Adentro llegando hasta el semáforo, ubicado en la avenida Circunvalación Norte ( Ubicado en la Entrada del sector Achipano), cruzando a mano Izquierda de la referida avenida la cual se comunica con avenida José Asunción Rodríguez, llegando hasta el elevado para incorporarse a la avenida Juan Bautista Arismendi y a la Altura de la Estación de Servicio El Encanto ubicada en el sector Macho muerto, se detuvo por cuanto el vehículo dejo de funcionar. Seguidamente se le informó a la superioridad, finalmente se dejó plasmado en acta de investigación penal la diligencia realizada.. Es todo”. Terminó, se leyó y conforme firman...”22.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 9700-073-DC-889-B-384-16, suscrita por DETECTIVE LUIS FIGUEROA, adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de las características de las conchas y los perdigones incautados.23.- ANALISIS HEMATOLOGICO N° 9700-073-M-219, de fecha 18 de Agosto de 2016, suscrita por Experto Profesional III YORALYS FERNANDEZ, adscritas al área de Microanálisis del CICPC, en la cual se deja constancia de las características de los segmentos de gasa impregnados y de las prendas de vestir colectadas, las cuales dejan constancia de ser de naturaleza hemática de especie humana y su grupo sanguineo.24.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 19 de agosto de 2016, suscrita por DETECTIVE AGREGADO LEIGER MARIN, DETECTIVES JESÚS CUMANA, HUMBOLDT ZABALA Y JUAN YÁNEZ, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, en la cual se deja constancia de haberse trasladado hacia el sector Brisas del Valle, municipio Díaz, con la finalidad de realizar pesquisas que permitan ubicar alguna persona que aporte información respecto al hecho investigado dejando constancia de haber ubicado a quien identificaron como ERWIN, igualmente con BELLORIN Y JOSE CEDEÑO.25.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016,rendida porERWIN, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos.26.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016,rendida por BELLORIN, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos.27.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016, rendida por JOSE CEDEÑO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...Se presentó una persona de manera espontánea, quien dijo ser y llamarse como queda escrito: JOSE CEDEÑO (demás datos filiatorios a reserva del ministerio publico) quien libre de coacción y apremio manifestó sus deseos en rendir entrevista en relación al hecho que se investiga y en consecuencia expone: “hoy en la mañana yo estaba por mi casa y andaba una comisión de PTJ investigando sobre el caso donde mataron a las 5 personas de una familia, me preguntaron si yo sabía algo de eso a lo cual les dije que la noche del día martes 16-08-16 como a las 10:30 u 11.00 de la noche yo me estaba bañando en el patio de mi casa y escuche como 6 disparos que provenían más o menos de la zona donde esta ubicada la casa de esa familia que mataron, luego al otro día en la mañana fue que me entere de lo que había pasado y relacione que esos disparos tuvieron que haber sido con los que mataron a esa gente. Es todo.” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGAR AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conocía de vista, trato o comunicación a los hoy occisos? CONTESTÓ: “si esa gente eran buenas personas, vecinos del sector” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como se suscitaron los hechos donde perdieron la vida los hoy occisos? CONTESTO: “No se, todos están sorprendidos en el sector” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, como puede asegurar que las detonaciones que escucho eran disparos? CONTESTO: “porque yo soy nativo de un Campo del estado Sucre y mis tíos cazan con escopetas y esos tiros que yo escuche eran de escopeta”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que intervalo de tiempo pudo apreciar los referidos disparo? CONTESTO: “yo conté los 6 disparos en un intervalo de tiempo como de un minuto más o menos, no fueron tan seguidos, entre disparo y disparo hubo como 10 segundos más o menos” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si los hoy occisos tenía problemas en el sector? CONTESTO “no que yo sepa” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si alguna persona se percato de los hechos que narra? CONTESTO: “No se” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, a qué distancia aproximada queda su residencia de la vivienda donde ocurrieron los hechos? CONTESTO: “como a 300 mts” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, luego de percibir los referidos disparos observo a algún vehículo o persona desplazarse por el sector? CONTESTO: “No” NOVENA PREGUNTA:¿Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO: “No” TERMINÓ. SE LEYÓ Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN-...”28.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 22 de Agosto del 2016, rendida por ANIBAL GUTIERREZ, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“Resulta que la noche cuando mataron al señor KORAK y a su familia yo estaba en mi casa y como a eso de las 10:00 u 11:00 de la noche, yo estaba en el patio de mi casa y escuche como 5 detonaciones me imagine que eran disparos y me metí para mi casa, me acosté y como a eso de las 03:00 de la mañana me tocan la puerta y me levanto, me percato que era AMALUZ la hermana del señor KORAK, me dijo que la acompañara para la casa de su hermano porque la novia de su sobrino KORAK JUNIOR le estaba avisando que al parecer había pasado algo en la casa y estaba alguien muerto en la sala, me fui con AMALUZ y su esposo por el frente de la casa de KORAK cuando llegamos nos asomamos por la ventana y vemos que la casa esta toda oscura y con el televisor prendido, la puerta del fondo estaba abierta y nos dirigimos para la parte de atrás, cuando llegamos al patio observamos que todo estaba como desordenado, había una ponchera llena de sangre y cuando nos asomamos en la puerta veo que en la cocina están KORAK, JUNIOR y CRISANTO muertos todos llenos de sangre, y en el baño que esta frente a la cocina estaba SARISMAR y LESBIA también muertas, en eso nos asustamos AMALUZ comenzó a llamar a su familia, en eso nos percatamos que en uno de los cuartos estaba metida la novia de JUNIOR con la hija se SARISMAR, la sacamos de allí y yo me fui para mi casa todo asustado vomitando de los nervios. 29.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Agosto del 2016, suscrita por DETECTIVES JESUS ROMERO y DETECTIVE AGREGADO LEIGER MARIN, adscritos al CICPC, en la cual dejan constancia de haberse trasladado al depósito de cadáveres donde se entrevistaron con Maria Ali, quien labora como secretaria a quien le solicitaron información respecto a la ubicación de evidencia alguna en los cadáveres, manifestando que se localizaron tacos y perdigones, tacos de plasticos y dos proytectiles.30.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-252, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de LESBIA MAXIMINA GONZALEZ MARITNEZ.31.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-252, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIAZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de LESBIA MAXIMINA GONZALEZ MARITNEZ.32.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-253, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA ZARAK HERNANDEZ SILVA.33.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-253, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIEZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA ZARAK HERNANDEZ SILVA.34- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-254, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA JUNIOR HERNANDEZ SILVA.35.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-254, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIEZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA JUNIOR HERNANDEZ SILVA.36.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-255, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de ALZOLAY HERNANDEZ SARISMAR DEL VALLE.37.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-255, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIAZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de ALZOLAY HERNANDEZ SARISMAR DEL VALLE.38.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-256, de fecha 17-08-2016, practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de CRISANTO JOSE HERNANDEZ GONZALEZ.39.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-256, de fecha 17-08-2016, practicado por DALILA CRUZ DIEZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de CRISANTO JOSE HERNANDEZ GONZALEZ.40.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23/08/2016, suscrita por INPSECTOR AGREGADO OSKY MONCAYO, adscritos al CICPC, en la cual se deja constancia de haber recibido mediante correo electrónico el historio de reporte de llamadas de los teléfonos incautados en la presente causa.41.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por GRATEROL BRITO VICENTE EMILIO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...Bueno resulta que hace rato yo estaba en mi casa y llego una comisión de PTJ buscándome para hacerme preguntas en relación a un homicidio que ocurrió en las Guevaras el día 16-08-16 en la noche, donde mataron a 5 personas, a lo cual yo les dije que les iba a colaborar con todo lo que sabía pero que yo no tenia nada que ver con eso, a lo cual le conté lo siguiente: el dia que paso eso JHON estuvo en mi casa en la mañana con su esposa, un primito de el llamado LEYKER y la novia, me estaba diciendo que su hermano KORAK lo tenía arrecho porque hace tiempo le dio una madera para hacer unas urnas y no le había hecho nada, alli me dijo para ir en la noche a meterle un susto, al rato se fueron y en la tarde regreso JHON de nuevo en la camioneta con su esposa, nos fuimos los tres para Las Guevaras, dejamos a SOLANGEL en la casa de su mama y de alli nos fuimos para la casa de JHON, allí el me dejo solo y salió, al rato llego con LEYKER, estuvimos un rato allí, hicimos café y como a eso de las 11:00 de la noche mas o menos JHON me dice que prenda la camioneta que íbamos a salir, yo prendí la camioneta y me quede en el porche, en eso JHON y LEYKER agarran para el patio de la casa de KORAK y al ratico comienzo a escuchar una discusión alli, estuvieron rato discutiendo con esa gente de casa de KORAK cuando de repente escuche como 5 disparos de escopeta y veo que viene JHON y LEYKER corriendo cada uno con una escopeta en las manos, JHON me dice montante que nos vamos, nos montamos los tres en la camioneta y nos fuimos hacia una casa entre Los Bagres y Cotoperiz, alli se quedo LEYKER con las dos escopetas, luego de allí JHON me llevo para mi casa pero en la vía me iba diciendo que los habían matado a todos, no supe mas nada, hasta que amaneció que me entere que habían matado a KORAK, y a toda su familia. 42.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Agosto del 2016, suscrita por Detective Agregado Wismark Velásquez, adscrito al CICPC, en la cual deja constancia de la identificación del ciudadano VICENTE EMILIO GRATEROL BRITO, así como la ubicación de su vivienda donde se acordó orden de allanamiento y se lograron ubicar prendas de vestir de interés criminalístico y conchas de cartuchos.43.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Agosto del 2016, suscrita por Detective Khristian Ferrer, adscrito al CICPC, en la cual deja constancia de la ubicación del ciudadano VICENTE EMILIO GRATEROL BRITO, a los fines de ser entrevistado en la presente causa.44.- INSPECCION TECNICO-POLICIAL N° 246, de fecha 23-08-2016, suscrita por funcionarios adscritos al CICPC Porlamar, en la cual se deja constancia de haberse traslado hasta la calle Juan Ancio de La Asunción, describiendo las características de la vivienda y donde logran incautar prendas de vestir y conchas de cartucho.45.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por JHONY, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los hechos en su condición de testigo al allanamiento realizado.46.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por JOSE CAMPOS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los hechos en su condición de testigo al allanamiento realizado.47.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por MAYRA GONZALEZ, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...Bueno resulta que el día de hoy en la tarde yo estaba en mi casa cuando de repente me avisan que mi pareja de nombre VICENTE GRATEROL estaba afuera en la calle y que la PTJ se lo había llevado pero no sé porque, por eso me fui para la PTJ y es que me dicen que estaban investigando un homicidio y mi pareja se había puesto agresivo por eso se lo llevaron, después al rato ya en la noche me llaman de la casa y me dicen que una comisión estaba allá e iban a allanar la casa, por eso me fui para allá y hable con los funcionarios ellos me explicaron lo que estaba pasando, buscaron dos testigos y se les permitió ingresar a la casa, comenzaron a revisar y en uno de los cuartos consiguieron una bolsa con varias conchas de escopeta, me preguntaron de quien era eso y yo les dije que de mi pareja VICENTE, después me preguntaron sobre la ropa que tenia puesta VICENTE la noche del día 16-08-16 lo cual yo les indique que era un blue jean, una franela azul y unas botas de gomas amarillas, les indique donde estaban y ellos colectaron la ropa, también en mi cuarto consiguieron en una cajita dos balas calibre 22 que yo les indique que eso tenía tiempo allí, luego que terminaron me trajeron para acá a declarar al igual que a los dos testigos SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuando su concubino regreso a su residencia que actividad realizo? CONTESTO: “se quito la ropa, se baño y se acostó, yo le pregunte que habían hecho y me dijo que nada que no habían cazado que él se había quedado allí mismo en la Asunción casa de su tía” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, su concubino posee armas de fuego? CONTESTO: “el tenia una escopeta prestada pero la regreso hace como dos semanas”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, a quien le pertenecía la referida arma? CONTESTO: “el me dijo que era de un amigo de él que tenía una finca en Guárico y como se iba para su tierra se la entrego”. 48.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 24-08-2016, suscrita por Detective Agregado Wismar Velasquez , adscrito al CICPC, en la cual se deja constancia de haber sostenido conversación con las ciudadanas SOLANGER ZABALETA Y GLORY ZABALETA, quienes manifestaron haber obviado información al momento de ser entrevistadas en días anteriores respecto al conocimiento de los hechos.49.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016, rendida por SOLANGEL MERCEDES ZABALETA ROMERO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...hoy en la mañana yo estaba en mi casa y llego una comisión de PTJ nuevamente haciendo investigaciones sobre el homicidio de mi cuñado KORAK y su familia, comenzaron a hacerme preguntas y yo sinceramente les dije que no aguantaba más la desesperación y los nervios desde que paso eso porque yo les había mentido el primer día que estuve declarando ya que yo sé desde un principio todo lo que paso, por eso decidí hablar y contarle lo siguiente: resulta que mi pareja JHON HERNANDEZ tenia un problema desde hace como dos meses con su hermano KORAK, porque como todos saben el hacia urnas y JHON las vendía, pero el problema se origino porque JHON compro una madera para que KORAK le hiciera unas urnas, cuyos materiales KORAK los utilizo y no le hizo nada, por eso JHON tenía ya varios días diciendo que le iba a dar un susto a su hermano para que le pagara, por eso el día 16-08-16 en la mañana fuimos al sector el Silguero de Porlamar a casa de un primo de JHON llamado RENE, allí recogimos al hijo de RENE un chamito de 17 años llamado LEYKER y a su novia, de allí nos fuimos JHON, LEYKER, la novia y yo hacia La Asunción a casa de un amigo de JHON llamado VICENTE, estando en casa de VICENTE yo me fui para el patio de la casa con la novia de LEYKER a tumbar mangos, allí JHON, VICENTE y LEYKER estaban reunidos en un lado del patio como hablando algo alli sospeche que algo estaban tramando, salimos de la casa de VICENTE como a las 12.00 del mediodía, fuimos de nuevo al Silguero dejamos a LEYKER y a la novia, de alli JHON y yo seguimos para nuestra casa en las Guevaras, cocinamos, cominos y nos acostamos un rato, como a eso de las 05:00 de la tarde JHON me dice para ir de nuevo a casa de VICENTE en la Asunción, cosa que me pareció extraño pero igual lo acompañe, llegamos a casa de VICENTE un poco después de las 05:00 de la tarde, alli JHON y VICENTE se pusieron a hablar a parte alejados de mi y de la esposa de VICENTE, en eso JHON fue para el carro y saco la colchoneta de una camilla que tenía en la parte de atrás del carro ya que nuestro vehículo es tipo ranchera y JHON la usa para sus trabajos de servicios fúnebres, dicha colchoneta la pasaron para dentro de la casa y a los pocos minutos la volvió a sacar y la metió nuevamente en la parte de atrás del carro, alli sospeche que algo habían escondido dentro de la colchoneta ya que la misma tiene un forro; salimos de casa de VICENTE como a las 06:30 de la tarde, en el carro íbamos VICENTE, JHON y yo, fuimos a las Guevaras y llegamos como a las 07.00 de la noche, allí JHON me dice que me quede en casa de mi mama quien vive en el mismo sector pero alejado de nuestra casa, yo lo note muy extraño y le pregunto que porque quería que me quedara casa de mi mama a lo cual me respondió que me quedara tranquila allí que iban a buscar a LEYKER y que el me pasaba buscando mas tarde, me quede allí preocupada y JHON se fue con VICENTE; me quede allí hasta las 02.00 de la mañana cuando JHON me paso buscando, estaba muy extraño ni hablo, me llevo para mi casa pero me dejo en plena Avenida Juan Bautista Arismendi y me dijo que cruzara la avenida para mi casa, yo le pregunte que pasaba y solo me dijo vete para la casa que yo me voy a cambiar la ropa, eso me pareció extraño me baje del carro cruce la avenida y el se fue en dirección hacia Porlamar, yo me quede en mi casa y a eso de las 03.00 de la mañana siento que me tocan la puerta y me percato que es AMALU la hermana de JHON le abri y la note muy desesperada y nerviosa diciéndome que la acompañara para casa de KORAK porque al parecer había pasado algo, nos fuimos acompañadas del esposo de AMALU y un vecino llamado LUIS, cuando llegamos al frente de la casa nos asomamos por la ventana y vemos el televisor prendido pero la casa muy oscura, nos dimos cuenta que la puerta del patio estaba abierta y nos dirigimos hacia alla, cuando AMALU entra salió toda nerviosa diciendo que todos estaban muertos, en eso me puse toda nerviosa comencé a llamar a JHON le conté lo que estaba pasando y me dijo que el no iba para alla a ver eso, a todas estas no se apersonó al lugar, después ya amaneciendo llego la ptj hicieron el levantamiento del cadáver duraron varias horas alli, comenzaron a interrogar a todos y trajeron a varias personas a declarar, me preguntaron por JHON, yo lo llame y me dijo que estaba desde la madrugada accidentado por la Bomba el encanto de Macho Muerto, fui con una comisión buscamos a JHON para tomarle entrevista y se trajeron el carro, cuando llegamos aquí yo estaba en la parte de afuera de esta oficina con JHON esperando nuestro turno para que nos tomaran entrevista JHON me dijo que declarara que el había estado en la casa y había salido como a las 10:30 a bachaquear, eso me pareció raro no entendí porque JHON estaba inventando eso, pero como es mi pareja eso fue lo que declare pero me quede con la duda y presentía que algo estaba pasando, luego al otro día mientras estábamos en el velorio JHON me llamo para el cuarto y nos encerramos los dos alli, comenzó a llorar y fue que me confesó que el en compañía de VICENTE y IDENTIDAD OMITIDA, habían ido para casa de KORAK a meterle un susto con una escopeta, se presento una pelea entre ellos y le dispararon a todos lo que estaban en la casa, desde ese día yo no he podido dormir con eso en la mente por eso es que el día de hoy decidí hablar para desahogarme.- 50.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de Agosto del 2016, rendida por GLORY CAROLINA ZABALETA ROMERO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos. 51.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24 de agosto del 2016, suscrita por Detective Agregado Wismark VELASQUEZ, en la cual se deja constancia de lo siguiente: “...Prosiguiendo con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de los hechos que se investigan en las actas procesales K-16-0380-00099 diligenciadas por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO), bajo la dirección de la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, y encontrándome en la sede de este despacho tuve conocimiento que funcionarios adscritos a este despacho practicaron la detención flagrante de los ciudadanos JOHN LUIS HERNANDEZ SILVA y IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Cosa Pública (RESISTENCIA A LA AUTORIDAD), por dicha aprehensión fueron puestos a la orden del Abg. Trino Salazar, Fiscal Décimo del ministerio Público, de igual manera pude constatar que los mismos se encuentran en las instalaciones de este despacho, y sus identificaciones plenas son las siguientes: JOHN LUIS HERNÁNDEZ SILVA, de nacionalidad Venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, de 29 años de edad, nacido en fecha 24-12-1977, estado civil Soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado en sector Las Guevaras, barrio Brisa del Valle, calle Mariño, casa sin número, con fachada de color gris y porcelanato, Municipio Díaz, estado Nueva Esparta, titular de la cédula de identidad número V-14.685.174 y IDENTIDAD OMITIDA, procediendo a abordar al segundo mencionado a quien inmediatamente se le solicitó que nos facilitara la indumentaria que portaba, con el objeto de someterla a experticias, accediendo el ciudadano a nuestro requerimiento, haciéndonos entrega de un (01) pantalón, tipo jean, color gris, sin marca ni talla visible y un (01) par de zapatos, marca Bigstar, talla 37, colores gris, rosado y blanco, a tal efecto familiares suyos de proporcionaron nueva vestimenta para sustituir esta, seguidamente se le informó a la superioridad, finalmente se dejó plasmado en acta de investigación penal la diligencia realizada. Consigno con la presente acta de aprehensión de los ciudadanos in comento. 52.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 24/08/2016, suscrita por Detective Jhonathan Jaimes, adscrito al CICPC, en la cual se deja constancia de la aprehensión de los ciudadanos por RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.53.