I.- IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
PARTE SOLICITANTE: Ciudadano ARMANDO RAHI SALEH, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 6.014.362, actuando en su carácter de Administrador del CONDOMINIO EDIFICIO TORRE PLAZA.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE SOLICITANTE: Ciudadanos MARÍA LUISA FINOL S. y JOSÉ PAULINO SORIA O., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-7.833.490 y V-8.496.946, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 40.919 y 180.475.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA)
EXPEDIENTE: 13-1801.-
II.- BREVE RESEÑA DE LAS ACTAS DEL PROCESO:
II.I.- CUADERNO PRINCIPAL:
En fecha 26 de julio de 2013, los ciudadanos MARÍA LUISA FINOL S. y JOSÉ PAULINO SORIA O, arriba identificados, presentaron por ante el Tribunal Distribuidor, Demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), correspondiéndole por sorteo a este Tribunal.
En fecha 02 de agosto de 2013, se le dio entrada a la presente solicitud y se forma el expediente respectivo, signándosele el Nro 13-1801; en fecha 05 de agosto de 2013, la parte actora consigno los recaudos en los cuales sustenta la presente demanda.
En fecha 30 de octubre de 2014, se admitió la demanda y en esa misma fecha, y se ordeno su tramitación por conforme los artículos 630 y 881 del Código de Procedimiento Civil, se emplazo a la parte demandada para que compareciese por ante este Tribunal dentro al segundo (2do) día de Despacho siguientes a que constase en autos su citación, a los fines de dar contestación a la demanda incoada en su contra.
En fecha 26 de septiembre de 2013, el ciudadano alguacil de este Despacho deja constancia de haber recibido los medios necesarios para realizar la citación ordenada.
En fecha 14 de octubre de 2013, el ciudadano alguacil de este Despacho deja constancia de consignar boleta de citación sin firmar a nombre de la parte demandada.
En fecha 11 de noviembre de 2013, la Apoderada Judicial de la parte actora solicitó la citación por carteles a la parte demandada; el Tribunal en fecha 22 de noviembre de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó la citación mediante Carteles a la parte demandada.
En fecha 24 de febrero de 2014, la Apoderada Judicial de la parte actora, retiró cartel de citación a los fines de su publicación y en fecha 25 de febrero de 2014, la ciudadana Jueza Temporal se aboco al conocimiento de la presente causa y en consecuencia se ordeno la Notificación de la parte actora, conforme al artículo 233 del Código de Procedimiento Civil; asimismo en fecha 18 de marzo de 2014, el alguacil de este Tribunal consigno Boleta de Notificación Firmada.
En fecha 24 de marzo de 2014, la parte actora consigno carteles de citación publicados en los Diarios ordenados por este Tribunal; asimismo en fecha 19 de septiembre de 2014, la Secretaria de este Tribunal, dejó constancia de consignar cartel de Citación en la morada del demandado.
En fecha 04 de noviembre de 2014, la Apoderada Judicial de la parte actora mediante diligencia solicito al Tribunal designara Defensor Judicial a la parte demandada; en fecha 10 de noviembre de 2014, este Tribunal Designo Defensor Judicial a la parte demandada, se ordeno la Notificación del Defensor Judicial, se libro Boleta de Notificación.
En fecha 03 de noviembre de 2015, compareció la Apoderada Judicial de la parte actora, y mediante diligencia desistió del presente procedimiento, asimismo solicito la homologación del Desistimiento.
II.I.- CUADERNO PRINCIPAL:
En fecha 06 de agosto de 2013, se aperturó Cuaderno Separado a fin de tramitar en el mismo todo lo inherente a la Medida de Embargo Ejecutivo solicitada, en fecha 07 de agosto de 2013 Decreto conforme a lo establecido en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal en su último aparte, Medida de Embargo Ejecutivo sobre el bien inmueble propiedad de la parte demandada.
En fecha 07 de agosto de 2013, se libro comisión dirigida al Tribunal Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva esparta, para que practique la medida decretada, se libro despacho y oficio.
En fecha 20 de diciembre de 2013, este Tribunal ordeno agregar a los autos Comisión procedente del Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, devuelta por falta de impulso procesal.
III.- DISPOSITIVA
Visto el Desistimiento realizado por la Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadana MARÍA LUISA FINOL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-7.833.490, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 40.919, en el presente Juicio y por cuanto la mismo no es contrario a Derecho, a las Buenas Costumbres o alguna Disposición expresa en la Ley, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Le imparte la HOMOLOGACIÓN del desistimiento presentado por la ciudadana MARÍA LUISA FINOL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-7.833.490, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 40.919, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, conforme a lo dispuesto en los artículos 263, 264 del Código de Procedimiento Civil. Y ASI SE DECIDE.-
SEGUNDO: Se deja sin efecto la Medida de Embargo Ejecutivo Decretada por este Tribunal en fecha 07 de Agosto de 2013, sobre el bien inmueble señalado por la parte actora, propiedad de la ciudadana MARIA CAROLINA BALI BENDEK, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-14.405.693.
Publíquese, Regístrese y Cópiese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a los cuatro (04) días del mes de noviembre del año 2015. Años 205° y 156°.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. IXORA LOURDES DÍAZ.
LA SECRETARIA,
ABG. YUDITH MERCADO.
Nota: En esta misma fecha se cumplió lo ordenado anteriormente, consta,
LA SECRETARIA
ILD/YM/mm-
Solicitud Nro 13-1801.-
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