REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veintitrés de octubre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: OP02-L-2015-000148
Visto que concluida la prolongación de la audiencia preliminar en fecha 15-10-2015, y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda por la representación Judicial de la parte demandada Empresa SALÓN DE BELLEZA MILAN ALTA PELUQUERIA UNISEX, C.A.; en consecuencia, se ordena remitir el expediente signado bajo el Nº OP02-L-2015-000148, al Tribunal de Juicio competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese Oficio. Cúmplase.-
El Juez
Dr. Fidel Hernández
La Secretaria
Abg.
FH/jrm.-