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de de fecha 24-08-2016, suscrita por el funcionario Detective Agregado MANUEL NAVA, en la cual se deja constancia que se trasladó en compañía de los funcionarios Comisario General José Luis Ydrogo, Comisario Jefe Douglas Guzmán, Comisario Ruffel Meza, Detectives Arturo Vargas y Jesús Cumana, hacia una vivienda sin número, cuya fachada se encuentra revestida en pintura color rosado, diagonal al colegio Ovidio Valerio Vásquez, final de la calle principal del sector Los Bagres, municipio Díaz, de este estado, con el objeto de darle cumplimiento a la orden de visita domiciliaria acordada por la Juez de Control vía de Excepción solicitada por el Fiscal Segundo, ya ubicados en la dirección se hicieron acompañar por los ciudadanos GELVIS y CRICELIS quienes sirvieron como testigos y donde dejan constancia de lo siguiente:“...Prosiguiendo con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de los hechos que se investigan en las actas procesales K-16-0380-00099 diligenciadas por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO), bajo la dirección de la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ante la necesidad de asegurar los objetos activos y pasivos relacionados con el hecho, se le efectuó llamada telefónica al Abg. Obel Moreno, Fiscal Segundo del Ministerio Público, con la finalidad de coordinar de conformidad con lo que establece el segundo aparte del artículo 196 del Código Orgánico Procesal Penal orden de allanamiento vía excepción para una vivienda sin número, cuya fachada se encuentra revestida en pintura color rosado, diagonal al colegio Ovidio Valerio Vásquez, final de la calle principal del sector Los Bagres, municipio Díaz, de este estado, lugar de residencia del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien figura como investigado en la presente causa, quien luego de exponerle los elementos existentes en las actas procesales, indicó que se comunicaría con el tribunal de control de guardia a los fines de tramitar dicha orden, a los pocos minutos el representante de la vindicta pública nos informa que el tribunal de primera instancia en funciones de control número 4, a cargo de la Dra. Margarita López, autorizó visita domiciliaria para el inmueble señalado, en virtud de lo cual me trasladé en compañía de los funcionarios Comisario General José Luis Ydrogo, Comisario Jefe Douglas Guzmán, Comisario Ruffel Meza, Detectives Arturo Vargas y Jesús Cumana, a bordo de las unidades P-996 y P-2453, hacia la dirección en cuestión, con el objeto de darle cumplimiento a dicha orden de visita domiciliaria, ya ubicados en la dirección nos hicimos acompañar por los ciudadanos GELVIS y CRICELIS, de quienes se reservan demás datos filiatorios para uso exclusivo del Ministerio Público, de conformidad con lo que establece el artículo 23-1 de la Ley de Protección a Testigos, Victimas y demás Sujetos Procesales, quienes fungirán como testigos y que dieran fe de la actuación policial, luego de tocar la puerta principal del inmueble fuimos atendidos por el ciudadano JESUS ANIBAL SILVA, de nacionalidad venezolana, de 31 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, titular de la cedula de identidad número V-18.112.828, quien luego de exponerle el motivo de nuestra presencia nos permitió el acceso al inmueble, constatando que se trata de una vivienda unifamiliar, localizada en la dirección antes señalada y cuya fachada se encuentra revestida de pintura color rosado; en presencia de los testigos se revisaron todos los ambientes que la conforman, logrando localizar en el patio trasero de la vivienda, específicamente entre un matorral, dos armas de fuego, descritas de la siguiente manera: 1) tipo ESCOPETA, marca AMADEO ROSSI, sin modelo visible, calibre 12, serial 4332, provista en su recamara de un cartucho sin percutir, marca Armusa, color rojo, calibre 12, y 2) tipo ESCOPETA, marca MOSSBERG, calibre 12, color negro, con empuñadura elaborado en material sintético color negro, serial K993273, provista de cinco cartuchos sin percutir, del mismo calibre, discriminados de la siguiente manera: Dos (02) marca Fiocchi Italy color naranja, Uno (01) marca Armusa, color blanco, Uno (01) marca Clever Mirage, color blanco, y Uno (01) marca 12, color blanco, dichas evidencias fueron colectadas por el funcionario Detective Jesús Cumana, durante inspección técnica realizada de conformidad con lo que establece el artículo 186 del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello con el objeto que sean sometidas a experticias, culminadas las diligencias de interés para la investigación nos retiramos del lugar, en compañía de los ciudadanos JESUS ANIBAL SILVA, GELVIS y CRICELIS, hasta la sede de esta oficina con el objeto de recibirles entrevistas en relación al caso, finalmente se dejó plasmado en acta de investigación penal la diligencia realizada. Es todo”. Terminó, se leyó y conforme firman.54.- INSPECCIÓN TECNICO-POLICIAL Nº 247 de fecha 24 de agosto de 2016, suscrita por l los Funcionarios, ARTURO VARGAS (DETECTIVE), MANUELA NAVA (DETECTIVE AGREGADO) y JESÚS CUMANA (DETECTIVE), adscritos a la División de Investigaciones Contra Homicidios practicada en Terreno Boscoso, ubicado en la parte posterior de una vivienda sin número, de color rosada, situada en la calle principal, del sector Los Bagres, específicamente adyacente a la Unidad Educativa Ovidio Valerio Vásquez, Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta en la cual se deja constancia de lo siguiente: “...Se trata de un sitio abierto, correspondiente a la dirección antes mencionada, de iluminación natural y clima cálido para el momento de practicar la Inspección Técnica, dicho lugar resulto ser un terreno boscoso, se detallan vegetación xerófila, donde se observa, tomando como punto de referencia la pared posterior de la mencionada vivienda, en sentido Suroeste, a una distancia de siete metros (7mts), en el interior de una maleza una bolsa, elaborada en material sintético, de color negra, la cual al ser verificada se observó una sábana de cuadros, elaborada en material textil, de colores beige, azul y rojo, la cual al ser revisada, se observó un arma de fuego, tipo escopeta, de color negra y marrón, la cual al ser levantada de su lugar de origen se visualizó las siguientes características: marca AMADEO ROSSI, serial 4332, dicha arma al ser verificada se observó en su recamara un cartucho sin percutir, de color rojo, el cual se logra ver en su culote las inscripciones ARMUSA 12, las evidencias en cuestión fueron fijadas fotográficamente y colectadas como elementos de interés criminalístico, seguidamente tomando como punto de referencia el arma de fuego antes descrita, se visualiza dentro de la maleza en sentido Norte, a una distancia de un metro con sesenta centímetros (1mts 60cm), una bolsa elaborada en material sintética, de color negra, la cual a verificada se observó un arma de fuego, tipo escopeta, de color negro y marrón, la cual al ser levantada de su lugar de origen se le observaron las siguientes características: marca Mossberg, serial K993273, calibre 12, la misma al ser verificada se observó en su recamara cinco cartuchos sin percutir, dos de ellos color naranja, los cuales se logran leer en su culote las inscripciones FIOCCHI ITALY, tres de ellos de color blanco, de los cuales uno se lee en su culote las inscripciones de CLEVER MIRAGE, el otro se visualiza en su culote las inscripciones ARMUSA y el otro se observa en su culote las inscripciones 12, todos calibre 12, las evidencias antes mencionadas fueron fijadas fotográficamente y colectadas como elementos de interés criminalistico, continuamente realizamos una minuciosa búsqueda en los alrededores a fin de ubicar alguna otra evidencia que guarden relación con los hechos, siendo infructuosa tal labor. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto. Termino, se leyó y estando conformes firman...55.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por CRICELIS, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 56.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por ANNY, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó lo siguiente: “...En esta misma fecha, encontrándome en la sede de este Despacho, se presentó previo traslado de comisión; una persona que dijo ser y llamarse como queda escrito: ANNY, (Demás datos se reservan para uso exclusivo del Fiscal del Ministerio Publico del Estado Nueva Esparta, de conformidad con lo establecido en los artículos 3°,4°, 7°, 9° y 21°, numeral 9, de la Ley de Protección a la Victima, Testigo y Demás Sujetos Procesales); con la finalidad de rendir entrevista; relacionada con las Actas Procesales signadas con el número K-16-0380-00099, por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas, quien en conocimiento del motivo de su comparecencia manifestó no tener impedimento alguno en ser entrevistado en torno al presente caso y en consecuencia expone: “El día de hoy 24 de agosto de este año en horas de la tarde, yo me encontraba en mi casa en el sector los bagres frente a la escuela , Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta, cuando de pronto llegaron unos funcionarios de la PTJ en compañía de dos personas , luego de identificarse como funcionarios me pidieron de manera amable que tenían una orden de allanamiento y necesitaban revisar mi casa porque allí estaban unos objetos que guardaban relación con un expediente, y yo les dije que no había ningún problema y los deje pasar de repente me preguntan por dos escopeta que encontraron dentro de la casa y yo les dije que esas armas no eran mías que eran de un hijastro y un amigo que conozco como Jhon llegaron hace como una semana a mi casa en un carro tipo ranchera de color azul y se bajaron pidiéndome el favor que se las guardara y yo se las guarde sin tener conocimiento de dónde venían ,por lo que los funcionarios me pidieron que los acompañaran a su despacho a fin de que rindiera unaentrevista en relación a lo sucedido. -57.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por GERVIS, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 58.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24 de agosto de 2016, suscrita por Detective Agregado MANUEL NAVA, adscritos a la División de Homicidios Nueva Esparta, en la cual se deja constancia de haberse trasladado hacia el sector Brisas del Valle, municipio Díaz, con la finalidad de realizar pesquisas que permitan ubicar evidencia en la residencia del ciudadano Jhon Hernández y donde se practicó allanamiento acordado por el tribunal.59.- INSPECCIÓN TECNICO-POLICIAL CON FIJACION FOTOGRAFICA Nº 248 de fecha 24 de agosto de 2016, suscrita por los Funcionarios, ARTURO VARGAS (DETECTIVE, MANUEL NAVAS (DETECTIVE AGREGADO) y JESÚS CUMANA (DETECTIVE), Adscritos a la División de investigación de Homicidios practicada en: Casa sin número, ubicada en la calle Mariño, sector Brisas del Valle, Las Guevara Sur, Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta, en la cual se deja constancia de lo siguiente: “Trátese de un sitio del suceso cerrado, correspondiente a una vivienda unifamiliar, ubicada en la dirección antes descrita y presentando las siguientes características:“ Un porche construido de paredes de bloques de concreto, frisados de color gris y cerámica de color beige, dos ventanas elaboradas en material de metal revestido con pintura de color blanco y vidrios transparente, techo elaborado en material de tabelones y concreto comúnmente conocido como platabanda, piso de cerámica de color beige, como medio de acceso al interior, en sentido norte, correspondiente a una puerta elaborada en material de metal, revestida de una pintura de color blanco, con vidrios transparente, en forma de cuadros, tipo batiente al interior, con cerradura fija en la parte central, sin signos de violencia, una vez en el interior de la prenombrada morada se observa en sentido norte, una sala de estar, la cual posee paredes elaboradas de bloques de concreto, revestida en pintura de color verde y cerámica de color gris, techo elaborado en material de metal comúnmente llamado aceroli, piso de cerámica de color beige, visualizándose objetos varios, sin signos de violencia, continuando con la inspección se visualiza en sentido Este, una (01) puerta, elaborada en material de madera, de color blanco y marco elaborado en material de madera, provista de una cerradura metálica, en forma de pomo, la cual se observa sin signos de violencia, correspondiente a un dormitorio, una vez dentro del mismo se visualiza paredes de bloques de concreto, frisados y revestidos con pintura de color rosado, techo rasó, piso de cerámica de color beige, asimismo se observa una cama, elaborada en material de madera, con su respectivo colchón, sobre la misma se visualiza las siguientes vestimentas:Un (01) short deportivo, sin marca ni talla aparente, de color negro y un par de zapatos casuales, de color marrón, marca Dockers, sin talla aparente, las cuales fueron fijadas, colectadas y embaladas como evidencias de interés criminalístico, continuando con la inspección, se procedió a realizar un rastreo minucioso a los alrededores de la vivienda en búsqueda de alguna evidencia, siendo infructuosa tal labor, Es todo cuando tenemos que informar al respecto. Se terminó, se leyó y conformes firman.-60.-ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por JOHAN, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 61.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por JOSE, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 62. RECONOCIMIENTO LEGAL Y EXPERTICIA FISICA (BARRIDO EN BUSCA DE APENDICES PILOSOS) N° 3700-073-DC-011-AFC-011, de fecha 24-08-2016, suscrita por Detective MORENO NAYIB, adscrito al área física comparativa, en la cual se deja constancia de NO haber logrado colectar apéndice piloso.63.- RECONOCIMIENTO LEGAL Y EXPERTICIA FISICA (BARRIDO EN BUSCA DE APENDICES PILOSOS) N° 3700-073-DC-011-AFC-012, de fecha 24-08-2016, suscrita por Detective MORENO NAYIB, adscrito al área física comparativa, en la cual se deja constancia de haber logrado colectar apéndice piloso en la camioneta recolectada.64.- EXPERTICIA TRICOLÓGICA N° 9700-073-DC-012-AFC-012, de fecha 24-08-2016, suscrita por DETECTIVES MORENO NAYIB, adscrito al área física comparativa, practicado a los apéndices pilosos en el cual se deja constancia de las características de los mismos.65.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 929-B-398-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por DETECTIVES ESTHER J RODRIGUEZ, adscrito al CICPC área Balística, practicado a cinco tacos y los demás elementos incautados en la presente causa, 65.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 929-B-401-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por DETECTIVES DANIEL BERNAL Y DIEGO SEGURA, adscrito al CICPC área Balística, practicado a cinco tacos y los demás elementos incautados en la presente causa, 66.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 929-B-402-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por COMISARIO JEFE YADIRA MARTINEZ, Y DETECTIVE DANIEL BERNAL, adscrito al CICPC área Balística, practicado a cinco tacos y los demás elementos incautados en la presente causa. RECONOCIMIENTO TECNICO N° 523-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por ANTHONY RAMIREZ, adscrito al CICPC, practicado al automóvil vinculado a la presente causa 67.- .COTEJO FISICO GRAFICO N° 9700-103-AT-121 de fecha 25/08/2016, Inspector Jefe José Rojas, adscrito al CICPC, realizada entre las impresiones dactilares tomadas mediante reseñas de los denunciados en la cual se concluye SE PUDO VISUALIZAR Y ESTABLECER LAS COINCIDENCIAS Y CORRESPONDIENCAS EXISTENTES CON LA IMPESION DACTILAR DEL DEDO INDICE DEL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, CON UNO DE LOS RASTROS DACTILARES OBTENIDAS MEDIANTE ACTIVACIÓN ESPECIAL EN LA VIVIENDA.68.- ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-230 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada.ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-232 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada.71.- ANALISIS HEMATOLOGICO Y QUIMICO N° 9700-073-m-226, de fecha 24-08-2016, practicada por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada en la cual resultó positivo a Iones Nitratos y Nitritos componentes característicos de la pólvora.72.- ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-228 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada.73.- ANALISIS HEMATOLOGICO Y QUIMICO N° 9700-073-m-227, de fecha 24-08-2016, practicada por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada en la cual resultó positivo a Iones Nitratos y Nitritos componentes característicos de la pólvora.74.- ANALISIS HEMATOLOGICO Y QUIMICO N° 9700-073-m-229, de fecha 24-08-2016, practicada por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la camioneta incautada en la cual resultó positivo a Iones Nitratos y Nitritos componentes característicos de la pólvora.75.- ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-231 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la camioneta.76.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 25-08-2016, suscrita por Wismark Velásquez, adscrito al CICPC, en la cual se deja constancia de la aprehensión del adolescente. De expuesto y de las actas consignadas, se evidencian suficientes elementos de convicción para imputar al adolescente de autos la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACIÓN Y ALEVOSIA POR MOTIVO FÚTIL EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el articulo 406 ordinal 2° del Código Penal, ASOCIACION PARA DELINQUIR , previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada Y Financiamiento Al Terrorismo, POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 111 de la Ley Para El Desarme Y Control De Armas Y Municiones, TODO EN CONCURSO REAL DEL DELITO, previsto en el articulo 86 del Código Penal, en agravio de los ciudadanos CRISANTO JOSE HERNANDEZ SILVA, KORAK ZARAK HERNANDEZ SILVA, KORAK JUNIOR HERNANDEZ GONZALEZ, SARISMAR DEL VALLE ALZOLAY HERNANDEZ, LESBIA MAXIMA GONZALEZ MARTINEZ. Solicito se acuerde la continuación de la presente investigación por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, a los fines de recabar cualquier elemento de convicción que permitan determinar el grado de responsabilidad del adolescente, ello en aras del objetivo del proceso que es la búsqueda de la verdad de conformidad con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, a los fines de asegurar la comparecencia de los adolescentes, en aras de garantizar las demás fases del proceso se solicita la imposición de la medida cautelar contenida en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, consistente en la detención preventiva para asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar, ya que se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 581 literales A, B, C, D, E Y F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, como lo es el peligro de obstaculización en la búsqueda de la verdad, en virtud de que el joven adulto conoce a la victima en el presente caso, y el mismo fue identificado por esta, lo cual presupone que pudiera significar un posible riesgo para la misma y tomando en cuenta que el delito imputado se encuentran dentro de los establecidos en el articulo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En esta audiencia consigno actuaciones relativas al asunto N° OP04-D-2016-000306, consistente en la orden de aprehensión dictada contra de los imputados y sus respectivos elementos y quiero que se deje constancia que se cotejaron los originales con las copias consignadas ante este tribunal a los fines de que el tribunal a efecto videndi que son iguales a los originales y asi lo certifique”.

El DEFENSORA PÚBLICO Nº 03 Dra. GEISHA CAMACARO DIAZ, manifestó: “““Solicito respetuosamente a este Tribunal previa imposición de sus Derechos y garantías constitucionales se le ceda el Derecho de palabra a mi representado y posteriormente a mi persona para ejercer la defensa técnica.”.

ACTO SEGUIDO LA CIUDADANA JUEZ IMPUSO AL ADOLESCENTE, DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES consagrados en los artículos 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 131 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 90, y 538, 540 al 546 y 558 todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Conforme al Código Orgánico Procesal Penal, se procede a tomar la declaración del adolescente imputado, por lo que se procedió a interrogar al adolescente imputado, IDENTIDAD OMITIDA, si entendían el alcance de lo expresado por el Tribunal y de la Imputación del Ministerio Publico, quien expuso: “somos familias y es por eso que mis huellas estén en la casa de cora y e visitado esa casa previamente y ellos no son extraños para mi,. .”
Por su parte el Defensor Publico Penal Dr. GEISHA CAMACARO DIAZ: “Visto lo expuesto en este acto por la Fiscal del Ministerio Publico, solicito se le imponga a mi defendido la libertad plena por considerarlo inocente mas sin embargo este tribunal considera que pudiera existir elementos que pudieran presumir la participación ded mi defendido y por considerar que pudiera ser suficiente para asegurar la resulta del proceso solicito se aplique una de la medidas prevista en el articulo 582 literal c de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, asimismo se requerirán diligencia ante al ministerio publico que coadyuvaran a la inocencia de mi defendido “
Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 551 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, establece: “La investigación tiene por objeto confirmar o descartar la sospecha fundada de la existencia de un hecho punible y determinar, en el primer caso, si un o una adolescente concurrió en su perpetración.”.
Se produjo entonces, que la detención de los adolescentes se observa que los mismos fueran presentados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, que establece:
“Artículo 557. Detención en flagrancia. El o la adolescente detenido o detenida en flagrancia será conducido o conducida de inmediato ante el o la Fiscal del Ministerio Público quien, dentro de las veinticuatro horas siguientes lo presentará al Juez o Jueza de Control y le expondrá cómo se produjo la aprehensión. Si el juez o la jueza de control decretara la aplicación del procedimiento .Abreviado a solicitud del Ministerio Público remitirá dentro de las 24 horas siguientes al juez o al jueza de juicio. Admitida la acusación y antes de la celebración de juicio el juez o la jueza de juicio instara a la parte a la solución del conflicto mediante la aplicación de formulas de solución anticipara, en cuanto fuera procedente, asimismo, se le impondrá lo previsto en el procedimiento por admisión de los resolverá, en la misma audiencia, si convoca directamente a juicio oral contemplado en la presente ley. El o la Fiscal y, en su caso, el o la querellante, presentará la acusación cinco antes de la fecha fijada para el juicio oral, la cual no podrá celebrarse en un lapso no menos de cinco días ni mayor de diez días , y se y se seguirá, en lo demás, las reglas del procedimiento ordinario.. “ .
