REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO NUEVA ESPARTA.
Pampatar, dos (02) de julio de 2015.-
205° y 156°
Vistas las testimoniales rendidas por los ciudadanos ENNEKER EFRAIN TIAPA MOROCOIMA y VALENTINA DEL VALLE JIMENEZ DE SILVA, quienes fueron precisos en señalar que si conocen de vista trato y comunicación al ciudadano ROSARIO SIMONELLI, desde hace mas de cinco (05) años, del mismo modo manifestaron que saben y le consta que el solicitante posee de forma pacifica, continua e ininterrumpida, el vehiculo, cuyas características son las siguientes MARCA KIA; MODELO CARENS; AÑO 2006, COLOR: GRIS; SERIAL DE CARROCERIA: KNAFC526365436481; SERIAL DE MOTOR: G4GC5H325739, CLASE CAMIONETA, USO PARTICULAR PUERTO LIBRE: SERVICIO PRIVADO, asimismo, los testigos manifestaron que saben y le consta que el solicitante viene conservando el vehiculo como propio sin que nadie le haya discutido la propiedad del citado vehiculo, de la misma manera los testigos manifestaron que saben y le consta que sobre el vehiculo no pesa ningún gravamen, ni deuda pendiente y que fue negociado por el solicitante, por la opción de compra venta con la Empresa “AIREXPRESS PLUS C.A”., de la misma forma los testigos manifestaron que el solicitante siempre ha tenido como propio el vehiculo sin que nadie le discutiera la propiedad, asimismo los testigos señalaron que saben y le consta que el vehiculo le correspondió a la Empresa “AIREXPRESS PLUS C.A”., del mismo modo los testigos manifestaron que saben y le consta que el solicitante cancelo a la vendedora la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 280.000, 00) y la misma fue recibida mediante cheque identificado con el Nro. 46477913, a su entera y completa disposición, de la misma manera manifestaron que saben y le consta que el solicitante le fue imposible localizar a los representantes de la Empresa Mercantil vendedora, ahora bien, recibido el Oficio Nro. 9700-103-0937; emanado de la Oficina de la Brigada de Vehículos, de la ciudad de Porlamar, Estado Nueva Esparta, en donde manifiesta que el vehiculo, identificado en el Oficio 9157-276, de fecha 15-06-2015, dirigido al ciudadano Director del Cuerpo de Investigaciones, Científicas y Criminalisticas del Estado Nueva Esparta, (CICPC), que el vehiculo señalado, no se encuentra registrada con enlace INTT y no presenta ningún tipo de solicitud por ante ese Organismo policial; el Tribunal comprobado cómo ha sido el derecho que l
el solicitante alega y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano ROSARIO SIMONELLI, Italiano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. E- 81.981.307, sobre el siguiente vehiculo: MARCA KIA; MODELO CARENS; AÑO 2006, COLOR: GRIS; SERIAL DE CARROCERIA: KNAFC526365436481; SERIAL DE MOTOR: G4GC5H325739, CLASE CAMIONETA, USO PARTICULAR PUERTO LIBRE: SERVICIO PRIVADO; se deja a salvo los derechos de terceros de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y se advierte que la presente declaratoria basada en las declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fé y de los recaudos anexos a la presente solicitud, en ningún caso causara efecto de cosa Juzgada y que perderá toda eficacia o valor jurídico para el caso de que se demuestre la inexactitud de los hechos afirmados por el solicitante; déjese constancia de este decreto en el libro diario llevado al efecto por este Tribunal y devuélvanse los originales de las presentes actuaciones a los solicitantes, dejándose en su lugar copias certificadas, las cuales se expedirán de conformidad con lo artículos 111 y 112 del código de Procedimiento Civil, autorizándose para las mismas a la ciudadana LUISA BELINDA GOMEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de Identidad Nro. V- 12.673.656, Asistente de este Juzgado.----------------------------------
El Juez
Dr. José Gregorio Pacheco,
La Secretaria,
NOTA: En fecha 02-07-2015, se dicto y público el anterior decreto, previa las formalidades de Ley bajo el Nro. 2015- 1795 , siendo las 2:00 p.m. Conste.-
La Secretaria,
Abg. YENNIFER SOTO.
Solicitud Nro. 2015-2675.
Luisa.
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