REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
205° y 156°
ASUNTO : OP02-V-2013-000516
Se inicia la presente con demanda incoada por la Fiscal VIII Auxiliar del Ministerio Público especializada en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Doctora Carmen Cueto Rodríguez, a requerimiento de la ciudadana RAINELYS CECILIA VALERIO GÓMEZ, contra el ciudadano FRANCISCO JOSE YANEZ SALAZAR por INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, en beneficio del niño (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la LOPNNA), la cual es admitida en su oportunidad, ordenándose las diligencias de sustanciación necesarias a los fines de su continuidad; y siendo que en esta fecha debía llevarse a cabo la fase de sustanciación, a la cual compareció la representación Fiscal y el demandado, y en la que la primera de los mencionados desistió de continuar con el procedimiento, tomando en consideración el resultado de la prueba heredo biológica que consta de autos, cuyos resultados excluyen la paternidad del demandado; a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 265 del Código de Procedimiento Civil; y siendo que a tenor de lo dispuesto en la parte infine del encabezado del articulo 263 del referido Código, el Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, el cual se aplica por remisión expresa del articulo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, en uso de sus atribuciones acuerda:
PRIMERO: HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO suscrito por la Fiscal VIII Auxiliar del Ministerio Público, Doctora Carmen Cueto Rodríguez, del procedimiento que por requerimiento de la ciudadana RAINELYS CECILIA VALERIO GÓMEZ incoara contra el ciudadano FRANCISCO JOSE YANEZ SALAZAR. Asi se establece.
SEGUNDO: Extinguida la instancia a tenor de lo previsto en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: La devolución de los documentos originales, previa su certificación en autos. CUARTO: CIERRE y ARCHIVO definitivo del presente asunto y su remisión al Archivo Regional para su custodia, una vez se encuentre firme la presente decisión. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en La Asunción a los ocho (08) días de junio de 2015. Años 205º de La Independencia y 156º de La Federación.
LA JUEZA

Carmen Milano Vásquez.
La Secretaría.

Yvette Moy Pavan