En la audiencia de presentación del detenido o detenida en flagrancia el juez o jueza resolverá la medida cautelar de comparecencia a juicio, pudiendo decretar la prisión preventiva, sólo en los casos en que proceda, conforme al artículos 581 de esta ley.”
Es así como se señala, que el procedimiento estatuido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se encuentra regido asimismo, por las normas y principios establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 537, y 90,de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, toda vez que se aplica de carácter supletorio, otorgando las mismas garantías sustantivas, y procesales que los adultos, sometidos al proceso penal ordinario; ello se colige de los artículos que se detallan a continuación:
“Artículo 537. Interpretación y aplicación.
Las disposiciones de este Título deben interpretarse y aplicarse en armonía con sus principios rectores, los principios generales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, del derecho penal y procesal penal, y de los tratados internacionales, consagrados en favor de la persona y especialmente de los o las adolescentes.
En todo lo que no se encuentre expresamente regulado en este Título, deben aplicarse supletoriamente la legislación penal, sustantiva y procesal y, en su defecto, el Código de Procedimiento Civil.”
“Artículo 90. Garantías del o de la adolescente sometido al Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes.
Todos los y las adolescentes que, por sus actos, sean sometidos o sometidas al Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, tienen derecho a las mismas garantías sustantivas, procesales y de ejecución de la sanción, que las personas mayores de dieciocho años, además de aquéllas que les correspondan por su condición específica de adolescentes.”

Establece el Artículo 49 El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas y, en consecuencia:
• La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir al fallo, con las excepciones establecidas en esta Constitución y la ley…”

Asimismo consagra el principio de legalidad de los delitos y de las penas, en cuanto a la procedibilidad de aplicación de la sanción propia de este Sistema Penal Juvenil esta contenida en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, se observa el principio de legalidad indicado en el artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del adolescente, según el cual:
“Artículo 529. Legalidad y Lesividad. Ningún adolescente puede ser procesado ni sancionado por un acto u omisión que, al tiempo de su ocurrencia, no esté previamente definido en la ley penal, de manera expresa e inequívoca, como delito o falta. Tampoco puede ser objeto de sanción si su conducta esté justificada o no lesiona o pone en peligro un bien jurídico tutelado.
El adolescente declarado responsable de un hecho punible sólo puede ser sancionado con medidas que estén previstas en esta Ley
Las medidas se deben cumplir conforme las reglas establecidas en esta Ley.”
De las actuaciones que fueron consignadas, como son elementos de convicción presentado por la representación fiscal en esta audiencia, del acta policial de detención, del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, suscrita por los funcionarios adscritos a la Estación Policial el día dieciséis de agosto del año 2016, aproximadamente a las 11:00 horas de la noche, los ciudadanos CRISANTO JOSE HERNANDEZ SILVA, KORAK ZARAK HERNANDEZ SILVA, KORAK JUNIOR HERNANDEZ GONZALEZ, SARISMAR DEL VALLE ALZOLAY HERNANDEZ, LESBIA MAXIMA GONZALEZ MARTINEZ (OCCISO), se encontraban en su vivienda ubicada en la casa sin numero de color azul con rejas de color blanco, ubicada en las Guevaras sector Brisas del Valle, municipio Díaz, estado Nueva Esparta, en ese momento llegó el ciudadano JOHN LUIS HERNÁNDEZ SILVA (adulto), GRATEROL BRITO VICENTE EMILIO (adulto) y el adolescente IDENTIDAD OMITIDA llegaron a la mencionada vivienda donde se encontraban los ciudadanos hoy occiso y John Hernández conjuntamente con IDENTIDAD OMITIDA ingresaron a la vivienda donde sostuvieron una fuerte discusión por cuanto John estaba reclamándole a Korak respecto a un material que le había entregado para realizar unas urnas y Korak no le había hecho nada, por lo que le dispararon con un arma de fuego tipo escopeta y salieron de la vivienda diciéndole a Vicente Emilio que se encontraba en el porche que prendiera la camioneta porque se iban, luego John llegó a su vivienda donde se cambió de ropa al igual que IDENTIDAD OMITIDA las cuales fueron localizadas en su vivienda y que las mismas estaban impregnadas de sustancia hemática y que será objeto de estudio, elementos de convicción que confirman Las sospechas fundadas que exige nuestro legislador en el artículo 551 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Estos fundamentos se enuncian a continuación: 1.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL DE FECHA 17 DE AGOSTO DEL 2016, suscrita por DETECTIVE AGREGADO LEIGER MARIN, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia que conformado en comisión integrada por DETECTIVE JEFE RAFAEL LOMBANO, DETECTIVES GADIANGEL GARCIA, JESUS ROMERO, JOSE BASTARDO, JESUS VERGARA Y JORMAR HEREDIA, se trasladaron hasta el sector Las Guevaras Sur, Municipio Días, a los fines de realizar las primeras diligencias pertinentes al caso, donde al llegar, observaron a una gran cantidad de personas, ingresando los funcionarios a la vivienda donde ocurrieron los hechos, logrando colectar tres conchas de cartuchos, dos tacos de material sintético, tres segmentos de plomo, así mismo sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hepática expandida a lo largo de dicho lugar, seguidamente tres cadáveres de sexo masculino describiendo sus características y su vestimenta, así mismo reciben información de la ciudadana AMALUA DEL VALLE HERNANDEZ SILVA, quien aportó los datos filiatorios de los cinco occisos, posteriormente se trasladaron al nosocomio donde practicaron inspeccion técnica y dejaron constancia de cada uno de los cadáver con sus respectivas heridas, además de muestra de sangre mediante una gasa de cada uno de los occisos.2.- ACTA DE INSPECCIÓN TECNICO POLICIAL CON FIJACION FOTOGRAFICA N° 230, de fecha 17 de Agosto del año 2016, suscrita por los funcionarios, GLADIANGEL GARCIA (DETECTIVE), RAFAEL LOMBANO (DETECTIVE JEFE), LEIGER MARIN (DETECTIVE), JOSE BASTARDO (DETECTIVE), adscritos al eje de investigación de Homicidios realizada en: CASA SIN NUMERO DE COLOR AZUL CON REJAS DE COLOR BLANCO, UBICADA EN LAS GUEVARAS SECTOR BRISAS DEL VALLE, MUNICIPIO DIAZ, ESTADO NUEVA ESPARTA, donde se deja constancia de lo siguiente: “...Trátese de un sitio de suceso mixto, correspondiente al interior y patio trasero de una vivienda sin numero la cual tenía asignado el medidor de luz eléctrica número 42256 , ubicada en la dirección antes descrita y presentando las siguientes características: “Como fachada perimetral se encontraba cercada con alambres de púas , como medio de acceso vista al observador en la parte central presenta una puerta elaborada en tubulares tipo rejas de color blanco, cerrada, con un cerradura fija sin seguridad, se procede abrir, dándonos acceso al interior de la misma, pudiendo observar como fachada principal una estructura de bloques (vivienda), frisadas y pintadas de color azul en la parte central posee una puerta de tubulares tipo rejas, con cerradura fija la cual protege una segunda puerta elaborada en madera ambas con cerradura fija, totalmente cerradas sin ningún tipo notorio de violencia no pudiéndonos dar acceso al interior de la vivienda, se aprecian a sus extremos ventanas de vidrios con protectores elaboradas en tubulares tipo rejas, de color blanca, seguidamente se observa vista al observador del lado lateral derecho de la vivienda un camino el cual conlleva a la parte trasera (patio), pudiendo apreciar en sentido norte, una tercera puerta tipo rejas elaborado en tubulares de hierro de color azul, totalmente abierta al exterior la cual dio acceso al interior de la misma, consecutivamente se visualiza paredes frisadas y pintadas de color azul techo tipo zen, piso de cemento pulido, ocupada por una nevera de color blanca del lado derecho (vista al observador), y del lado izquierda (vista al observador), una, cocina, un microonda, y un fregador, tomando como punto de referencia el borde inferior de la estructura de dicha puerta se visualiza a una distancia de 50 centímetros en sentido norte, un segmento metálico circular de aproximadamente cinco milímetros de diámetros con características similares a las de un proyectil múltiple (guáimaro), disparados por un arma de fuego, y un segmento de plástico trasparente con una medida de cuatro centímetros de longitud por dos de diámetros, la cual se procedió a enumerar como evidencia de interés criminalistico UNO (01), a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar con la finalidad de realizarle experticias correspondientes, consecutivamente a una distancia de cuarenta y dos centímetros (42cm), en sentido este se visualiza y se enumera como evidencia de interés criminalistico DOS (02), dos segmentos metálicos circulares de aproximadamente cinco milímetros de diámetros, con características similares a las de un proyectil múltiple (guáimaro), disparado por un arma de fuego, la cual se procedió a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar con la finalidad de realizarle experticias correspondientes, en relación a esta a una distancia de sesenta y cinco centímetros (65cm), en sentido norte, se observa y se enumera como evidencia de interés criminalistico TRES (03), una concha de cartucho, donde se visualiza en el culote las inscripciones CLEVER 12 MIRAGE , la cual se procedió a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar con la finalidad de realizarle experticias correspondientes con relación a la evidencia número tres, a una distancia de sesenta y tres centímetros en sentido norte, se observa el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino en posición decúbito abdominal con la región cefálica en sentido nor-oeste y las extremidades inferiores en sentido sur-este, portando como vestimenta una franela de color verde, un short de diversos colores, maniatado hacia atrás, apreciándole las siguientes características, tez trigueña, de 1.70 metros de estatura, cabello corto, procediéndose a identificar con el número CUATRO (04), adyacente a este se observa sustancia ancha expandida de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, y se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra NÚMERO UNO (01), seguido a este a una distancia de noventa y tres centímetros (93cm), en sentido norte se observa un segundo cadáver y se identifica con el número CINCO (05), a una persona de sexo masculino, en posición decúbito abdominal, con la región cefálica en sentido norte, y las extremidades inferiores en sentido sur, portando como vestimenta una prenda de vestir tipo bóxer de color azul, apreciándose las siguientes características físicas, tez trigueña de 1,60 metros de alto, pelo de color negro, presentando una herida abierta en la cabeza con exposición de masa cefálica, producida presumiblemente por el paso de proyectiles múltiples disparados por arma de fuego, adyacente a este se observa sustancia ancha expandida de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra número DOS(02), Partiendo de la región cefálica del occiso dos, a una distancia de cincuenta y dos centímetros 52 cm, en sentido norte de igual forma se aprecia un tercer cadáver y se identifica con el número SEIS 06, a una persona de sexo masculino, en posición decúbito abdominal, con la región cefálica en sentido este y las extremidades inferiores en sentido oeste, portando como vestimenta un short de color negro donde se visualiza a su laterales las inscripciones total 90, presentando las siguientes características físicas, tez trigueña, de 1,70 metros de estatura, pelo corto de color negro, adyacente a este se observa sustancia ancha expandida de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo flecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra NÚMERO TRES, partiendo de la región del hombro derecho del occiso tres, a una distancia de doscientos cuarenta centímetros (240 cm), se visualiza y se enumera como evidencia SIETE 07, una concha de cartucho de color trasparente, donde se visualiza en el culote las inscripciones 12*12*12*12, en referencia a esta a una distancia de 70 centímetros, en sentido este se visualiza como evidencia OCHO 08, un segmento de plástico trasparente con una medida de cuatro centímetros de longitud por dos de diámetros, en relación a esta a una distancia de ochenta centímetros, en sentido este, o en relación a la puerta tomada como punto de referencia del lado derecho (vista al observador), se distingue un área que funge como baño sanitario, y dentro de este se observan, dos cadáveres de sexo femenino en posición decúbito abdominal, y se identifican con los números NUEVE 09, y DIEZ 10, la numero nueve (09), se encontraba con la región cefálica en sentido oeste y las extremidades inferiores en sentido este, portando como vestimenta una franela de color naranja, y un short de color rosado con negro, apreciándole las siguientes características físicas, tez blanca, de 1.60 metros de estatura, cabello largo de color negro, presentando heridas, producida presumiblemente por el paso de proyectiles múltiples disparados por arma de fuego, adyacente a este se observa, un pantalón largo, tipo jean de color azul, sin talla aparente, marca wangler, impregnado de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática la cual se procedió a colectar, embalar y etiquetar, con la finalidad de ser remitido al laboratorio de criminalística para su correspondiente experticia hematológica, de igual forma se distingue en el piso alrededor de la misma, sustancia ancha expandida de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra número CUATRO(04), la occisa identificada con el número diez (10) se encontraba con la región cefálica en sentido sur y las extremidades inferiores en sentido norte, portando como vestimenta una franela de color gris, y una prenda de lucir intima (pantaleta), de rayas de colores moradas y gris, apreciándole las siguientes características fisicas, tez trigueña, de 1.58 metros de estatura, cabello largo de color negro, presentando heridas, producida presumiblemente por el paso de proyectiles múltiples, disparado por arma de fuego, adyacente a la región cefálica se observa sustancia ancha expandida de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra número cinco (05), seguidamente nos trasladamos a la parte central de dicho inmueble el cual funge como sala con la finalidad de realizar rastreos minuciosos en búsqueda de alguna otra evidencia de interés criminalistico, pudiendo constatar que de igual forma se encontraba pinta de color azul, con piso de cemento pulido y techo de zin, del lado izquierdo vista al observador se encontraba provista de bienes muebles tales como mesas, sillas, equipo de sonidos, televisores, todos en perfecto estado , apreciándose del lado derecho( vista al observador), tres habitaciones identificadas como 1,2,3 partiendo desde la parte trasera del inmueble; específicamente en la parte superior de las paredes que edifican las habitaciones una y dos, se observan sustancia de color pardo rojiza con morfología por salpicadura, de igual forma adornos tales decorativos (espejos), impregnados de dicha sustancia, con morfología por salpicaduras, las referidas habitaciones poseían puertas de madera de color marrón batientes al interior, con cerradura tipo manilla sin ningún tipo de violencia notorio, así como también al ser verificados se pudo apreciar que dentro de las mismas no había ningún tipo de registro y desorden, provistas de camas y adornos decorativos, en regular estado, posteriormente se procedió con la remoción de los occisos hasta la unidad forense, para su traslado a la morgue del hospital central de Porlamar; observando debajo del tercer occiso identificado como número (06), una concha de cartucho de color rojo, donde se visualiza en el culote las inscripciones WINCHESTER 12 GA MIRAGE, la cual se procedió a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar, con la finalidad de realizarle experticias correspondientes, posteriormente se procede a realizar un rastreo por las adyacencias del lugar específicamente por la parte trasera (patio), observando a una distancia de ocho metros en sentido oeste, con relación a la puerta trasera ya tomada como punto de referencia, colectores de agua uno de color blanco y uno de color rojos, el de color blanco contenía dentro sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se procedió, a fijar fotográficamente, señalar con un testigo flecha, colectar con un segmento de gasa estéril como muestra NÚMERO (06), con la finalidad de ser remitido al laboratorio de criminalística para su correspondiente experticia hematológica , y dentro del recipiente rojo contenía dentro sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática , colectada con una gasa estéril como muestra NÚMERO (07), un segmento de tela de color verde impregnado de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, una franela de niño de color rojo, sin talla ni marca aparente, impregnadas de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, tres tiras de material de fibras impregnadas de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza, las mismas fueron fijadas fotográficamente, colectadas embaladas y etiquetadas con la finalidad de ser remitidas, al departamento de criminalística para su correspondiente experticia hematológica, se consigna composición fotográfica mediante la presente. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto. Termino, se leyó y estando conformes firman.3.- ACTA DE INSPECCIÓN TECNICO POLICIAL CON FIJACION FOTOGRAFICA N° 231, de fecha 17 de Agosto del año 2016, suscrita por los funcionarios, GLADIANGEL GARCIA (DETECTIVE), LEIGER MARIN (DETECTIVE), adscritos al eje de investigación de Homicidios realizada en: La morgue del Hospital Central Dr. Luís Ortega de Porlamar, en la avenida 4 de Mayo, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, donde se deja constancia de las características de los cadáveres y la vestimenta así como las heridas.4.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de Agosto del 2016, rendida porPEDRO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto se encontraba en su vivienda que coincide con la parte trasera donde ocurrieron los hechos y que escuchó gritos y disparos en la misma.5.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por ELIBERTO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto se encontraba en su vivienda cuando recibió llamada telefónica donde la manifestaron que su hermana Lesbia había fallecido.6.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por SOLANGEL, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que Amalu le comentó que había recibido una llamada telefónica donde decían que habían escuchado una fuerte discución en la casa de Kora y que se habían escuchado disparos, por lo que ella con Amalu se trasladaron al sitio y pudieron observar a los cadáveres.7.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por JOSE MARIN, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que escuchó unos disparos por cuanto vive cerca de la vivienda donde ocurrieron los hechos.8.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por FREDMARYS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que escuchó unos disparos y un vehículo que se alejaba de la vivienda donde ocurrieron los hechos ya que habita cerca de la misma.9.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por ODELIS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que escuchó unos disparos y unos gritos, ya que transitaba por la zona a la hora de los hechos.10.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por LUFE, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que se encontraba en la vivienda donde ocurrieron los hechos y que permaneció en su habitación, escuchó peleas, gritos, que escuchó cuando dijeron QUE PASO CUÑADO, QUE PASO, ESTAS LOCO, y que sabía que había tenido discusión con Jhon.11.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de agosto del 2016, rendida por AMALU DEL VALLE, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta que recibió llamada de LUFER que estaba escondida en una de las habitaciones y que había pasado algo, y al llegar al sitio con Solangel que vive cerca observaron los cadáveres.ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de agosto del 2016, rendida por SOLIANNY ROMERO, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta que recibió llamada donde le habían manifestado que habian matado a su hermana.13.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de haber ubicado al ciudadano de nombre Jhon hermano del occiso Korak y a quien le solciitaron trasladarse al Cuerpot detectivesco a los fines de ser entrevistado.14.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de agosto del 2016, rendida por LUIS, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta que había realizado un recorrido el día del hecho a los fines de comprar comida y que su vehículo se le había accidentado.15.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de haberle solicitado información al ciudadano Jhon respecto a la vestimenta que portaba el día de los hechos, manifestando ser la misma que portaba, solicitándole los funcionarios que la aportara a los fines de practicar experticias de rigor el cual accedió a entregarlas libre de coacción.16.- EXPERTICIA HEMATOLOGICA N° 9700-073-218, de fecha 17/08/2016, suscrita por Experto Profesional III YORALYS FERNANDEZ, adscrita al Departamento de Criminalísticas, del CICPC, en la cual se deja constancia que no se descarta la presencia de Iones oxidantes componentes característicos de la deflagración de la pólvora, en la prenda estudiada.17.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia del Historico de llamadas de los números movilnet, Movistar con respecto a la antena que ubica las llamadas descritas en la presente acta.18.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de tener conocimiento y ubicación de los ciudadanos conocidos como Sepequeño y Chipichorro por cuanto los señala la comunidad como azotes de barrio.19.