REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 13 de abril de 2016.-
205º y 157º


Vista la diligencia suscrita en fecha 11 de abril de 2016, por el abogado MANUEL A. OROZCO, venezolano, mayor de edad, inscrito con Inpreabogado Nº 221.426, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada en el expediente N° 25.120, contentivo del juicio que por NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA, interpuesta por el ciudadano CONCEPCIÒN LÒPEZ ROJAS y OTROS contra la Sociedad Mercantil EMPRESAS AGAPE, C. A y María E. Roldan, mediante la cual solicita a este juzgado oficie a la Superintendencia de servicios de Certificación Electrónica (Suscerte), a los fines, de que realice una experticia forense a los correos electrónicos y conversaciones de fecebook, este Tribunal niega la experticia solicitada, por cuanto la presente causa, se encuentra en la etapa de evacuación. Así se establece. Asimismo, se insta al mencionado apoderado, a consignar las copias simples, a los fines, de agregarlas en el presente expediente, y resguardar las originales en la caja de seguridad de este Juzgado. Conste.-