REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
San Juan Bautista, 8 de agosto de 2016
206° Y 157°
ASUNTO: N-1180-16
PARTE RECURRENTE: LUIS ANDRES RODRIGUEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.381.476, domiciliada en la ciudad de Porlamar Municipio Mariño del estado Nueva Esparta.
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE RECURRENTE: EDUARDO ALFREDO LEON SUAREZ y LUIS GERARDO CEDEÑO SOJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nros. 14.840.089 y 12.929.661, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 96.722 y 94.203.
PARTE RECURRIDA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
MOTIVO: RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD.
I
ANTECEDENTES
Se inicio el presente procedimiento en fecha 14 de julio de 2016, mediante demanda interpuesta por el ciudadano LUIS ANDRES RODRIGUEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.381.476, debidamente asistido por los abogados EDUARDO ALFREDO LEON SUAREZ y LUIS GERARDO CEDEÑO SOJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nros. 14.840.089 y 12.929.661, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 96.722 y 94.203, Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, contra el acto administrativo de fecha 5 de marzo de 2012, contentivo del documento de venta registrada bajo el numero 2012.139, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el numero 393.15.1.1.2599, correspondiente al libro de folio real del año 2012, mediante el cual la Alcaldía del Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta, le dio en venta al ciudadano ASCARMALUG AUGUSTO GONZALEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-13.669.816, un terreno de su propiedad y no ejido municipal.
En fecha 15 de julio de 2016, este Juzgado Superior le da entrada a la presente causa, asignándosele el Nº N-1180-16.
En fecha 19 de julio de 2016, se admite la presente causa de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y 76 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y se ordena la citación mediante oficios al Alcalde, Sindico Procurador Municipal y Presidente del Concejo Municipal, respectivamente, igualmente, a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Registrador Inmobiliario de los Municipios Arismendi y Antolin del Campo del estado Nueva Esparta, y al ciudadano ASCARMALUG AUGUSTO GONZALEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-13.669.816.
En fecha 25 de julio de 2016, comparece por ante este Juzgado Superior el ciudadano LUIS ANDRES RODRIGUEZ CAMPOS, debidamente asistido por el abogado LUIS GERARDO CEDEÑO SOJO, ambos antes identificados, y consigna mediante diligencia los fotostatos necesarios para la elaboración de las compulsas libradas en el auto de admisión de fecha 19 de julio de 2016.
En fecha 29 de julio de 2016, el ciudadano Gustavo Serra, en su condición del Alguacil de este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de este estado, consigna en cinco (5) folios útiles copia de los oficios Nos. O/216-16, O/217-16, O/218-16, O/219-16 y O/220-16, de fecha 19 de julio de 2016, dirigidos al Alcalde, Sindico Procurador Municipal y Presidente del Concejo Municipal, a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Registrador Inmobiliario de los Municipios Arismendi y Antolin del Campo del estado Nueva Esparta y boleta de notificación dirigida al ciudadano ASCARMALUG AUGUSTO GONZALEZ RODRÍGUEZ.
En fecha 1 de agosto de 2016, encontrándose notificadas las partes involucradas en el presente procedimiento, el Tribunal libra el Cartel de Emplazamiento a los terceros interesados de conformidad al artículo 80 de la ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ordenado en el auto de admisión de fecha 19 de julio de 2016.
II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Ahora bien, quien aquí decide observa que en fecha 1 de agosto de 2016, este Juzgado Superior libro el cartel de emplazamiento dirigido a los terceros interesados, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión dictado en la presente causa en fecha 19 de julio de 2016, igualmente se observa que hasta la presente fecha 8 de agosto de 2016, la parte recurrente no ha retirado el referido cartel, habiendo transcurrido el lapso de tres (3) días de despacho, exclusive.
Ahora bien, este Juzgado Superior observa que el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa establece lo siguiente:
“Artículo 81.- El demandante deberá retirar el cartel de emplazamiento dentro de los tres días de despacho siguientes a su emisión, lo publicara y consignara la publicación, dentro de los ocho días de despacho siguientes a su retiro.
El incumplimiento de las cargas antes previstas, dará lugar a que el tribunal declare el desistimiento del recurso y ordene el archivo del expediente, salvo que dentro del lapso indicado algún interesado se diera por notificado y consignara su publicación. (Resaltado de este Tribunal)”
De la norma antes transcrita, resulta forzoso para este Juzgado Superior Estadal, declarar el desistimiento del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano LUIS ANDRES RODRIGUEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.381.476, debidamente asistido por los abogados EDUARDO ALFREDO LEON SUAREZ y LUIS GERARDO CEDEÑO SOJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nros. 14.840.089 y 12.929.661, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 96.722 y 94.203, contra el acto administrativo de fecha 5 de marzo de 2012, contentivo del documento de venta registrada bajo el numero 2012.139, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el numero 393.15.1.1.2599, correspondiente al libro de folio real del año 2012, mediante el cual la Alcaldía del Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta, le dio en venta al ciudadano ASCARMALUG AUGUSTO GONZALEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-13.669.816, un terreno de su propiedad y no ejido municipal.
III
DECISIÓN
Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Declara el DESISTIMIENTO del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano LUIS ANDRES RODRIGUEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.381.476, debidamente asistido por los abogados EDUARDO ALFREDO LEON SUAREZ y LUIS GERARDO CEDEÑO SOJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nros. 14.840.089 y 12.929.661, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 96.722 y 94.203, contra el acto administrativo de fecha 5 de marzo de 2012, contentivo del documento de venta registrada bajo el numero 2012.139, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el numero 393.15.1.1.2599, correspondiente al libro de folio real del año 2012, mediante el cual la Alcaldía del Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta, le dio en venta al ciudadano ASCARMALUG AUGUSTO GONZALEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-13.669.816, un terreno de su propiedad y no ejido municipal.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, En San Juan Bautista, a los ocho (8) días del mes de agosto de 2016, Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
El Juez,
Abg. HERMES BARRIOS FRONTADO
La Secretaria,
Abg. JULIETA SALAZAR BRITO
Exp. N° N-1180-16
HBF/ cesar.
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