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17 de Agosto de 2016, rendida por MARIAL DEL VALLE CORDOVA, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta el conocimiento que tiene de los hechos.20.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17 de Agosto de 2016, rendida por KARINA DEL VALLE HENRIQUEZ, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta el conocimiento que tiene de los hechos.21.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 17 de agosto de 2016, suscrita por los funcionarios Detective Agregado JUAN TOLEDO, Inspector Agregado Freddy Cárdenas, los Detectives Agregado Wismark VELASQUEZ , quienes conformados en comisión se trasladaron con el ciudadano Jhon Hernández identificado anteriormente a los fines de practicar el recorrido que según el ciudadano in comento manifestó realizó el día del hecho y que según la presente acta, se deja constancia de lo siguiente: “... Prosiguiendo con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de los hechos que se investigan en las actas procesales K-16-0380-00099 diligenciadas por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO), me constituí en comisión con los funcionarios Inspector Agregado Freddy Cárdenas, los Detectives Agregado Wismark VELASQUEZ y el ciudadano Jhon Hernández (identificado plenamente en actas anteriores), a fin de realizar recorrido realizado por este ciudadano el día 16/08/2016, cuando manifestó que había salido de su residencia a fin de realizar compras de víveres (Bachaqueo), partiendo desde su residencia ubicada en el sector Brisas del Valle de la Guevara Sur, Municipio Díaz de este Estado, tomando la avenida Juan Bautista Arismendi sentido Punta de Piedras-Porlamar, llegando a la entrada del Centro Comercial “Sigo”, donde indico que se había detenido el día 16/08/2016, en horas de la noche en su vehículo automotor marca Chevrolet, de color Azul, modelo Caprice, Tipo Ranchera y al no observar personas para realizar la compra de víveres, continuo el recorrido por la calle Monagas de Porlamar, cruzando a mano derecha por la calle San Nicolás de Porlamar, después doblando a mano derecha por la calle a fin de realizar recorrido realizado por este ciudadano el día 16/08/2016, cuando manifestó que había salido de su residencia a fin de realizar compras de víveres (Bachaqueo), partiendo desde su residencia ubicada en el sector Brisas del Valle de la Guevara Sur, Municipio Díaz de este Estado, tomando la avenida Juan Bautista Arismendi sentido Punta de Piedras-Porlamar, llegando a la entrada del Centro Comercial “Sigo”, donde indico que se había detenido el día 16/08/2016, en horas de la noche en su vehículo automotor marca Chevrolet, de color Azul, modelo Caprice, Tipo Ranchera y al no observar personas para realizar la compra de víveres, continuo el recorrido por la calle Monagas de Porlamar, cruzando a mano derecha por la calle San Nicolás de Porlamar, después doblando a mano derecha por la calle Buenaventura, la cual se comunica con la Avenida Francisco Fajardo, llegando al Distribuidor de Conejero, donde se incorporó a la Avenida Circunvalación Norte, llegando al distribuidor los Robles, siguiendo por la avenida Jovito Villalba, llegando a la intercesión de la Avenida Aldonza Manrique del sector Playa el Ángel, dirigiéndose a la avenida Bolívar, hasta llegar al Centro Comercial “AB”, donde está ubicado el supermercado “UNICASA”, donde refiere este que se detuvo y sostuvo coloquio con unas personas que se encontraban en la avenida, quienes le indicaron que solo venderían papel Higiénico, por lo que continuo su recorrido por la mencionada avenida hasta llegar al centro comercial “Central Madeirense”, Municipio Mariño de este Estado, donde estaciono su vehículo, por el área que comunica a la playa la caracola, donde permaneció caminando y hablando con varias personas, hasta el día 17/08/2016 amaneciendo recibió una llamada telefónica donde le manifestaban que su familiar (Hermano) había fallecido, permaneciendo un tiempo no precisado, debido a que su vehículo presentaba desperfectos mecánicos, continuando el recorrido cruzando en el sector bella vista hacia la avenida Rómulo Betancourt, dirigiéndose hasta la avenida Terranova, cruzando a mano derecha hacia la avenida llano Adentro llegando hasta el semáforo, ubicado en la avenida Circunvalación Norte ( Ubicado en la Entrada del sector Achipano), cruzando a mano Izquierda de la referida avenida la cual se comunica con avenida José Asunción Rodríguez, llegando hasta el elevado para incorporarse a la avenida Juan Bautista Arismendi y a la Altura de la Estación de Servicio El Encanto ubicada en el sector Macho muerto, se detuvo por cuanto el vehículo dejo de funcionar. Seguidamente se le informó a la superioridad, finalmente se dejó plasmado en acta de investigación penal la diligencia realizada.. Es todo”. Terminó, se leyó y conforme firman...”22.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 9700-073-DC-889-B-384-16, suscrita por DETECTIVE LUIS FIGUEROA, adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de las características de las conchas y los perdigones incautados.23.- ANALISIS HEMATOLOGICO N° 9700-073-M-219, de fecha 18 de Agosto de 2016, suscrita por Experto Profesional III YORALYS FERNANDEZ, adscritas al área de Microanálisis del CICPC, en la cual se deja constancia de las características de los segmentos de gasa impregnados y de las prendas de vestir colectadas, las cuales dejan constancia de ser de naturaleza hemática de especie humana y su grupo sanguineo.24.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 19 de agosto de 2016, suscrita por DETECTIVE AGREGADO LEIGER MARIN, DETECTIVES JESÚS CUMANA, HUMBOLDT ZABALA Y JUAN YÁNEZ, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, en la cual se deja constancia de haberse trasladado hacia el sector Brisas del Valle, municipio Díaz, con la finalidad de realizar pesquisas que permitan ubicar alguna persona que aporte información respecto al hecho investigado dejando constancia de haber ubicado a quien identificaron como ERWIN, igualmente con BELLORIN Y JOSE CEDEÑO.25.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016,rendida porERWIN, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos.26.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016,rendida por BELLORIN, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos.27.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016, rendida por JOSE CEDEÑO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...Se presentó una persona de manera espontánea, quien dijo ser y llamarse como queda escrito: JOSE CEDEÑO (demás datos filiatorios a reserva del ministerio publico) quien libre de coacción y apremio manifestó sus deseos en rendir entrevista en relación al hecho que se investiga y en consecuencia expone: “hoy en la mañana yo estaba por mi casa y andaba una comisión de PTJ investigando sobre el caso donde mataron a las 5 personas de una familia, me preguntaron si yo sabía algo de eso a lo cual les dije que la noche del día martes 16-08-16 como a las 10:30 u 11.00 de la noche yo me estaba bañando en el patio de mi casa y escuche como 6 disparos que provenían más o menos de la zona donde esta ubicada la casa de esa familia que mataron, luego al otro día en la mañana fue que me entere de lo que había pasado y relacione que esos disparos tuvieron que haber sido con los que mataron a esa gente. Es todo.” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGAR AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conocía de vista, trato o comunicación a los hoy occisos? CONTESTÓ: “si esa gente eran buenas personas, vecinos del sector” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como se suscitaron los hechos donde perdieron la vida los hoy occisos? CONTESTO: “No se, todos están sorprendidos en el sector” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, como puede asegurar que las detonaciones que escucho eran disparos? CONTESTO: “porque yo soy nativo de un Campo del estado Sucre y mis tíos cazan con escopetas y esos tiros que yo escuche eran de escopeta”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que intervalo de tiempo pudo apreciar los referidos disparo? CONTESTO: “yo conté los 6 disparos en un intervalo de tiempo como de un minuto más o menos, no fueron tan seguidos, entre disparo y disparo hubo como 10 segundos más o menos” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si los hoy occisos tenía problemas en el sector? CONTESTO “no que yo sepa” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si alguna persona se percato de los hechos que narra? CONTESTO: “No se” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, a qué distancia aproximada queda su residencia de la vivienda donde ocurrieron los hechos? CONTESTO: “como a 300 mts” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, luego de percibir los referidos disparos observo a algún vehículo o persona desplazarse por el sector? CONTESTO: “No” NOVENA PREGUNTA:¿Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO: “No” TERMINÓ. SE LEYÓ Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN-...”28.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 22 de Agosto del 2016, rendida por ANIBAL GUTIERREZ, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“Resulta que la noche cuando mataron al señor KORAK y a su familia yo estaba en mi casa y como a eso de las 10:00 u 11:00 de la noche, yo estaba en el patio de mi casa y escuche como 5 detonaciones me imagine que eran disparos y me metí para mi casa, me acosté y como a eso de las 03:00 de la mañana me tocan la puerta y me levanto, me percato que era AMALUZ la hermana del señor KORAK, me dijo que la acompañara para la casa de su hermano porque la novia de su sobrino KORAK JUNIOR le estaba avisando que al parecer había pasado algo en la casa y estaba alguien muerto en la sala, me fui con AMALUZ y su esposo por el frente de la casa de KORAK cuando llegamos nos asomamos por la ventana y vemos que la casa esta toda oscura y con el televisor prendido, la puerta del fondo estaba abierta y nos dirigimos para la parte de atrás, cuando llegamos al patio observamos que todo estaba como desordenado, había una ponchera llena de sangre y cuando nos asomamos en la puerta veo que en la cocina están KORAK, JUNIOR y CRISANTO muertos todos llenos de sangre, y en el baño que esta frente a la cocina estaba SARISMAR y LESBIA también muertas, en eso nos asustamos AMALUZ comenzó a llamar a su familia, en eso nos percatamos que en uno de los cuartos estaba metida la novia de JUNIOR con la hija se SARISMAR, la sacamos de allí y yo me fui para mi casa todo asustado vomitando de los nervios. 29.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Agosto del 2016, suscrita por DETECTIVES JESUS ROMERO y DETECTIVE AGREGADO LEIGER MARIN, adscritos al CICPC, en la cual dejan constancia de haberse trasladado al depósito de cadáveres donde se entrevistaron con Maria Ali, quien labora como secretaria a quien le solicitaron información respecto a la ubicación de evidencia alguna en los cadáveres, manifestando que se localizaron tacos y perdigones, tacos de plasticos y dos proytectiles.30.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-252, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de LESBIA MAXIMINA GONZALEZ MARITNEZ.31.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-252, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIAZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de LESBIA MAXIMINA GONZALEZ MARITNEZ.32.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-253, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA ZARAK HERNANDEZ SILVA.33.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-253, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIEZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA ZARAK HERNANDEZ SILVA.34- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-254, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA JUNIOR HERNANDEZ SILVA.35.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-254, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIEZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA JUNIOR HERNANDEZ SILVA.36.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-255, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de ALZOLAY HERNANDEZ SARISMAR DEL VALLE.37.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-255, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIAZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de ALZOLAY HERNANDEZ SARISMAR DEL VALLE.38.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-256, de fecha 17-08-2016, practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de CRISANTO JOSE HERNANDEZ GONZALEZ.39.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-256, de fecha 17-08-2016, practicado por DALILA CRUZ DIEZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de CRISANTO JOSE HERNANDEZ GONZALEZ.40.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23/08/2016, suscrita por INPSECTOR AGREGADO OSKY MONCAYO, adscritos al CICPC, en la cual se deja constancia de haber recibido mediante correo electrónico el historio de reporte de llamadas de los teléfonos incautados en la presente causa.41.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por GRATEROL BRITO VICENTE EMILIO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...Bueno resulta que hace rato yo estaba en mi casa y llego una comisión de PTJ buscándome para hacerme preguntas en relación a un homicidio que ocurrió en las Guevaras el día 16-08-16 en la noche, donde mataron a 5 personas, a lo cual yo les dije que les iba a colaborar con todo lo que sabía pero que yo no tenia nada que ver con eso, a lo cual le conté lo siguiente: el dia que paso eso JHON estuvo en mi casa en la mañana con su esposa, un primito de el llamado LEYKER y la novia, me estaba diciendo que su hermano KORAK lo tenía arrecho porque hace tiempo le dio una madera para hacer unas urnas y no le había hecho nada, alli me dijo para ir en la noche a meterle un susto, al rato se fueron y en la tarde regreso JHON de nuevo en la camioneta con su esposa, nos fuimos los tres para Las Guevaras, dejamos a SOLANGEL en la casa de su mama y de alli nos fuimos para la casa de JHON, allí el me dejo solo y salió, al rato llego con LEYKER, estuvimos un rato allí, hicimos café y como a eso de las 11:00 de la noche mas o menos JHON me dice que prenda la camioneta que íbamos a salir, yo prendí la camioneta y me quede en el porche, en eso JHON y LEYKER agarran para el patio de la casa de KORAK y al ratico comienzo a escuchar una discusión alli, estuvieron rato discutiendo con esa gente de casa de KORAK cuando de repente escuche como 5 disparos de escopeta y veo que viene JHON y LEYKER corriendo cada uno con una escopeta en las manos, JHON me dice montante que nos vamos, nos montamos los tres en la camioneta y nos fuimos hacia una casa entre Los Bagres y Cotoperiz, alli se quedo LEYKER con las dos escopetas, luego de allí JHON me llevo para mi casa pero en la vía me iba diciendo que los habían matado a todos, no supe mas nada, hasta que amaneció que me entere que habían matado a KORAK, y a toda su familia. 42.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Agosto del 2016, suscrita por Detective Agregado Wismark Velásquez, adscrito al CICPC, en la cual deja constancia de la identificación del ciudadano VICENTE EMILIO GRATEROL BRITO, así como la ubicación de su vivienda donde se acordó orden de allanamiento y se lograron ubicar prendas de vestir de interés criminalístico y conchas de cartuchos.43.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Agosto del 2016, suscrita por Detective Khristian Ferrer, adscrito al CICPC, en la cual deja constancia de la ubicación del ciudadano VICENTE EMILIO GRATEROL BRITO, a los fines de ser entrevistado en la presente causa.44.- INSPECCION TECNICO-POLICIAL N° 246, de fecha 23-08-2016, suscrita por funcionarios adscritos al CICPC Porlamar, en la cual se deja constancia de haberse traslado hasta la calle Juan Ancio de La Asunción, describiendo las características de la vivienda y donde logran incautar prendas de vestir y conchas de cartucho.45.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por JHONY, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los hechos en su condición de testigo al allanamiento realizado.46.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por JOSE CAMPOS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los hechos en su condición de testigo al allanamiento realizado.47.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por MAYRA GONZALEZ, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...Bueno resulta que el día de hoy en la tarde yo estaba en mi casa cuando de repente me avisan que mi pareja de nombre VICENTE GRATEROL estaba afuera en la calle y que la PTJ se lo había llevado pero no sé porque, por eso me fui para la PTJ y es que me dicen que estaban investigando un homicidio y mi pareja se había puesto agresivo por eso se lo llevaron, después al rato ya en la noche me llaman de la casa y me dicen que una comisión estaba allá e iban a allanar la casa, por eso me fui para allá y hable con los funcionarios ellos me explicaron lo que estaba pasando, buscaron dos testigos y se les permitió ingresar a la casa, comenzaron a revisar y en uno de los cuartos consiguieron una bolsa con varias conchas de escopeta, me preguntaron de quien era eso y yo les dije que de mi pareja VICENTE, después me preguntaron sobre la ropa que tenia puesta VICENTE la noche del día 16-08-16 lo cual yo les indique que era un blue jean, una franela azul y unas botas de gomas amarillas, les indique donde estaban y ellos colectaron la ropa, también en mi cuarto consiguieron en una cajita dos balas calibre 22 que yo les indique que eso tenía tiempo allí, luego que terminaron me trajeron para acá a declarar al igual que a los dos testigos SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuando su concubino regreso a su residencia que actividad realizo? CONTESTO: “se quito la ropa, se baño y se acostó, yo le pregunte que habían hecho y me dijo que nada que no habían cazado que él se había quedado allí mismo en la Asunción casa de su tía” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, su concubino posee armas de fuego? CONTESTO: “el tenia una escopeta prestada pero la regreso hace como dos semanas”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, a quien le pertenecía la referida arma? CONTESTO: “el me dijo que era de un amigo de él que tenía una finca en Guárico y como se iba para su tierra se la entrego”. 48.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 24-08-2016, suscrita por Detective Agregado Wismar Velasquez , adscrito al CICPC, en la cual se deja constancia de haber sostenido conversación con las ciudadanas SOLANGER ZABALETA Y GLORY ZABALETA, quienes manifestaron haber obviado información al momento de ser entrevistadas en días anteriores respecto al conocimiento de los hechos.49.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016, rendida por SOLANGEL MERCEDES ZABALETA ROMERO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...hoy en la mañana yo estaba en mi casa y llego una comisión de PTJ nuevamente haciendo investigaciones sobre el homicidio de mi cuñado KORAK y su familia, comenzaron a hacerme preguntas y yo sinceramente les dije que no aguantaba más la desesperación y los nervios desde que paso eso porque yo les había mentido el primer día que estuve declarando ya que yo sé desde un principio todo lo que paso, por eso decidí hablar y contarle lo siguiente: resulta que mi pareja JHON HERNANDEZ tenia un problema desde hace como dos meses con su hermano KORAK, porque como todos saben el hacia urnas y JHON las vendía, pero el problema se origino porque JHON compro una madera para que KORAK le hiciera unas urnas, cuyos materiales KORAK los utilizo y no le hizo nada, por eso JHON tenía ya varios días diciendo que le iba a dar un susto a su hermano para que le pagara, por eso el día 16-08-16 en la mañana fuimos al sector el Silguero de Porlamar a casa de un primo de JHON llamado RENE, allí recogimos al hijo de RENE un chamito de 17 años llamado LEYKER y a su novia, de allí nos fuimos JHON, LEYKER, la novia y yo hacia La Asunción a casa de un amigo de JHON llamado VICENTE, estando en casa de VICENTE yo me fui para el patio de la casa con la novia de LEYKER a tumbar mangos, allí JHON, VICENTE y LEYKER estaban reunidos en un lado del patio como hablando algo alli sospeche que algo estaban tramando, salimos de la casa de VICENTE como a las 12.00 del mediodía, fuimos de nuevo al Silguero dejamos a LEYKER y a la novia, de alli JHON y yo seguimos para nuestra casa en las Guevaras, cocinamos, cominos y nos acostamos un rato, como a eso de las 05:00 de la tarde JHON me dice para ir de nuevo a casa de VICENTE en la Asunción, cosa que me pareció extraño pero igual lo acompañe, llegamos a casa de VICENTE un poco después de las 05:00 de la tarde, alli JHON y VICENTE se pusieron a hablar a parte alejados de mi y de la esposa de VICENTE, en eso JHON fue para el carro y saco la colchoneta de una camilla que tenía en la parte de atrás del carro ya que nuestro vehículo es tipo ranchera y JHON la usa para sus trabajos de servicios fúnebres, dicha colchoneta la pasaron para dentro de la casa y a los pocos minutos la volvió a sacar y la metió nuevamente en la parte de atrás del carro, alli sospeche que algo habían escondido dentro de la colchoneta ya que la misma tiene un forro; salimos de casa de VICENTE como a las 06:30 de la tarde, en el carro íbamos VICENTE, JHON y yo, fuimos a las Guevaras y llegamos como a las 07.00 de la noche, allí JHON me dice que me quede en casa de mi mama quien vive en el mismo sector pero alejado de nuestra casa, yo lo note muy extraño y le pregunto que porque quería que me quedara casa de mi mama a lo cual me respondió que me quedara tranquila allí que iban a buscar a LEYKER y que el me pasaba buscando mas tarde, me quede allí preocupada y JHON se fue con VICENTE; me quede allí hasta las 02.00 de la mañana cuando JHON me paso buscando, estaba muy extraño ni hablo, me llevo para mi casa pero me dejo en plena Avenida Juan Bautista Arismendi y me dijo que cruzara la avenida para mi casa, yo le pregunte que pasaba y solo me dijo vete para la casa que yo me voy a cambiar la ropa, eso me pareció extraño me baje del carro cruce la avenida y el se fue en dirección hacia Porlamar, yo me quede en mi casa y a eso de las 03.00 de la mañana siento que me tocan la puerta y me percato que es AMALU la hermana de JHON le abri y la note muy desesperada y nerviosa diciéndome que la acompañara para casa de KORAK porque al parecer había pasado algo, nos fuimos acompañadas del esposo de AMALU y un vecino llamado LUIS, cuando llegamos al frente de la casa nos asomamos por la ventana y vemos el televisor prendido pero la casa muy oscura, nos dimos cuenta que la puerta del patio estaba abierta y nos dirigimos hacia alla, cuando AMALU entra salió toda nerviosa diciendo que todos estaban muertos, en eso me puse toda nerviosa comencé a llamar a JHON le conté lo que estaba pasando y me dijo que el no iba para alla a ver eso, a todas estas no se apersonó al lugar, después ya amaneciendo llego la ptj hicieron el levantamiento del cadáver duraron varias horas alli, comenzaron a interrogar a todos y trajeron a varias personas a declarar, me preguntaron por JHON, yo lo llame y me dijo que estaba desde la madrugada accidentado por la Bomba el encanto de Macho Muerto, fui con una comisión buscamos a JHON para tomarle entrevista y se trajeron el carro, cuando llegamos aquí yo estaba en la parte de afuera de esta oficina con JHON esperando nuestro turno para que nos tomaran entrevista JHON me dijo que declarara que el había estado en la casa y había salido como a las 10:30 a bachaquear, eso me pareció raro no entendí porque JHON estaba inventando eso, pero como es mi pareja eso fue lo que declare pero me quede con la duda y presentía que algo estaba pasando, luego al otro día mientras estábamos en el velorio JHON me llamo para el cuarto y nos encerramos los dos alli, comenzó a llorar y fue que me confesó que el en compañía de VICENTE y IDENTIDAD OMITIDA, habían ido para casa de KORAK a meterle un susto con una escopeta, se presento una pelea entre ellos y le dispararon a todos lo que estaban en la casa, desde ese día yo no he podido dormir con eso en la mente por eso es que el día de hoy decidí hablar para desahogarme.