REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción, siete (07) de abril de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º

ASUNTO: OP02-L-2015-000251

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 30 de marzo de 2016, y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda por la Abogada DELVALLE DAMELIS JIMÉNEZ DE MALDONADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.510, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada; en consecuencia, se ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2015-000251, constante de doscientos nueve (209) folios útiles, al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZA,


DRA. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.-



LA SECRETARIA



GMC/af.-