REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
La Asunción, Treinta (30) de Noviembre de 2015
Años 205º y 156º

En el día de hoy, Treinta (30) de Noviembre de Dos Mil Quince (2015), siendo las Nueve de la mañana (9:00 am.), se trasladó y constituyó éste Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, presidido por el Abogado JORGE HUERTA POLIDOR, Juez Agrario en compañía del Secretario Accidental Abogado WILDEL GIOVAN MARCANO GONZÁLEZ, la Asistente de Tribunal ELIZABETH LUNA y el ciudadano LUÍS CEDEÑO, Alguacil de éste Juzgado Agrario, sobre el lote de terreno (conuco), ubicado en el Sector El Cardòn, Municipio Antolin del Campo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, con el fin de practicar la Inspección Judicial ordenada por este Tribunal Agrario, mediante auto de fecha 17 de Noviembre de 2015, cursante a los folios 90 al 93 de la presente, de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con lo establecido en el artículo 472 del Código de Procedimiento Civil. Seguidamente, el Tribunal Agrario deja constancia que en el lote de terreno donde se encuentra constituido se hicieron presentes los siguientes ciudadanos: HAYDER KADHIM ORAIBI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.086.256, y el Abogado Javier Darío Hernández Guerra, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V- 8.309.668, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 68.774, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora. Acto seguido, el Tribunal Agrario pasa a designar al Ing. Agrónomo José Manuel Bravo Gómez, en su condición de Jefe del Área Técnica de la Unidad Regional de Tierras del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, como Experto para que asesore a éste Juzgado Agrario en la práctica de la presente Inspección Judicial, quien estando presente en el terreno objeto de la inspección, aceptó tal designación y prestó el juramento de Ley. El Tribunal Agrario previo recorrido por el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial, y con el asesoramiento del experto designado deja constancia de los siguientes particulares: PRIMERO: El Tribunal Agrario previo asesoramiento del experto designado, deja constancia que el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial tiene una superficie de ochocientos ochenta metros cuadrados (880 mts2), aproximadamente, que a su vez es la suma de las superficies de los dos lotes de terrenos (A y A1) inscritos en el registro agrario de la Oficina Regional de Tierras del Estado Nueva Esparta; de acuerdo con el levantamiento topográfico realizado con el uso de un navegador GPS por el personal Adscrito a la prenombrada ORT-NE; SEGUNDO: El Tribunal Agrario previo asesoramiento del experto designado, deja constancia que en el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial no se realiza ninguna actividad agrícola vegetal en ninguna de sus fases; TERCERO: El Tribunal Agrario previo asesoramiento del experto designado, deja constancia que el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial no están afectados por la ocupación que por Garantía de Derecho de Permanencia posee el ciudadano José Antonio Tineo, quien se encuentra en un lote contiguo”, todo ello de acuerdo con el levantamiento realizado a la georreferenciaciòn de dichos predios y a los datos de la Inscripción del Registro Agrario de la Oficina Regional de Tierras del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, y al Informe Registral Nº 094-2015, la cual se anexa al acta de la presente inspección judicial; No habiendo otro particular al cual hacer referencia en la presente inspección judicial y siendo las 10:45 minutos de la mañana, se concluye la presente inspección judicial y aún en sitio se ordena el regreso a su sede natural. En tal sentido, se le concede al experto designado y juramentado un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, a los efectos de que consigne el respectivo informe técnico y fotográfico correspondiente a la presente Inspección Judicial. En consecuencia se levantó la presente acta a un mismo efecto y a un solo tenor, y se ordena agregarla al expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez


Abg. Jorge Huerta Polidor

El Secretario Accidental

Abg. Wildel Giovan Marcano


La Parte Actora


El Apoderado Judicial de la Parte Actora


El Experto Designado


La Asistente de Tribunal


El Alguacil


Exp. Nº A-0035-15
JHP/Wmg/ell/cm.-