- 50.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de Agosto del 2016, rendida por GLORY CAROLINA ZABALETA ROMERO, ante elCuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos. 51.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24 de agosto del 2016, suscrita por Detective Agregado Wismark VELASQUEZ, en la cual se deja constancia de lo siguiente: “...Prosiguiendo con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de los hechos que se investigan en las actas procesales K-16-0380-00099 diligenciadas por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO), bajo la dirección de la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, y encontrándome en la sede de este despacho tuve conocimiento que funcionarios adscritos a este despacho practicaron la detención flagrante de los ciudadanos JOHN LUIS HERNANDEZ SILVA y IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Cosa Pública (RESISTENCIA A LA AUTORIDAD), por dicha aprehensión fueron puestos a la orden del Abg. Trino Salazar, Fiscal Décimo del ministerio Público, de igual manera pude constatar que los mismos se encuentran en las instalaciones de este despacho, y sus identificaciones plenas son las siguientes: JOHN LUIS HERNÁNDEZ SILVA, de nacionalidad Venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, de 29 años de edad, nacido en fecha 24-12-1977, estado civil Soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado en sector Las Guevaras, barrio Brisa del Valle, calle Mariño, casa sin número, con fachada de color gris y porcelanato, Municipio Díaz, estado Nueva Esparta, titular de la cédula de identidad número V-14.685.174 y IDENTIDAD OMITIDA, procediendo a abordar al segundo mencionado a quien inmediatamente se le solicitó que nos facilitara la indumentaria que portaba, con el objeto de someterla a experticias, accediendo el ciudadano a nuestro requerimiento, haciéndonos entrega de un (01) pantalón, tipo jean, color gris, sin marca ni talla visible y un (01) par de zapatos, marca Bigstar, talla 37, colores gris, rosado y blanco, a tal efecto familiares suyos de proporcionaron nueva vestimenta para sustituir esta, seguidamente se le informó a la superioridad, finalmente se dejó plasmado en acta de investigación penal la diligencia realizada. Consigno con la presente acta de aprehensión de los ciudadanos in comento. 52.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 24/08/2016, suscrita por Detective Jhonathan Jaimes, adscrito al CICPC, en la cual se deja constancia de la aprehensión de los ciudadanos por RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.53.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de de fecha 24-08-2016, suscrita por el funcionario Detective Agregado MANUEL NAVA, en la cual se deja constancia que se trasladó en compañía de los funcionarios Comisario General José Luis Ydrogo, Comisario Jefe Douglas Guzmán, Comisario Ruffel Meza, Detectives Arturo Vargas y Jesús Cumana, hacia una vivienda sin número, cuya fachada se encuentra revestida en pintura color rosado, diagonal al colegio Ovidio Valerio Vásquez, final de la calle principal del sector Los Bagres, municipio Díaz, de este estado, con el objeto de darle cumplimiento a la orden de visita domiciliaria acordada por la Juez de Control vía de Excepción solicitada por el Fiscal Segundo, ya ubicados en la dirección se hicieron acompañar por los ciudadanos GELVIS y CRICELIS quienes sirvieron como testigos y donde dejan constancia de lo siguiente:“...Prosiguiendo con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de los hechos que se investigan en las actas procesales K-16-0380-00099 diligenciadas por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO), bajo la dirección de la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ante la necesidad de asegurar los objetos activos y pasivos relacionados con el hecho, se le efectuó llamada telefónica al Abg. Obel Moreno, Fiscal Segundo del Ministerio Público, con la finalidad de coordinar de conformidad con lo que establece el segundo aparte del artículo 196 del Código Orgánico Procesal Penal orden de allanamiento vía excepción para una vivienda sin número, cuya fachada se encuentra revestida en pintura color rosado, diagonal al colegio Ovidio Valerio Vásquez, final de la calle principal del sector Los Bagres, municipio Díaz, de este estado, lugar de residencia del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien figura como investigado en la presente causa, quien luego de exponerle los elementos existentes en las actas procesales, indicó que se comunicaría con el tribunal de control de guardia a los fines de tramitar dicha orden, a los pocos minutos el representante de la vindicta pública nos informa que el tribunal de primera instancia en funciones de control número 4, a cargo de la Dra. Margarita López, autorizó visita domiciliaria para el inmueble señalado, en virtud de lo cual me trasladé en compañía de los funcionarios Comisario General José Luis Ydrogo, Comisario Jefe Douglas Guzmán, Comisario Ruffel Meza, Detectives Arturo Vargas y Jesús Cumana, a bordo de las unidades P-996 y P-2453, hacia la dirección en cuestión, con el objeto de darle cumplimiento a dicha orden de visita domiciliaria, ya ubicados en la dirección nos hicimos acompañar por los ciudadanos GELVIS y CRICELIS, de quienes se reservan demás datos filiatorios para uso exclusivo del Ministerio Público, de conformidad con lo que establece el artículo 23-1 de la Ley de Protección a Testigos, Victimas y demás Sujetos Procesales, quienes fungirán como testigos y que dieran fe de la actuación policial, luego de tocar la puerta principal del inmueble fuimos atendidos por el ciudadano JESUS ANIBAL SILVA, de nacionalidad venezolana, de 31 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, titular de la cedula de identidad número V-18.112.828, quien luego de exponerle el motivo de nuestra presencia nos permitió el acceso al inmueble, constatando que se trata de una vivienda unifamiliar, localizada en la dirección antes señalada y cuya fachada se encuentra revestida de pintura color rosado; en presencia de los testigos se revisaron todos los ambientes que la conforman, logrando localizar en el patio trasero de la vivienda, específicamente entre un matorral, dos armas de fuego, descritas de la siguiente manera: 1) tipo ESCOPETA, marca AMADEO ROSSI, sin modelo visible, calibre 12, serial 4332, provista en su recamara de un cartucho sin percutir, marca Armusa, color rojo, calibre 12, y 2) tipo ESCOPETA, marca MOSSBERG, calibre 12, color negro, con empuñadura elaborado en material sintético color negro, serial K993273, provista de cinco cartuchos sin percutir, del mismo calibre, discriminados de la siguiente manera: Dos (02) marca Fiocchi Italy color naranja, Uno (01) marca Armusa, color blanco, Uno (01) marca Clever Mirage, color blanco, y Uno (01) marca 12, color blanco, dichas evidencias fueron colectadas por el funcionario Detective Jesús Cumana, durante inspección técnica realizada de conformidad con lo que establece el artículo 186 del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello con el objeto que sean sometidas a experticias, culminadas las diligencias de interés para la investigación nos retiramos del lugar, en compañía de los ciudadanos JESUS ANIBAL SILVA, GELVIS y CRICELIS, hasta la sede de esta oficina con el objeto de recibirles entrevistas en relación al caso, finalmente se dejó plasmado en acta de investigación penal la diligencia realizada. Es todo”. Terminó, se leyó y conforme firman.54.- INSPECCIÓN TECNICO-POLICIAL Nº 247 de fecha 24 de agosto de 2016, suscrita por l los Funcionarios, ARTURO VARGAS (DETECTIVE), MANUELA NAVA (DETECTIVE AGREGADO) y JESÚS CUMANA (DETECTIVE), adscritos a la División de Investigaciones Contra Homicidios practicada en Terreno Boscoso, ubicado en la parte posterior de una vivienda sin número, de color rosada, situada en la calle principal, del sector Los Bagres, específicamente adyacente a la Unidad Educativa Ovidio Valerio Vásquez, Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta en la cual se deja constancia de lo siguiente: “...Se trata de un sitio abierto, correspondiente a la dirección antes mencionada, de iluminación natural y clima cálido para el momento de practicar la Inspección Técnica, dicho lugar resulto ser un terreno boscoso, se detallan vegetación xerófila, donde se observa, tomando como punto de referencia la pared posterior de la mencionada vivienda, en sentido Suroeste, a una distancia de siete metros (7mts), en el interior de una maleza una bolsa, elaborada en material sintético, de color negra, la cual al ser verificada se observó una sábana de cuadros, elaborada en material textil, de colores beige, azul y rojo, la cual al ser revisada, se observó un arma de fuego, tipo escopeta, de color negra y marrón, la cual al ser levantada de su lugar de origen se visualizó las siguientes características: marca AMADEO ROSSI, serial 4332, dicha arma al ser verificada se observó en su recamara un cartucho sin percutir, de color rojo, el cual se logra ver en su culote las inscripciones ARMUSA 12, las evidencias en cuestión fueron fijadas fotográficamente y colectadas como elementos de interés criminalístico, seguidamente tomando como punto de referencia el arma de fuego antes descrita, se visualiza dentro de la maleza en sentido Norte, a una distancia de un metro con sesenta centímetros (1mts 60cm), una bolsa elaborada en material sintética, de color negra, la cual a verificada se observó un arma de fuego, tipo escopeta, de color negro y marrón, la cual al ser levantada de su lugar de origen se le observaron las siguientes características: marca Mossberg, serial K993273, calibre 12, la misma al ser verificada se observó en su recamara cinco cartuchos sin percutir, dos de ellos color naranja, los cuales se logran leer en su culote las inscripciones FIOCCHI ITALY, tres de ellos de color blanco, de los cuales uno se lee en su culote las inscripciones de CLEVER MIRAGE, el otro se visualiza en su culote las inscripciones ARMUSA y el otro se observa en su culote las inscripciones 12, todos calibre 12, las evidencias antes mencionadas fueron fijadas fotográficamente y colectadas como elementos de interés criminalistico, continuamente realizamos una minuciosa búsqueda en los alrededores a fin de ubicar alguna otra evidencia que guarden relación con los hechos, siendo infructuosa tal labor. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto. Termino, se leyó y estando conformes firman...55.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por CRICELIS, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 56.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por ANNY, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó lo siguiente: “...En esta misma fecha, encontrándome en la sede de este Despacho, se presentó previo traslado de comisión; una persona que dijo ser y llamarse como queda escrito: ANNY, (Demás datos se reservan para uso exclusivo del Fiscal del Ministerio Publico del Estado Nueva Esparta, de conformidad con lo establecido en los artículos 3°,4°, 7°, 9° y 21°, numeral 9, de la Ley de Protección a la Victima, Testigo y Demás Sujetos Procesales); con la finalidad de rendir entrevista; relacionada con las Actas Procesales signadas con el número K-16-0380-00099, por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas, quien en conocimiento del motivo de su comparecencia manifestó no tener impedimento alguno en ser entrevistado en torno al presente caso y en consecuencia expone: “El día de hoy 24 de agosto de este año en horas de la tarde, yo me encontraba en mi casa en el sector los bagres frente a la escuela , Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta, cuando de pronto llegaron unos funcionarios de la PTJ en compañía de dos personas , luego de identificarse como funcionarios me pidieron de manera amable que tenían una orden de allanamiento y necesitaban revisar mi casa porque allí estaban unos objetos que guardaban relación con un expediente, y yo les dije que no había ningún problema y los deje pasar de repente me preguntan por dos escopeta que encontraron dentro de la casa y yo les dije que esas armas no eran mías que eran de un hijastro y un amigo que conozco como Jhon llegaron hace como una semana a mi casa en un carro tipo ranchera de color azul y se bajaron pidiéndome el favor que se las guardara y yo se las guarde sin tener conocimiento de dónde venían ,por lo que los funcionarios me pidieron que los acompañaran a su despacho a fin de que rindiera unaentrevista en relación a lo sucedido. -57.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por GERVIS, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 58.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24 de agosto de 2016, suscrita por Detective Agregado MANUEL NAVA, adscritos a la División de Homicidios Nueva Esparta, en la cual se deja constancia de haberse trasladado hacia el sector Brisas del Valle, municipio Díaz, con la finalidad de realizar pesquisas que permitan ubicar evidencia en la residencia del ciudadano Jhon Hernández y donde se practicó allanamiento acordado por el tribunal.59.- INSPECCIÓN TECNICO-POLICIAL CON FIJACION FOTOGRAFICA Nº 248 de fecha 24 de agosto de 2016, suscrita por los Funcionarios, ARTURO VARGAS (DETECTIVE, MANUEL NAVAS (DETECTIVE AGREGADO) y JESÚS CUMANA (DETECTIVE), Adscritos a la División de investigación de Homicidios practicada en: Casa sin número, ubicada en la calle Mariño, sector Brisas del Valle, Las Guevara Sur, Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta, en la cual se deja constancia de lo siguiente: “Trátese de un sitio del suceso cerrado, correspondiente a una vivienda unifamiliar, ubicada en la dirección antes descrita y presentando las siguientes características:“ Un porche construido de paredes de bloques de concreto, frisados de color gris y cerámica de color beige, dos ventanas elaboradas en material de metal revestido con pintura de color blanco y vidrios transparente, techo elaborado en material de tabelones y concreto comúnmente conocido como platabanda, piso de cerámica de color beige, como medio de acceso al interior, en sentido norte, correspondiente a una puerta elaborada en material de metal, revestida de una pintura de color blanco, con vidrios transparente, en forma de cuadros, tipo batiente al interior, con cerradura fija en la parte central, sin signos de violencia, una vez en el interior de la prenombrada morada se observa en sentido norte, una sala de estar, la cual posee paredes elaboradas de bloques de concreto, revestida en pintura de color verde y cerámica de color gris, techo elaborado en material de metal comúnmente llamado aceroli, piso de cerámica de color beige, visualizándose objetos varios, sin signos de violencia, continuando con la inspección se visualiza en sentido Este, una (01) puerta, elaborada en material de madera, de color blanco y marco elaborado en material de madera, provista de una cerradura metálica, en forma de pomo, la cual se observa sin signos de violencia, correspondiente a un dormitorio, una vez dentro del mismo se visualiza paredes de bloques de concreto, frisados y revestidos con pintura de color rosado, techo rasó, piso de cerámica de color beige, asimismo se observa una cama, elaborada en material de madera, con su respectivo colchón, sobre la misma se visualiza las siguientes vestimentas:Un (01) short deportivo, sin marca ni talla aparente, de color negro y un par de zapatos casuales, de color marrón, marca Dockers, sin talla aparente, las cuales fueron fijadas, colectadas y embaladas como evidencias de interés criminalístico, continuando con la inspección, se procedió a realizar un rastreo minucioso a los alrededores de la vivienda en búsqueda de alguna evidencia, siendo infructuosa tal labor, Es todo cuando tenemos que informar al respecto. Se terminó, se leyó y conformes firman.-60.-ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por JOHAN, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 61.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por JOSE, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 62. RECONOCIMIENTO LEGAL Y EXPERTICIA FISICA (BARRIDO EN BUSCA DE APENDICES PILOSOS) N° 3700-073-DC-011-AFC-011, de fecha 24-08-2016, suscrita por Detective MORENO NAYIB, adscrito al área física comparativa, en la cual se deja constancia de NO haber logrado colectar apéndice piloso.63.- RECONOCIMIENTO LEGAL Y EXPERTICIA FISICA (BARRIDO EN BUSCA DE APENDICES PILOSOS) N° 3700-073-DC-011-AFC-012, de fecha 24-08-2016, suscrita por Detective MORENO NAYIB, adscrito al área física comparativa, en la cual se deja constancia de haber logrado colectar apéndice piloso en la camioneta recolectada.64.- EXPERTICIA TRICOLÓGICA N° 9700-073-DC-012-AFC-012, de fecha 24-08-2016, suscrita por DETECTIVES MORENO NAYIB, adscrito al área física comparativa, practicado a los apéndices pilosos en el cual se deja constancia de las características de los mismos.65.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 929-B-398-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por DETECTIVES ESTHER J RODRIGUEZ, adscrito al CICPC área Balística, practicado a cinco tacos y los demás elementos incautados en la presente causa, 65.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 929-B-401-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por DETECTIVES DANIEL BERNAL Y DIEGO SEGURA, adscrito al CICPC área Balística, practicado a cinco tacos y los demás elementos incautados en la presente causa, 66.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 929-B-402-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por COMISARIO JEFE YADIRA MARTINEZ, Y DETECTIVE DANIEL BERNAL, adscrito al CICPC área Balística, practicado a cinco tacos y los demás elementos incautados en la presente causa. RECONOCIMIENTO TECNICO N° 523-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por ANTHONY RAMIREZ, adscrito al CICPC, practicado al automóvil vinculado a la presente causa 67.- .COTEJO FISICO GRAFICO N° 9700-103-AT-121 de fecha 25/08/2016, Inspector Jefe José Rojas, adscrito al CICPC, realizada entre las impresiones dactilares tomadas mediante reseñas de los denunciados en la cual se concluye SE PUDO VISUALIZAR Y ESTABLECER LAS COINCIDENCIAS Y CORRESPONDIENCAS EXISTENTES CON LA IMPESION DACTILAR DEL DEDO INDICE DEL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, CON UNO DE LOS RASTROS DACTILARES OBTENIDAS MEDIANTE ACTIVACIÓN ESPECIAL EN LA VIVIENDA.68.- ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-230 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada.ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-232 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada.71.- ANALISIS HEMATOLOGICO Y QUIMICO N° 9700-073-m-226, de fecha 24-08-2016, practicada por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada en la cual resultó positivo a Iones Nitratos y Nitritos componentes característicos de la pólvora.72.- ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-228 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada.73.- ANALISIS HEMATOLOGICO Y QUIMICO N° 9700-073-m-227, de fecha 24-08-2016, practicada por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada en la cual resultó positivo a Iones Nitratos y Nitritos componentes característicos de la pólvora.74.- ANALISIS HEMATOLOGICO Y QUIMICO N° 9700-073-m-229, de fecha 24-08-2016, practicada por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la camioneta incautada en la cual resultó positivo a Iones Nitratos y Nitritos componentes característicos de la pólvora.75.- ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-231 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la camioneta.76.