REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
205° y 156°

ASUNTO: OP02-V-2015-000133
En audiencia de fecha 26.05.2015 los ciudadanos DANNY FRANCISCO MUJICA TORMES, y LURIANNIS DE LOS ANGELES SALAZAR PEÑA, titulares de las cédulas de identidad número 13.848.838 y 15.794.734, suscribieron acuerdo por revisión o modificación de custodia del adolescente (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la LOPNNA) y siendo que conforme a lo dispuesto en el articulo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el Juez o Jueza homologará los acuerdos suscritos entre las partes, y con ello pondrá fin al proceso; así como que en todo estado y grado de la causa el Juez o Jueza promoverá la utilización de los medios alternativos de resolución de conflictos; en tal virtud este Despacho Judicial conforme al segundo aparte del articulo 470 de la citada Ley Especial, imparte su aprobación, en consecuencia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo suscrito entre los ciudadanos DANNY FRANCISCO MUJICA TORMES, y LURIANNIS DE LOS ANGELES SALAZAR PEÑA, titulares de las cédulas de identidad número 13.848.838 y 15.794.734, respecto de la custodia del adolescente (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la LOPNNA), teniéndose como asunto pasado, con autoridad de cosa juzgada, el cual quedo establecido de la siguiente manera:
El padre ejercerá la custodia del mencionado adolescente, quien conjuntamente con la madre serán responsables de los demás aspectos inherentes a la responsabilidad de crianza.
Se ordena entregar las copias certificadas a los interesados, conservándose el original en el archivo de este Circuito, a los efectos legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en La Asunción, a los veintiocho días del mes de mayo de 2015. Años 205º de La Independencia y 156º de La Federación.
La Jueza.

Carmen Milano Vásquez.
La Secretaría.

Yvette Moy Pavan