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 25-08-2016, suscrita por Wismark Velásquez, adscrito al CICPC, en la cual se deja constancia de la aprehensión del adolescente. De expuesto y de las actas consignadas, se evidencian suficientes elementos de convicción para imputar al adolescente de autos la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACIÓN Y ALEVOSIA POR MOTIVO FÚTIL EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el articulo 406 ordinal 2° del Código Penal, ASOCIACION PARA DELINQUIR , previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada Y Financiamiento Al Terrorismo, POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 111 de la Ley Para El Desarme Y Control De Armas Y Municiones, TODO EN CONCURSO REAL DEL DELITO, previsto en el articulo 86 del Código Penal, en agravio de los ciudadanos CRISANTO JOSE HERNANDEZ SILVA, KORAK ZARAK HERNANDEZ SILVA, KORAK JUNIOR HERNANDEZ GONZALEZ, SARISMAR DEL VALLE ALZOLAY HERNANDEZ, LESBIA MAXIMA GONZALEZ MARTINEZ. Solicito se acuerde la continuación de la presente investigación por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, a los fines de recabar cualquier elemento de convicción que permitan determinar el grado de responsabilidad del adolescente, ello en aras del objetivo del proceso que es la búsqueda de la verdad de conformidad con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, a los fines de asegurar la comparecencia de los adolescentes, en aras de garantizar las demás fases del proceso se solicita la imposición de la medida cautelar contenida en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, consistente en la detención preventiva para asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar, ya que se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 581 literales A, B, C, D, E Y F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, como lo es el peligro de obstaculización en la búsqueda de la verdad, en virtud de que el joven adulto conoce a la victima en el presente caso, y el mismo fue identificado por esta, lo cual presupone que pudiera significar un posible riesgo para la misma y tomando en cuenta que el delito imputado se encuentran dentro de los establecidos en el articulo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En esta audiencia consigno actuaciones relativas al asunto N° OP04-D-2016-000306, consistente en la orden de aprehensión dictada contra de los imputados y sus respectivos elementos y quiero que se deje constancia que se cotejaron los originales con las copias consignadas ante este tribunal a los fines de que el tribunal a efecto videndi que son iguales a los originales y asi lo certifique aunado a los elementos que presenta el Ministerio Público cuenta con los siguientes elementos de convicción: :. 1.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL DE FECHA 17 DE AGOSTO DEL 2016, suscrita por DETECTIVE AGREGADO LEIGER MARIN, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia que conformado en comisión integrada por DETECTIVE JEFE RAFAEL LOMBANO, DETECTIVES GADIANGEL GARCIA, JESUS ROMERO, JOSE BASTARDO, JESUS VERGARA Y JORMAR HEREDIA, se trasladaron hasta el sector Las Guevaras Sur, Municipio Días, a los fines de realizar las primeras diligencias pertinentes al caso, donde al llegar, observaron a una gran cantidad de personas, ingresando los funcionarios a la vivienda donde ocurrieron los hechos, logrando colectar tres conchas de cartuchos, dos tacos de material sintético, tres segmentos de plomo, así mismo sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hepática expandida a lo largo de dicho lugar, seguidamente tres cadáveres de sexo masculino describiendo sus características y su vestimenta, así mismo reciben información de la ciudadana AMALUA DEL VALLE HERNANDEZ SILVA, quien aportó los datos filiatorios de los cinco occisos, posteriormente se trasladaron al nosocomio donde practicaron inspeccion técnica y dejaron constancia de cada uno de los cadáver con sus respectivas heridas, además de muestra de sangre mediante una gasa de cada uno de los occisos.2.- ACTA DE INSPECCIÓN TECNICO POLICIAL CON FIJACION FOTOGRAFICA N° 230, de fecha 17 de Agosto del año 2016, suscrita por los funcionarios, GLADIANGEL GARCIA (DETECTIVE), RAFAEL LOMBANO (DETECTIVE JEFE), LEIGER MARIN (DETECTIVE), JOSE BASTARDO (DETECTIVE), adscritos al eje de investigación de Homicidios realizada en: CASA SIN NUMERO DE COLOR AZUL CON REJAS DE COLOR BLANCO, UBICADA EN LAS GUEVARAS SECTOR BRISAS DEL VALLE, MUNICIPIO DIAZ, ESTADO NUEVA ESPARTA, donde se deja constancia de lo siguiente: “...Trátese de un sitio de suceso mixto, correspondiente al interior y patio trasero de una vivienda sin numero la cual tenía asignado el medidor de luz eléctrica número 42256 , ubicada en la dirección antes descrita y presentando las siguientes características: “Como fachada perimetral se encontraba cercada con alambres de púas , como medio de acceso vista al observador en la parte central presenta una puerta elaborada en tubulares tipo rejas de color blanco, cerrada, con un cerradura fija sin seguridad, se procede abrir, dándonos acceso al interior de la misma, pudiendo observar como fachada principal una estructura de bloques (vivienda), frisadas y pintadas de color azul en la parte central posee una puerta de tubulares tipo rejas, con cerradura fija la cual protege una segunda puerta elaborada en madera ambas con cerradura fija, totalmente cerradas sin ningún tipo notorio de violencia no pudiéndonos dar acceso al interior de la vivienda, se aprecian a sus extremos ventanas de vidrios con protectores elaboradas en tubulares tipo rejas, de color blanca, seguidamente se observa vista al observador del lado lateral derecho de la vivienda un camino el cual conlleva a la parte trasera (patio), pudiendo apreciar en sentido norte, una tercera puerta tipo rejas elaborado en tubulares de hierro de color azul, totalmente abierta al exterior la cual dio acceso al interior de la misma, consecutivamente se visualiza paredes frisadas y pintadas de color azul techo tipo zen, piso de cemento pulido, ocupada por una nevera de color blanca del lado derecho (vista al observador), y del lado izquierda (vista al observador), una, cocina, un microonda, y un fregador, tomando como punto de referencia el borde inferior de la estructura de dicha puerta se visualiza a una distancia de 50 centímetros en sentido norte, un segmento metálico circular de aproximadamente cinco milímetros de diámetros con características similares a las de un proyectil múltiple (guáimaro), disparados por un arma de fuego, y un segmento de plástico trasparente con una medida de cuatro centímetros de longitud por dos de diámetros, la cual se procedió a enumerar como evidencia de interés criminalistico UNO (01), a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar con la finalidad de realizarle experticias correspondientes, consecutivamente a una distancia de cuarenta y dos centímetros (42cm), en sentido este se visualiza y se enumera como evidencia de interés criminalistico DOS (02), dos segmentos metálicos circulares de aproximadamente cinco milímetros de diámetros, con características similares a las de un proyectil múltiple (guáimaro), disparado por un arma de fuego, la cual se procedió a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar con la finalidad de realizarle experticias correspondientes, en relación a esta a una distancia de sesenta y cinco centímetros (65cm), en sentido norte, se observa y se enumera como evidencia de interés criminalistico TRES (03), una concha de cartucho, donde se visualiza en el culote las inscripciones CLEVER 12 MIRAGE , la cual se procedió a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar con la finalidad de realizarle experticias correspondientes con relación a la evidencia número tres, a una distancia de sesenta y tres centímetros en sentido norte, se observa el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino en posición decúbito abdominal con la región cefálica en sentido nor-oeste y las extremidades inferiores en sentido sur-este, portando como vestimenta una franela de color verde, un short de diversos colores, maniatado hacia atrás, apreciándole las siguientes características, tez trigueña, de 1.70 metros de estatura, cabello corto, procediéndose a identificar con el número CUATRO (04), adyacente a este se observa sustancia ancha expandida de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, y se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra NÚMERO UNO (01), seguido a este a una distancia de noventa y tres centímetros (93cm), en sentido norte se observa un segundo cadáver y se identifica con el número CINCO (05), a una persona de sexo masculino, en posición decúbito abdominal, con la región cefálica en sentido norte, y las extremidades inferiores en sentido sur, portando como vestimenta una prenda de vestir tipo bóxer de color azul, apreciándose las siguientes características físicas, tez trigueña de 1,60 metros de alto, pelo de color negro, presentando una herida abierta en la cabeza con exposición de masa cefálica, producida presumiblemente por el paso de proyectiles múltiples disparados por arma de fuego, adyacente a este se observa sustancia ancha expandida de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra número DOS(02), Partiendo de la región cefálica del occiso dos, a una distancia de cincuenta y dos centímetros 52 cm, en sentido norte de igual forma se aprecia un tercer cadáver y se identifica con el número SEIS 06, a una persona de sexo masculino, en posición decúbito abdominal, con la región cefálica en sentido este y las extremidades inferiores en sentido oeste, portando como vestimenta un short de color negro donde se visualiza a su laterales las inscripciones total 90, presentando las siguientes características físicas, tez trigueña, de 1,70 metros de estatura, pelo corto de color negro, adyacente a este se observa sustancia ancha expandida de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo flecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra NÚMERO TRES, partiendo de la región del hombro derecho del occiso tres, a una distancia de doscientos cuarenta centímetros (240 cm), se visualiza y se enumera como evidencia SIETE 07, una concha de cartucho de color trasparente, donde se visualiza en el culote las inscripciones 12*12*12*12, en referencia a esta a una distancia de 70 centímetros, en sentido este se visualiza como evidencia OCHO 08, un segmento de plástico trasparente con una medida de cuatro centímetros de longitud por dos de diámetros, en relación a esta a una distancia de ochenta centímetros, en sentido este, o en relación a la puerta tomada como punto de referencia del lado derecho (vista al observador), se distingue un área que funge como baño sanitario, y dentro de este se observan, dos cadáveres de sexo femenino en posición decúbito abdominal, y se identifican con los números NUEVE 09, y DIEZ 10, la numero nueve (09), se encontraba con la región cefálica en sentido oeste y las extremidades inferiores en sentido este, portando como vestimenta una franela de color naranja, y un short de color rosado con negro, apreciándole las siguientes características físicas, tez blanca, de 1.60 metros de estatura, cabello largo de color negro, presentando heridas, producida presumiblemente por el paso de proyectiles múltiples disparados por arma de fuego, adyacente a este se observa, un pantalón largo, tipo jean de color azul, sin talla aparente, marca wangler, impregnado de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática la cual se procedió a colectar, embalar y etiquetar, con la finalidad de ser remitido al laboratorio de criminalística para su correspondiente experticia hematológica, de igual forma se distingue en el piso alrededor de la misma, sustancia ancha expandida de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra número CUATRO(04), la occisa identificada con el número diez (10) se encontraba con la región cefálica en sentido sur y las extremidades inferiores en sentido norte, portando como vestimenta una franela de color gris, y una prenda de lucir intima (pantaleta), de rayas de colores moradas y gris, apreciándole las siguientes características fisicas, tez trigueña, de 1.58 metros de estatura, cabello largo de color negro, presentando heridas, producida presumiblemente por el paso de proyectiles múltiples, disparado por arma de fuego, adyacente a la región cefálica se observa sustancia ancha expandida de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se fijó fotográficamente con un testigo fecha, se colecto en un segmento de gasa estéril como muestra número cinco (05), seguidamente nos trasladamos a la parte central de dicho inmueble el cual funge como sala con la finalidad de realizar rastreos minuciosos en búsqueda de alguna otra evidencia de interés criminalistico, pudiendo constatar que de igual forma se encontraba pinta de color azul, con piso de cemento pulido y techo de zin, del lado izquierdo vista al observador se encontraba provista de bienes muebles tales como mesas, sillas, equipo de sonidos, televisores, todos en perfecto estado , apreciándose del lado derecho( vista al observador), tres habitaciones identificadas como 1,2,3 partiendo desde la parte trasera del inmueble; específicamente en la parte superior de las paredes que edifican las habitaciones una y dos, se observan sustancia de color pardo rojiza con morfología por salpicadura, de igual forma adornos tales decorativos (espejos), impregnados de dicha sustancia, con morfología por salpicaduras, las referidas habitaciones poseían puertas de madera de color marrón batientes al interior, con cerradura tipo manilla sin ningún tipo de violencia notorio, así como también al ser verificados se pudo apreciar que dentro de las mismas no había ningún tipo de registro y desorden, provistas de camas y adornos decorativos, en regular estado, posteriormente se procedió con la remoción de los occisos hasta la unidad forense, para su traslado a la morgue del hospital central de Porlamar; observando debajo del tercer occiso identificado como número (06), una concha de cartucho de color rojo, donde se visualiza en el culote las inscripciones WINCHESTER 12 GA MIRAGE, la cual se procedió a fijar fotográficamente, colectar, embalar y etiquetar, con la finalidad de realizarle experticias correspondientes, posteriormente se procede a realizar un rastreo por las adyacencias del lugar específicamente por la parte trasera (patio), observando a una distancia de ocho metros en sentido oeste, con relación a la puerta trasera ya tomada como punto de referencia, colectores de agua uno de color blanco y uno de color rojos, el de color blanco contenía dentro sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual se procedió, a fijar fotográficamente, señalar con un testigo flecha, colectar con un segmento de gasa estéril como muestra NÚMERO (06), con la finalidad de ser remitido al laboratorio de criminalística para su correspondiente experticia hematológica , y dentro del recipiente rojo contenía dentro sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática , colectada con una gasa estéril como muestra NÚMERO (07), un segmento de tela de color verde impregnado de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, una franela de niño de color rojo, sin talla ni marca aparente, impregnadas de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, tres tiras de material de fibras impregnadas de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza, las mismas fueron fijadas fotográficamente, colectadas embaladas y etiquetadas con la finalidad de ser remitidas, al departamento de criminalística para su correspondiente experticia hematológica, se consigna composición fotográfica mediante la presente. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto. Termino, se leyó y estando conformes firman.3.- ACTA DE INSPECCIÓN TECNICO POLICIAL CON FIJACION FOTOGRAFICA N° 231, de fecha 17 de Agosto del año 2016, suscrita por los funcionarios, GLADIANGEL GARCIA (DETECTIVE), LEIGER MARIN (DETECTIVE), adscritos al eje de investigación de Homicidios realizada en: La morgue del Hospital Central Dr. Luís Ortega de Porlamar, en la avenida 4 de Mayo, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, donde se deja constancia de las características de los cadáveres y la vestimenta así como las heridas.4.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por PEDRO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto se encontraba en su vivienda que coincide con la parte trasera donde ocurrieron los hechos y que escuchó gritos y disparos en la misma.5.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por ELIBERTO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto se encontraba en su vivienda cuando recibió llamada telefónica donde la manifestaron que su hermana Lesbia había fallecido.6.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por SOLANGEL, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que Amalu le comentó que había recibido una llamada telefónica donde decían que habían escuchado una fuerte discución en la casa de Kora y que se habían escuchado disparos, por lo que ella con Amalu se trasladaron al sitio y pudieron observar a los cadáveres.7.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por JOSE MARIN, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que escuchó unos disparos por cuanto vive cerca de la vivienda donde ocurrieron los hechos.8.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por FREDMARYS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que escuchó unos disparos y un vehículo que se alejaba de la vivienda donde ocurrieron los hechos ya que habita cerca de la misma.9.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por ODELIS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que escuchó unos disparos y unos gritos, ya que transitaba por la zona a la hora de los hechos.10.- ACTA DE ENTREVISTA De fecha 17 de Agosto del 2016, rendida por LUFE, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos, por cuanto manifiesta que se encontraba en la vivienda donde ocurrieron los hechos y que permaneció en su habitación, escuchó peleas, gritos, que escuchó cuando dijeron QUE PASO CUÑADO, QUE PASO, ESTAS LOCO, y que sabía que había tenido discusión con Jhon.11.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de agosto del 2016, rendida por AMALU DEL VALLE, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta que recibió llamada de LUFER que estaba escondida en una de las habitaciones y que había pasado algo, y al llegar al sitio con Solangel que vive cerca observaron los cadáveres.ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de agosto del 2016, rendida por SOLIANNY ROMERO, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta que recibió llamada donde le habían manifestado que habian matado a su hermana.13.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de haber ubicado al ciudadano de nombre Jhon hermano del occiso Korak y a quien le solciitaron trasladarse al Cuerpot detectivesco a los fines de ser entrevistado.14.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 17 de agosto del 2016, rendida por LUIS, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta que había realizado un recorrido el día del hecho a los fines de comprar comida y que su vehículo se le había accidentado.15.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de haberle solicitado información al ciudadano Jhon respecto a la vestimenta que portaba el día de los hechos, manifestando ser la misma que portaba, solicitándole los funcionarios que la aportara a los fines de practicar experticias de rigor el cual accedió a entregarlas libre de coacción.16.- EXPERTICIA HEMATOLOGICA N° 9700-073-218, de fecha 17/08/2016, suscrita por Experto Profesional III YORALYS FERNANDEZ, adscrita al Departamento de Criminalísticas, del CICPC, en la cual se deja constancia que no se descarta la presencia de Iones oxidantes componentes característicos de la deflagración de la pólvora, en la prenda estudiada.17.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia del Historico de llamadas de los números movilnet, Movistar con respecto a la antena que ubica las llamadas descritas en la presente acta.18.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 17 de agosto del 2016, suscrita por DETECTIVE JESÚS ROMERO, funcionario adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de tener conocimiento y ubicación de los ciudadanos conocidos como Sepequeño y Chipichorro por cuanto los señala la comunidad como azotes de barrio.19.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17 de Agosto de 2016, rendida por MARIAL DEL VALLE CORDOVA, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta el conocimiento que tiene de los hechos.20.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17 de Agosto de 2016, rendida por KARINA DEL VALLE HENRIQUEZ, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde manifiesta el conocimiento que tiene de los hechos.21.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 17 de agosto de 2016, suscrita por los funcionarios Detective Agregado JUAN TOLEDO, Inspector Agregado Freddy Cárdenas, los Detectives Agregado Wismark VELASQUEZ , quienes conformados en comisión se trasladaron con el ciudadano Jhon Hernández identificado anteriormente a los fines de practicar el recorrido que según el ciudadano in comento manifestó realizó el día del hecho y que según la presente acta, se deja constancia de lo siguiente: “... Prosiguiendo con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de los hechos que se investigan en las actas procesales K-16-0380-00099 diligenciadas por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO), me constituí en comisión con los funcionarios Inspector Agregado Freddy Cárdenas, los Detectives Agregado Wismark VELASQUEZ y el ciudadano Jhon Hernández (identificado plenamente en actas anteriores), a fin de realizar recorrido realizado por este ciudadano el día 16/08/2016, cuando manifestó que había salido de su residencia a fin de realizar compras de víveres (Bachaqueo), partiendo desde su residencia ubicada en el sector Brisas del Valle de la Guevara Sur, Municipio Díaz de este Estado, tomando la avenida Juan Bautista Arismendi sentido Punta de Piedras-Porlamar, llegando a la entrada del Centro Comercial “Sigo”, donde indico que se había detenido el día 16/08/2016, en horas de la noche en su vehículo automotor marca Chevrolet, de color Azul, modelo Caprice, Tipo Ranchera y al no observar personas para realizar la compra de víveres, continuo el recorrido por la calle Monagas de Porlamar, cruzando a mano derecha por la calle San Nicolás de Porlamar, después doblando a mano derecha por la calle a fin de realizar recorrido realizado por este ciudadano el día 16/08/2016, cuando manifestó que había salido de su residencia a fin de realizar compras de víveres (Bachaqueo), partiendo desde su residencia ubicada en el sector Brisas del Valle de la Guevara Sur, Municipio Díaz de este Estado, tomando la avenida Juan Bautista Arismendi sentido Punta de Piedras-Porlamar, llegando a la entrada del Centro Comercial “Sigo”, donde indico que se había detenido el día 16/08/2016, en horas de la noche en su vehículo automotor marca Chevrolet, de color Azul, modelo Caprice, Tipo Ranchera y al no observar personas para realizar la compra de víveres, continuo el recorrido por la calle Monagas de Porlamar, cruzando a mano derecha por la calle San Nicolás de Porlamar, después doblando a mano derecha por la calle Buenaventura, la cual se comunica con la Avenida Francisco Fajardo, llegando al Distribuidor de Conejero, donde se incorporó a la Avenida Circunvalación Norte, llegando al distribuidor los Robles, siguiendo por la avenida Jovito Villalba, llegando a la intercesión de la Avenida Aldonza Manrique del sector Playa el Ángel, dirigiéndose a la avenida Bolívar, hasta llegar al Centro Comercial “AB”, donde está ubicado el supermercado “UNICASA”, donde refiere este que se detuvo y sostuvo coloquio con unas personas que se encontraban en la avenida, quienes le indicaron que solo venderían papel Higiénico, por lo que continuo su recorrido por la mencionada avenida hasta llegar al centro comercial “Central Madeirense”, Municipio Mariño de este Estado, donde estaciono su vehículo, por el área que comunica a la playa la caracola, donde permaneció caminando y hablando con varias personas, hasta el día 17/08/2016 amaneciendo recibió una llamada telefónica donde le manifestaban que su familiar (Hermano) había fallecido, permaneciendo un tiempo no precisado, debido a que su vehículo presentaba desperfectos mecánicos, continuando el recorrido cruzando en el sector bella vista hacia la avenida Rómulo Betancourt, dirigiéndose hasta la avenida Terranova, cruzando a mano derecha hacia la avenida llano Adentro llegando hasta el semáforo, ubicado en la avenida Circunvalación Norte ( Ubicado en la Entrada del sector Achipano), cruzando a mano Izquierda de la referida avenida la cual se comunica con avenida José Asunción Rodríguez, llegando hasta el elevado para incorporarse a la avenida Juan Bautista Arismendi y a la Altura de la Estación de Servicio El Encanto ubicada en el sector Macho muerto, se detuvo por cuanto el vehículo dejo de funcionar. Seguidamente se le informó a la superioridad, finalmente se dejó plasmado en acta de investigación penal la diligencia realizada.. Es todo”. Terminó, se leyó y conforme firman...”22.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 9700-073-DC-889-B-384-16, suscrita por DETECTIVE LUIS FIGUEROA, adscrito al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de las características de las conchas y los perdigones incautados.23.- ANALISIS HEMATOLOGICO N° 9700-073-M-219, de fecha 18 de Agosto de 2016, suscrita por Experto Profesional III YORALYS FERNANDEZ, adscritas al área de Microanálisis del CICPC, en la cual se deja constancia de las características de los segmentos de gasa impregnados y de las prendas de vestir colectadas, las cuales dejan constancia de ser de naturaleza hemática de especie humana y su grupo sanguineo.24.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 19 de agosto de 2016, suscrita por DETECTIVE AGREGADO LEIGER MARIN, DETECTIVES JESÚS CUMANA, HUMBOLDT ZABALA Y JUAN YÁNEZ, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, en la cual se deja constancia de haberse trasladado hacia el sector Brisas del Valle, municipio Díaz, con la finalidad de realizar pesquisas que permitan ubicar alguna persona que aporte información respecto al hecho investigado dejando constancia de haber ubicado a quien identificaron como ERWIN, igualmente con BELLORIN Y JOSE CEDEÑO.25.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016, rendida por ERWIN, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos.26.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016, rendida por BELLORIN, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos.27.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016, rendida por JOSE CEDEÑO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...Se presentó una persona de manera espontánea, quien dijo ser y llamarse como queda escrito: JOSE CEDEÑO (demás datos filiatorios a reserva del ministerio publico) quien libre de coacción y apremio manifestó sus deseos en rendir entrevista en relación al hecho que se investiga y en consecuencia expone: “hoy en la mañana yo estaba por mi casa y andaba una comisión de PTJ investigando sobre el caso donde mataron a las 5 personas de una familia, me preguntaron si yo sabía algo de eso a lo cual les dije que la noche del día martes 16-08-16 como a las 10:30 u 11.00 de la noche yo me estaba bañando en el patio de mi casa y escuche como 6 disparos que provenían más o menos de la zona donde esta ubicada la casa de esa familia que mataron, luego al otro día en la mañana fue que me entere de lo que había pasado y relacione que esos disparos tuvieron que haber sido con los que mataron a esa gente. Es todo.” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGAR AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conocía de vista, trato o comunicación a los hoy occisos? CONTESTÓ: “si esa gente eran buenas personas, vecinos del sector” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como se suscitaron los hechos donde perdieron la vida los hoy occisos? CONTESTO: “No se, todos están sorprendidos en el sector” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, como puede asegurar que las detonaciones que escucho eran disparos? CONTESTO: “porque yo soy nativo de un Campo del estado Sucre y mis tíos cazan con escopetas y esos tiros que yo escuche eran de escopeta”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que intervalo de tiempo pudo apreciar los referidos disparo? CONTESTO: “yo conté los 6 disparos en un intervalo de tiempo como de un minuto más o menos, no fueron tan seguidos, entre disparo y disparo hubo como 10 segundos más o menos” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si los hoy occisos tenía problemas en el sector? CONTESTO “no que yo sepa” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si alguna persona se percato de los hechos que narra? CONTESTO: “No se” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, a qué distancia aproximada queda su residencia de la vivienda donde ocurrieron los hechos? CONTESTO: “como a 300 mts” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, luego de percibir los referidos disparos observo a algún vehículo o persona desplazarse por el sector? CONTESTO: “No” NOVENA PREGUNTA:¿Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO: “No” TERMINÓ. SE LEYÓ Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN-...”28.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 22 de Agosto del 2016, rendida por ANIBAL GUTIERREZ, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“Resulta que la noche cuando mataron al señor KORAK y a su familia yo estaba en mi casa y como a eso de las 10:00 u 11:00 de la noche, yo estaba en el patio de mi casa y escuche como 5 detonaciones me imagine que eran disparos y me metí para mi casa, me acosté y como a eso de las 03:00 de la mañana me tocan la puerta y me levanto, me percato que era AMALUZ la hermana del señor KORAK, me dijo que la acompañara para la casa de su hermano porque la novia de su sobrino KORAK JUNIOR le estaba avisando que al parecer había pasado algo en la casa y estaba alguien muerto en la sala, me fui con AMALUZ y su esposo por el frente de la casa de KORAK cuando llegamos nos asomamos por la ventana y vemos que la casa esta toda oscura y con el televisor prendido, la puerta del fondo estaba abierta y nos dirigimos para la parte de atrás, cuando llegamos al patio observamos que todo estaba como desordenado, había una ponchera llena de sangre y cuando nos asomamos en la puerta veo que en la cocina están KORAK, JUNIOR y CRISANTO muertos todos llenos de sangre, y en el baño que esta frente a la cocina estaba SARISMAR y LESBIA también muertas, en eso nos asustamos AMALUZ comenzó a llamar a su familia, en eso nos percatamos que en uno de los cuartos estaba metida la novia de JUNIOR con la hija se SARISMAR, la sacamos de allí y yo me fui para mi casa todo asustado vomitando de los nervios. 29.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Agosto del 2016, suscrita por DETECTIVES JESUS ROMERO y DETECTIVE AGREGADO LEIGER MARIN, adscritos al CICPC, en la cual dejan constancia de haberse trasladado al depósito de cadáveres donde se entrevistaron con Maria Ali, quien labora como secretaria a quien le solicitaron información respecto a la ubicación de evidencia alguna en los cadáveres, manifestando que se localizaron tacos y perdigones, tacos de plasticos y dos proytectiles.30.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-252, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de LESBIA MAXIMINA GONZALEZ MARITNEZ.31.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-252, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIAZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de LESBIA MAXIMINA GONZALEZ MARITNEZ.32.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-253, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA ZARAK HERNANDEZ SILVA.33.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-253, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIEZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA ZARAK HERNANDEZ SILVA.34- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-254, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA JUNIOR HERNANDEZ SILVA.35.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-254, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIEZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de KORA JUNIOR HERNANDEZ SILVA.36.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-255, de fecha 17-08-2016practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de ALZOLAY HERNANDEZ SARISMAR DEL VALLE.37.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-255, de fecha 17-08-2016practicado por DALILA CRUZ DIAZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de ALZOLAY HERNANDEZ SARISMAR DEL VALLE.38.- LEVANTAMIENTO DEL CADAVER N° 356-1741-256, de fecha 17-08-2016, practicado por NEVIS TORCAT, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de CRISANTO JOSE HERNANDEZ GONZALEZ.39.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 356-1741-256, de fecha 17-08-2016, practicado por DALILA CRUZ DIEZ, funcionaria adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, Anatomopatólogo que realizó el mencionado protocolo al cadáver de CRISANTO JOSE HERNANDEZ GONZALEZ.40.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23/08/2016, suscrita por INPSECTOR AGREGADO OSKY MONCAYO, adscritos al CICPC, en la cual se deja constancia de haber recibido mediante correo electrónico el historio de reporte de llamadas de los teléfonos incautados en la presente causa.41.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por GRATEROL BRITO VICENTE EMILIO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...Bueno resulta que hace rato yo estaba en mi casa y llego una comisión de PTJ buscándome para hacerme preguntas en relación a un homicidio que ocurrió en las Guevaras el día 16-08-16 en la noche, donde mataron a 5 personas, a lo cual yo les dije que les iba a colaborar con todo lo que sabía pero que yo no tenia nada que ver con eso, a lo cual le conté lo siguiente: el dia que paso eso JHON estuvo en mi casa en la mañana con su esposa, un primito de el llamado LEYKER y la novia, me estaba diciendo que su hermano KORAK lo tenía arrecho porque hace tiempo le dio una madera para hacer unas urnas y no le había hecho nada, alli me dijo para ir en la noche a meterle un susto, al rato se fueron y en la tarde regreso JHON de nuevo en la camioneta con su esposa, nos fuimos los tres para Las Guevaras, dejamos a SOLANGEL en la casa de su mama y de alli nos fuimos para la casa de JHON, allí el me dejo solo y salió, al rato llego con LEYKER, estuvimos un rato allí, hicimos café y como a eso de las 11:00 de la noche mas o menos JHON me dice que prenda la camioneta que íbamos a salir, yo prendí la camioneta y me quede en el porche, en eso JHON y LEYKER agarran para el patio de la casa de KORAK y al ratico comienzo a escuchar una discusión alli, estuvieron rato discutiendo con esa gente de casa de KORAK cuando de repente escuche como 5 disparos de escopeta y veo que viene JHON y LEYKER corriendo cada uno con una escopeta en las manos, JHON me dice montante que nos vamos, nos montamos los tres en la camioneta y nos fuimos hacia una casa entre Los Bagres y Cotoperiz, alli se quedo LEYKER con las dos escopetas, luego de allí JHON me llevo para mi casa pero en la vía me iba diciendo que los habían matado a todos, no supe mas nada, hasta que amaneció que me entere que habían matado a KORAK, y a toda su familia.
42.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Agosto del 2016, suscrita por Detective Agregado Wismark Velásquez, adscrito al CICPC, en la cual deja constancia de la identificación del ciudadano VICENTE EMILIO GRATEROL BRITO, así como la ubicación de su vivienda donde se acordó orden de allanamiento y se lograron ubicar prendas de vestir de interés criminalístico y conchas de cartuchos.43.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Agosto del 2016, suscrita por Detective Khristian Ferrer, adscrito al CICPC, en la cual deja constancia de la ubicación del ciudadano VICENTE EMILIO GRATEROL BRITO, a los fines de ser entrevistado en la presente causa.44.- INSPECCION TECNICO-POLICIAL N° 246, de fecha 23-08-2016, suscrita por funcionarios adscritos al CICPC Porlamar, en la cual se deja constancia de haberse traslado hasta la calle Juan Ancio de La Asunción, describiendo las características de la vivienda y donde logran incautar prendas de vestir y conchas de cartucho.45.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por JHONY, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los hechos en su condición de testigo al allanamiento realizado.46.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por JOSE CAMPOS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los hechos en su condición de testigo al allanamiento realizado.47.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de Agosto del 2016, rendida por MAYRA GONZALEZ, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...Bueno resulta que el día de hoy en la tarde yo estaba en mi casa cuando de repente me avisan que mi pareja de nombre VICENTE GRATEROL estaba afuera en la calle y que la PTJ se lo había llevado pero no sé porque, por eso me fui para la PTJ y es que me dicen que estaban investigando un homicidio y mi pareja se había puesto agresivo por eso se lo llevaron, después al rato ya en la noche me llaman de la casa y me dicen que una comisión estaba allá e iban a allanar la casa, por eso me fui para allá y hable con los funcionarios ellos me explicaron lo que estaba pasando, buscaron dos testigos y se les permitió ingresar a la casa, comenzaron a revisar y en uno de los cuartos consiguieron una bolsa con varias conchas de escopeta, me preguntaron de quien era eso y yo les dije que de mi pareja VICENTE, después me preguntaron sobre la ropa que tenia puesta VICENTE la noche del día 16-08-16 lo cual yo les indique que era un blue jean, una franela azul y unas botas de gomas amarillas, les indique donde estaban y ellos colectaron la ropa, también en mi cuarto consiguieron en una cajita dos balas calibre 22 que yo les indique que eso tenía tiempo allí, luego que terminaron me trajeron para acá a declarar al igual que a los dos testigosSEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuando su concubino regreso a su residencia que actividad realizo? CONTESTO: “se quito la ropa, se baño y se acostó, yo le pregunte que habían hecho y me dijo que nada que no habían cazado que él se había quedado allí mismo en la Asunción casa de su tía” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, su concubino posee armas de fuego? CONTESTO: “el tenia una escopeta prestada pero la regreso hace como dos semanas”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, a quien le pertenecía la referida arma? CONTESTO: “el me dijo que era de un amigo de él que tenía una finca en Guárico y como se iba para su tierra se la entrego”
48.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 24-08-2016, suscrita por Detective Agregado Wismar Velasquez , adscrito al CICPC, en la cual se deja constancia de haber sostenido conversación con las ciudadanas SOLANGER ZABALETA Y GLORY ZABALETA, quienes manifestaron haber obviado información al momento de ser entrevistadas en días anteriores respecto al conocimiento de los hechos.49.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19 de Agosto del 2016, rendida por SOLANGEL MERCEDES ZABALETA ROMERO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia de los siguientes hechos:“...hoy en la mañana yo estaba en mi casa y llego una comisión de PTJ nuevamente haciendo investigaciones sobre el homicidio de mi cuñado KORAK y su familia, comenzaron a hacerme preguntas y yo sinceramente les dije que no aguantaba más la desesperación y los nervios desde que paso eso porque yo les había mentido el primer día que estuve declarando ya que yo sé desde un principio todo lo que paso, por eso decidí hablar y contarle lo siguiente: resulta que mi pareja JHON HERNANDEZ tenia un problema desde hace como dos meses con su hermano KORAK, porque como todos saben el hacia urnas y JHON las vendía, pero el problema se origino porque JHON compro una madera para que KORAK le hiciera unas urnas, cuyos materiales KORAK los utilizo y no le hizo nada, por eso JHON tenía ya varios días diciendo que le iba a dar un susto a su hermano para que le pagara, por eso el día 16-08-16 en la mañana fuimos al sector el Silguero de Porlamar a casa de un primo de JHON llamado RENE, allí recogimos al hijo de RENE un chamito de 17 años llamado LEYKER y a su novia, de allí nos fuimos JHON, LEYKER, la novia y yo hacia La Asunción a casa de un amigo de JHON llamado VICENTE, estando en casa de VICENTE yo me fui para el patio de la casa con la novia de LEYKER a tumbar mangos, allí JHON, VICENTE y LEYKER estaban reunidos en un lado del patio como hablando algo alli sospeche que algo estaban tramando, salimos de la casa de VICENTE como a las 12.00 del mediodía, fuimos de nuevo al Silguero dejamos a LEYKER y a la novia, de alli JHON y yo seguimos para nuestra casa en las Guevaras, cocinamos, cominos y nos acostamos un rato, como a eso de las 05:00 de la tarde JHON me dice para ir de nuevo a casa de VICENTE en la Asunción, cosa que me pareció extraño pero igual lo acompañe, llegamos a casa de VICENTE un poco después de las 05:00 de la tarde, alli JHON y VICENTE se pusieron a hablar a parte alejados de mi y de la esposa de VICENTE, en eso JHON fue para el carro y saco la colchoneta de una camilla que tenía en la parte de atrás del carro ya que nuestro vehículo es tipo ranchera y JHON la usa para sus trabajos de servicios fúnebres, dicha colchoneta la pasaron para dentro de la casa y a los pocos minutos la volvió a sacar y la metió nuevamente en la parte de atrás del carro, alli sospeche que algo habían escondido dentro de la colchoneta ya que la misma tiene un forro; salimos de casa de VICENTE como a las 06:30 de la tarde, en el carro íbamos VICENTE, JHON y yo, fuimos a las Guevaras y llegamos como a las 07.00 de la noche, allí JHON me dice que me quede en casa de mi mama quien vive en el mismo sector pero alejado de nuestra casa, yo lo note muy extraño y le pregunto que porque quería que me quedara casa de mi mama a lo cual me respondió que me quedara tranquila allí que iban a buscar a LEYKER y que el me pasaba buscando mas tarde, me quede allí preocupada y JHON se fue con VICENTE; me quede allí hasta las 02.00 de la mañana cuando JHON me paso buscando, estaba muy extraño ni hablo, me llevo para mi casa pero me dejo en plena Avenida Juan Bautista Arismendi y me dijo que cruzara la avenida para mi casa, yo le pregunte que pasaba y solo me dijo vete para la casa que yo me voy a cambiar la ropa, eso me pareció extraño me baje del carro cruce la avenida y el se fue en dirección hacia Porlamar, yo me quede en mi casa y a eso de las 03.00 de la mañana siento que me tocan la puerta y me percato que es AMALU la hermana de JHON le abri y la note muy desesperada y nerviosa diciéndome que la acompañara para casa de KORAK porque al parecer había pasado algo, nos fuimos acompañadas del esposo de AMALU y un vecino llamado LUIS, cuando llegamos al frente de la casa nos asomamos por la ventana y vemos el televisor prendido pero la casa muy oscura, nos dimos cuenta que la puerta del patio estaba abierta y nos dirigimos hacia alla, cuando AMALU entra salió toda nerviosa diciendo que todos estaban muertos, en eso me puse toda nerviosa comencé a llamar a JHON le conté lo que estaba pasando y me dijo que el no iba para alla a ver eso, a todas estas no se apersonó al lugar, después ya amaneciendo llego la ptj hicieron el levantamiento del cadáver duraron varias horas alli, comenzaron a interrogar a todos y trajeron a varias personas a declarar, me preguntaron por JHON, yo lo llame y me dijo que estaba desde la madrugada accidentado por la Bomba el encanto de Macho Muerto, fui con una comisión buscamos a JHON para tomarle entrevista y se trajeron el carro, cuando llegamos aquí yo estaba en la parte de afuera de esta oficina con JHON esperando nuestro turno para que nos tomaran entrevista JHON me dijo que declarara que el había estado en la casa y había salido como a las 10:30 a bachaquear, eso me pareció raro no entendí porque JHON estaba inventando eso, pero como es mi pareja eso fue lo que declare pero me quede con la duda y presentía que algo estaba pasando, luego al otro día mientras estábamos en el velorio JHON me llamo para el cuarto y nos encerramos los dos alli, comenzó a llorar y fue que me confesó que el en compañía de VICENTE y IDENTIDAD OMITIDA, habían ido para casa de KORAK a meterle un susto con una escopeta, se presento una pelea entre ellos y le dispararon a todos lo que estaban en la casa, desde ese día yo no he podido dormir con eso en la mente por eso es que el día de hoy decidí hablar para desahogarme.- 50.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de Agosto del 2016, rendida por GLORY CAROLINA ZABALETA ROMERO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Eje de Homicidios del estado Nueva Esparta, donde deja constancia del conocimiento que tiene de los hechos.
51.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24 de agosto del 2016, suscrita por Detective Agregado Wismark VELASQUEZ, en la cual se deja constancia de lo siguiente: “...Prosiguiendo con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de los hechos que se investigan en las actas procesales K-16-0380-00099 diligenciadas por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO), bajo la dirección de la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, y encontrándome en la sede de este despacho tuve conocimiento que funcionarios adscritos a este despacho practicaron la detención flagrante de los ciudadanos JOHN LUIS HERNANDEZ SILVA y IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Cosa Pública (RESISTENCIA A LA AUTORIDAD), por dicha aprehensión fueron puestos a la orden del Abg. Trino Salazar, Fiscal Décimo del ministerio Público, de igual manera pude constatar que los mismos se encuentran en las instalaciones de este despacho, y sus identificaciones plenas son las siguientes: JOHN LUIS HERNÁNDEZ SILVA, de nacionalidad Venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, de 29 años de edad, nacido en fecha 24-12-1977, estado civil Soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado en sector Las Guevaras, barrio Brisa del Valle, calle Mariño, casa sin número, con fachada de color gris y porcelanato, Municipio Díaz, estado Nueva Esparta, titular de la cédula de identidad número V-14.685.174 y IDENTIDAD OMITIDA, procediendo a abordar al segundo mencionado a quien inmediatamente se le solicitó que nos facilitara la indumentaria que portaba, con el objeto de someterla a experticias, accediendo el ciudadano a nuestro requerimiento, haciéndonos entrega de un (01) pantalón, tipo jean, color gris, sin marca ni talla visible y un (01) par de zapatos, marca Bigstar, talla 37, colores gris, rosado y blanco, a tal efecto familiares suyos de proporcionaron nueva vestimenta para sustituir esta, seguidamente se le informó a la superioridad, finalmente se dejó plasmado en acta de investigación penal la diligencia realizada. Consigno con la presente acta de aprehensión de los ciudadanos in comento. 52.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 24/08/2016, suscrita por Detective Jhonathan Jaimes, adscrito al CICPC, en la cual se deja constancia de la aprehensión de los ciudadanos por RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.53.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de de fecha 24-08-2016, suscrita por el funcionario Detective Agregado MANUEL NAVA, en la cual se deja constancia que se trasladó en compañía de los funcionarios Comisario General José Luis Ydrogo, Comisario Jefe Douglas Guzmán, Comisario Ruffel Meza, Detectives Arturo Vargas y Jesús Cumana, hacia una vivienda sin número, cuya fachada se encuentra revestida en pintura color rosado, diagonal al colegio Ovidio Valerio Vásquez, final de la calle principal del sector Los Bagres, municipio Díaz, de este estado, con el objeto de darle cumplimiento a la orden de visita domiciliaria acordada por la Juez de Control vía de Excepción solicitada por el Fiscal Segundo, ya ubicados en la dirección se hicieron acompañar por los ciudadanos GELVIS y CRICELIS quienes sirvieron como testigos y donde dejan constancia de lo siguiente:“...Prosiguiendo con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de los hechos que se investigan en las actas procesales K-16-0380-00099 diligenciadas por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO), bajo la dirección de la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ante la necesidad de asegurar los objetos activos y pasivos relacionados con el hecho, se le efectuó llamada telefónica al Abg. Obel Moreno, Fiscal Segundo del Ministerio Público, con la finalidad de coordinar de conformidad con lo que establece el segundo aparte del artículo 196 del Código Orgánico Procesal Penal orden de allanamiento vía excepción para una vivienda sin número, cuya fachada se encuentra revestida en pintura color rosado, diagonal al colegio Ovidio Valerio Vásquez, final de la calle principal del sector Los Bagres, municipio Díaz, de este estado, lugar de residencia del ciudadano IDENTIDAD OMITIDAquien figura como investigado en la presente causa, quien luego de exponerle los elementos existentes en las actas procesales, indicó que se comunicaría con el tribunal de control de guardia a los fines de tramitar dicha orden, a los pocos minutos el representante de la vindicta pública nos informa que el tribunal de primera instancia en funciones de control número 4, a cargo de la Dra. Margarita López, autorizó visita domiciliaria para el inmueble señalado, en virtud de lo cual me trasladé en compañía de los funcionarios Comisario General José Luis Ydrogo, Comisario Jefe Douglas Guzmán, Comisario Ruffel Meza, Detectives Arturo Vargas y Jesús Cumana, a bordo de las unidades P-996 y P-2453, hacia la dirección en cuestión, con el objeto de darle cumplimiento a dicha orden de visita domiciliaria, ya ubicados en la dirección nos hicimos acompañar por los ciudadanos GELVIS y CRICELIS, de quienes se reservan demás datos filiatorios para uso exclusivo del Ministerio Público, de conformidad con lo que establece el artículo 23-1 de la Ley de Protección a Testigos, Victimas y demás Sujetos Procesales, quienes fungirán como testigos y que dieran fe de la actuación policial, luego de tocar la puerta principal del inmueble fuimos atendidos por el ciudadano JESUS ANIBAL SILVA, de nacionalidad venezolana, de 31 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, titular de la cedula de identidad número V-18.112.828, quien luego de exponerle el motivo de nuestra presencia nos permitió el acceso al inmueble, constatando que se trata de una vivienda unifamiliar, localizada en la dirección antes señalada y cuya fachada se encuentra revestida de pintura color rosado; en presencia de los testigos se revisaron todos los ambientes que la conforman, logrando localizar en el patio trasero de la vivienda, específicamente entre un matorral, dos armas de fuego, descritas de la siguiente manera: 1) tipo ESCOPETA, marca AMADEO ROSSI, sin modelo visible, calibre 12, serial 4332, provista en su recamara de un cartucho sin percutir, marca Armusa, color rojo, calibre 12, y 2) tipo ESCOPETA, marca MOSSBERG, calibre 12, color negro, con empuñadura elaborado en material sintético color negro, serial K993273, provista de cinco cartuchos sin percutir, del mismo calibre, discriminados de la siguiente manera: Dos (02) marca Fiocchi Italy color naranja, Uno (01) marca Armusa, color blanco, Uno (01) marca Clever Mirage, color blanco, y Uno (01) marca 12, color blanco, dichas evidencias fueron colectadas por el funcionario Detective Jesús Cumana, durante inspección técnica realizada de conformidad con lo que establece el artículo 186 del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello con el objeto que sean sometidas a experticias, culminadas las diligencias de interés para la investigación nos retiramos del lugar, en compañía de los ciudadanos JESUS ANIBAL SILVA, GELVIS y CRICELIS, hasta la sede de esta oficina con el objeto de recibirles entrevistas en relación al caso, finalmente se dejó plasmado en acta de investigación penal la diligencia realizada. Es todo”. Terminó, se leyó y conforme firman.54.- INSPECCIÓN TECNICO-POLICIAL Nº 247 de fecha 24 de agosto de 2016, suscrita por l los Funcionarios, ARTURO VARGAS (DETECTIVE), MANUELA NAVA (DETECTIVE AGREGADO) y JESÚS CUMANA (DETECTIVE), adscritos a la División de Investigaciones Contra Homicidios practicada en Terreno Boscoso, ubicado en la parte posterior de una vivienda sin número, de color rosada, situada en la calle principal, del sector Los Bagres, específicamente adyacente a la Unidad Educativa Ovidio Valerio Vásquez, Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta en la cual se deja constancia de lo siguiente: “...Se trata de un sitio abierto, correspondiente a la dirección antes mencionada, de iluminación natural y clima cálido para el momento de practicar la Inspección Técnica, dicho lugar resulto ser un terreno boscoso, se detallan vegetación xerófila, donde se observa, tomando como punto de referencia la pared posterior de la mencionada vivienda, en sentido Suroeste, a una distancia de siete metros (7mts), en el interior de una maleza una bolsa, elaborada en material sintético, de color negra, la cual al ser verificada se observó una sábana de cuadros, elaborada en material textil, de colores beige, azul y rojo, la cual al ser revisada, se observó un arma de fuego, tipo escopeta, de color negra y marrón, la cual al ser levantada de su lugar de origen se visualizó las siguientes características: marca AMADEO ROSSI, serial 4332, dicha arma al ser verificada se observó en su recamara un cartucho sin percutir, de color rojo, el cual se logra ver en su culote las inscripciones ARMUSA 12, las evidencias en cuestión fueron fijadas fotográficamente y colectadas como elementos de interés criminalístico, seguidamente tomando como punto de referencia el arma de fuego antes descrita, se visualiza dentro de la maleza en sentido Norte, a una distancia de un metro con sesenta centímetros (1mts 60cm), una bolsa elaborada en material sintética, de color negra, la cual a verificada se observó un arma de fuego, tipo escopeta, de color negro y marrón, la cual al ser levantada de su lugar de origen se le observaron las siguientes características: marca Mossberg, serial K993273, calibre 12, la misma al ser verificada se observó en su recamara cinco cartuchos sin percutir, dos de ellos color naranja, los cuales se logran leer en su culote las inscripciones FIOCCHI ITALY, tres de ellos de color blanco, de los cuales uno se lee en su culote las inscripciones de CLEVER MIRAGE, el otro se visualiza en su culote las inscripciones ARMUSA y el otro se observa en su culote las inscripciones 12, todos calibre 12, las evidencias antes mencionadas fueron fijadas fotográficamente y colectadas como elementos de interés criminalistico, continuamente realizamos una minuciosa búsqueda en los alrededores a fin de ubicar alguna otra evidencia que guarden relación con los hechos, siendo infructuosa tal labor. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto. Termino, se leyó y estando conformes firman...55.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por CRICELIS, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 56.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por ANNY, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó lo siguiente: “...En esta misma fecha, encontrándome en la sede de este Despacho, se presentó previo traslado de comisión; una persona que dijo ser y llamarse como queda escrito: ANNY, (Demás datos se reservan para uso exclusivo del Fiscal del Ministerio Publico del Estado Nueva Esparta, de conformidad con lo establecido en los artículos 3°,4°, 7°, 9° y 21°, numeral 9, de la Ley de Protección a la Victima, Testigo y Demás Sujetos Procesales); con la finalidad de rendir entrevista; relacionada con las Actas Procesales signadas con el número K-16-0380-00099, por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas, quien en conocimiento del motivo de su comparecencia manifestó no tener impedimento alguno en ser entrevistado en torno al presente caso y en consecuencia expone: “El día de hoy 24 de agosto de este año en horas de la tarde, yo me encontraba en mi casa en el sector los bagres frente a la escuela , Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta, cuando de pronto llegaron unos funcionarios de la PTJ en compañía de dos personas , luego de identificarse como funcionarios me pidieron de manera amable que tenían una orden de allanamiento y necesitaban revisar mi casa porque allí estaban unos objetos que guardaban relación con un expediente, y yo les dije que no había ningún problema y los deje pasar de repente me preguntan por dos escopeta que encontraron dentro de la casa y yo les dije que esas armas no eran mías que eran de un hijastro y un amigo que conozco como Jhon llegaron hace como una semana a mi casa en un carro tipo ranchera de color azul y se bajaron pidiéndome el favor que se las guardara y yo se las guarde sin tener conocimiento de dónde venían , por lo que los funcionarios me pidieron que los acompañaran a su despacho a fin de que rindiera una entrevista en relación a lo sucedido. -57.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por GERVIS, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 58.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24 de agosto de 2016, suscrita por Detective Agregado MANUEL NAVA, adscritos a la División de Homicidios Nueva Esparta, en la cual se deja constancia de haberse trasladado hacia el sector Brisas del Valle, municipio Díaz, con la finalidad de realizar pesquisas que permitan ubicar evidencia en la residencia del ciudadano Jhon Hernández y donde se practicó allanamiento acordado por el tribunal.59.- INSPECCIÓN TECNICO-POLICIAL CON FIJACION FOTOGRAFICA Nº 248 de fecha 24 de agosto de 2016, suscrita por los Funcionarios, ARTURO VARGAS (DETECTIVE, MANUEL NAVAS (DETECTIVE AGREGADO) y JESÚS CUMANA (DETECTIVE), Adscritos a la División de investigación de Homicidios practicada en: Casa sin número, ubicada en la calle Mariño, sector Brisas del Valle, Las Guevara Sur, Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta, en la cual se deja constancia de lo siguiente: “Trátese de un sitio del suceso cerrado, correspondiente a una vivienda unifamiliar, ubicada en la dirección antes descrita y presentando las siguientes características:“ Un porche construido de paredes de bloques de concreto, frisados de color gris y cerámica de color beige, dos ventanas elaboradas en material de metal revestido con pintura de color blanco y vidrios transparente, techo elaborado en material de tabelones y concreto comúnmente conocido como platabanda, piso de cerámica de color beige, como medio de acceso al interior, en sentido norte, correspondiente a una puerta elaborada en material de metal, revestida de una pintura de color blanco, con vidrios transparente, en forma de cuadros, tipo batiente al interior, con cerradura fija en la parte central, sin signos de violencia, una vez en el interior de la prenombrada morada se observa en sentido norte, una sala de estar, la cual posee paredes elaboradas de bloques de concreto, revestida en pintura de color verde y cerámica de color gris, techo elaborado en material de metal comúnmente llamado aceroli, piso de cerámica de color beige, visualizándose objetos varios, sin signos de violencia, continuando con la inspección se visualiza en sentido Este, una (01) puerta, elaborada en material de madera, de color blanco y marco elaborado en material de madera, provista de una cerradura metálica, en forma de pomo, la cual se observa sin signos de violencia, correspondiente a un dormitorio, una vez dentro del mismo se visualiza paredes de bloques de concreto, frisados y revestidos con pintura de color rosado, techo rasó, piso de cerámica de color beige, asimismo se observa una cama, elaborada en material de madera, con su respectivo colchón, sobre la misma se visualiza las siguientes vestimentas: Un (01) short deportivo, sin marca ni talla aparente, de color negro y un par de zapatos casuales, de color marrón, marca Dockers, sin talla aparente, las cuales fueron fijadas, colectadas y embaladas como evidencias de interés criminalístico, continuando con la inspección, se procedió a realizar un rastreo minucioso a los alrededores de la vivienda en búsqueda de alguna evidencia, siendo infructuosa tal labor, Es todo cuando tenemos que informar al respecto. Se terminó, se leyó y conformes firman.-60.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por JOHAN, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 61.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de agosto del 2016, rendida por JOSE, ante el Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se manifestó el conocimiento que tiene de los hechos: 62. RECONOCIMIENTO LEGAL Y EXPERTICIA FISICA (BARRIDO EN BUSCA DE APENDICES PILOSOS) N° 3700-073-DC-011-AFC-011, de fecha 24-08-2016, suscrita por Detective MORENO NAYIB, adscrito al área física comparativa, en la cual se deja constancia de NO haber logrado colectar apéndice piloso.63.- RECONOCIMIENTO LEGAL Y EXPERTICIA FISICA (BARRIDO EN BUSCA DE APENDICES PILOSOS) N° 3700-073-DC-011-AFC-012, de fecha 24-08-2016, suscrita por Detective MORENO NAYIB, adscrito al área física comparativa, en la cual se deja constancia de haber logrado colectar apéndice piloso en la camioneta recolectada.64.- EXPERTICIA TRICOLÓGICA N° 9700-073-DC-012-AFC-012, de fecha 24-08-2016, suscrita por DETECTIVES MORENO NAYIB, adscrito al área física comparativa, practicado a los apéndices pilosos en el cual se deja constancia de las características de los mismos.65.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 929-B-398-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por DETECTIVES ESTHER J RODRIGUEZ, adscrito al CICPC área Balística, practicado a cinco tacos y los demás elementos incautados en la presente causa, 65.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 929-B-401-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por DETECTIVES DANIEL BERNAL Y DIEGO SEGURA, adscrito al CICPC área Balística, practicado a cinco tacos y los demás elementos incautados en la presente causa, 66.- RECONOCIMIENTO TECNICO N° 929-B-402-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por COMISARIO JEFE YADIRA MARTINEZ, Y DETECTIVE DANIEL BERNAL, adscrito al CICPC área Balística, practicado a cinco tacos y los demás elementos incautados en la presente causa.RECONOCIMIENTO TECNICO N° 523-16 de fecha 24-08-2016, suscrito por ANTHONY RAMIREZ, adscrito al CICPC, practicado al automóvil vinculado a la presente causa 67.- .COTEJO FISICO GRAFICO N° 9700-103-AT-121 de fecha 25/08/2016, Inspector Jefe José Rojas, adscrito al CICPC, realizada entre las impresiones dactilares tomadas mediante reseñas de los denunciados en la cual se concluye SE PUDO VISUALIZAR Y ESTABLECER LAS COINCIDENCIAS Y CORRESPONDIENCAS EXISTENTES CON LA IMPESION DACTILAR DEL DEDO INDICE DEL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, CON UNO DE LOS RASTROS DACTILARES OBTENIDAS MEDIANTE ACTIVACIÓN ESPECIAL EN LA VIVIENDA.68.- ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-230 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada.ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-232 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada.71.- ANALISIS HEMATOLOGICO Y QUIMICO N° 9700-073-m-226, de fecha 24-08-2016, practicada por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada en la cual resultó positivo a Iones Nitratos y Nitritos componentes característicos de la pólvora.72.- ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-228 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada.73.- ANALISIS HEMATOLOGICO Y QUIMICO N° 9700-073-m-227, de fecha 24-08-2016, practicada por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la prenda de vestir incautada en la cual resultó positivo a Iones Nitratos y Nitritos componentes característicos de la pólvora.74.- ANALISIS HEMATOLOGICO Y QUIMICO N° 9700-073-m-229, de fecha 24-08-2016, practicada por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la camioneta incautada en la cual resultó positivo a Iones Nitratos y Nitritos componentes característicos de la pólvora.75.- ENSAYO LUMINOL N° 9700-073-M-231 de fecha 24-08-2015, suscrita por YORALYS FERNANDEZ, adscrita al CICPC, practicada a la camioneta.76.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 25-08-2016, suscrita por Wismark Velásquez, adscrito al CICPC, en la cual se deja constancia de la aprehensión del adolescente. Visto todo lo anterior, es por lo que la Representante Fiscal una vez notificada del resultado de las experticias, procedió a solicitar la Orden de Captura Por Vía de Excepción, vía telefónica por extrema necesidad y urgencia siendo las 10:00 horas de la mañana del día jueves 25 de agosto de 2016, la cual fue acordada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, toda vez que estos hechos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos los artículos 265 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, así como 551 al 554 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual instruye el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística Sub Delegación Punta de Piedra, de las actuaciones policiales se evidencian suficientes elementos de convicción para estimar que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, sea autor o participe en la presunta comisión de los delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACIÓN Y ALEVOSIA POR MOTIVO FÚTIL EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el articulo 406 ordinal 2° del Código Penal, ASOCIACION PARA DELINQUIR , previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada y Financiamiento Al Terrorismo, POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 111 de la Ley Para El Desarme Y Control De Armas Y Municiones, en agravio de los ciudadanos CRISANTO JOSE HERNANDEZ SILVA, KORAK ZARAK HERNANDEZ SILVA, KORAK JUNIOR HERNANDEZ GONZALEZ, SARISMAR DEL VALLE ALZOLAY HERNANDEZ, LESBIA MAXIMA GONZALEZ MARTINEZ y sancionados en el artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes.
Para asegurar las demás fases del proceso este Tribunal declara con lugar lo requerido por el Ministerio Publico, por lo que en consecuencia se acuerda la PRISION PREVENTIVA conforme a lo previsto en el artículos 559 y 581 de La Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y adolescente, para asegurar las demás fases del proceso y concatenado con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al peligro de fuga de acuerdo a lo establecido en el articulo 237 numerales 3 y 4, Ejusdem, como también lo establecido en el articulo 239 Ibidem, como lo es el peligro de obstaculización en la búsqueda de la verdad, de conformidad con lo establecido en los artículos 237, numerales 3 y 4 Ibidem, ya que el delito a ser imputado se encuentra entre los previstos en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes como merecedor de Medida de Privación de Libertad como sanción, tal como lo solicitó la Fiscal del Ministerio Público en este acto y se declara sin lugar lo solicitado por la defensa.
En cuanto al Procedimiento que debe conllevarse por el procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 551 al 556 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, aun cuando no es un delito de los consagrado en el parágrafo segundo del articulo 628 de la ley que rige la materia, por cuanto se requieren realizar mas diligencias de investigación, en aras de la búsqueda de la verdad, tal como lo indico el Ministerio Publico.
En relación a lo solicitado, por la defensa se ordena la practica de evaluaciones psico-sociales ante el Equipo Multidisciplinario de los Servicios Auxiliares de este Sistema, el día jueves, 30-08-2016 a las 09:30 a.m.

Finalmente Se acuerdan las copias solicitadas por las partes

Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos : PRIMERO: Se estima procedente decretar que se continúe la investigación por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, tal como lo solicitó la Fiscal del Ministerio Público en este acto y el defensor publico. SEGUNDO: El Tribunal acoge la precalificación de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACIÓN Y ALEVOSIA POR MOTIVO FÚTIL EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el articulo 406 ordinal 2° del Código Penal, ASOCIACION PARA DELINQUIR , previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada Y Financiamiento Al Terrorismo, POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 111 de la Ley Para El Desarme Y Control De Armas Y Municiones, en agravio de los ciudadanos CRISANTO JOSE HERNANDEZ SILVA, KORAK ZARAK HERNANDEZ SILVA, KORAK JUNIOR HERNANDEZ GONZALEZ, SARISMAR DEL VALLE ALZOLAY HERNANDEZ, LESBIA MAXIMA GONZALEZ MARTINEZ, en virtud del compendio probatorio descrito anteriormente. TERCERO: En relación a la solicitud de medida cautelar solicitada por la defensa publica de autos se declara sin lugar y se acuerda la PRISION PREVENTIVA contenida en el artículo 581 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes conforme a lo solicitado por el Ministerio Publico, en contra de los adolescente IDENTIDAD OMITIDAsiendo el sitio de reclusión el CENTRO DE INTERNAMIENTO PARA VARONES LOS COCOS. CUARTO: Se ordena agregar actuaciones relativas al asunto Nº OP04-D-2016-000306, consistente en la orden de aprehensión dictada contra el imputado y sus respectivos elementos, QUINTO: Se ordena dejar sin efecto la orden de aprehensión dictada por este despacho en fecha 22 de enero 2016 en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA. SEXTO: Se ordena la practica de las evaluaciones psico- sociales al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, para el día MARTES (30) DE AGOSTO DE 2016, A LAS (9:30AM). QUINTO: Se acuerda las copias solicitadas. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 02

DRA. PETRA MARCANO DE CERRADA.
LA SECRETARIA

ABG. KARINA ROJAS
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA

ABG. KARINA ROJAS