REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 8 de Julio de 2015.-
205° y 156°

En cumplimiento a lo ordenado en el dispositivo SEGUNDO de la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 16 de junio de 2015, que ordenó a decretar medida de enajenar y gravar sobre los inmuebles, conforme fue solicitado por la parte actora por encontrase los llenos los extremos de ley. En consecuencia, este Tribunal, acatando lo ordenado en el referido dispositivo dictado por el mencionado Juzgado Superior, se decreta medida d enajenar y gravar sobre los siguientes inmuebles: 1) Apartamento distinguido con las letras y números 2-C y esta ubicado e la Planta Segundo Piso del Edificio San José, tiene un área aproximada de ciento ocho metros cuadrados (108 m2). Consta de dos (02) habitaciones con sus áreas de closet, un (01) sala de baño, habitación principal con vestier y baño, sala, comedor, cocina, se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Con la parcela Nro. F-6; Sur, Con las áreas verdes y comunes del Edificio y con el apartamento 2-D; Este: con Zona Rustica; y, Oeste: Con áreas de ventilación, pasillo, apartamento tipo 2-A y 2-D; 2) Apartamento distinguido con las letras y números 2-D y esta ubicado e la Planta Segundo Piso del Edificio San José, tiene un área aproximada de cien metros cuadrados (100 m2). Consta de dos (02) habitaciones con sus áreas de closet, un (01) sala de baño, habitación principal con vestier y baño, sala, comedor, cocina, se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Con la parcela Nro. MF-6; Sur: Con las áreas verdes y comunes del Edificio y con el apartamento 2-D; Este: con Zona Rustica; y, Oeste: Con áreas de ventilación, pasillo, apartamento tipo 2-A; 3) Apartamento distinguido con las letras y números 3-B y esta ubicado en la Planta Tercer Piso del Edificio San José, tiene un área neta de 203,53 m2. Se le accede por el pasillo de circulación. Posee 3 habitaciones más 1 una habitación de servicio, 4 baños, sala, cocina y comedor. Se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: Noreste: Con fachada interna noreste de la edificación y apartamento 3-C; Noroeste: Con fachada noroeste de la edificación; Sureste: sus acceso con pasillos de circulación y con apartamento 3-A; Suroeste: Con fachada suroeste de la edificación; 4) Apartamento distinguido con las letras y números 4-B y esta ubicado en la Planta Cuarto Piso del Edificio San José, tiene un área neta de 206,02 m2. Se le accede por el pasillo de circulación. Este apartamento posee 3 habitaciones más 1 una habitación de servicio, 4 baños. Se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: Noreste: Con fachada interna noreste de la edificación y con apartamento 4-C; Noroeste: Con fachada noroeste de la edificación; Sureste: sus acceso con pasillos de circulación y con apartamento 4-A; Suroeste: con fachada interna suroeste de la edificación; 5) Apartamento distinguido con las letras y números 4-D y esta ubicado en la Planta Cuarto Piso del Edificio San José, tiene un área neta de 103,57 m2. Se le accede por el pasillo de circulación. Posee 3 habitaciones, 2 baños, sala, cocina y comedor. Se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: Noreste: Con fachada noreste de la edificación, con apartamento 4-C y con fachada interna noroeste de la edificación; Noroeste: Con apartamento 4-C, con fachada interna noroeste de la edificación y con pasillo de circulación; Sureste: con fachada sureste de la edificación, con área de circulación (escalera); Suroeste: sus acceso, con pasillo de circulación, con áreas de ascensores; y, 6) Apartamento distinguido con las letras y números 6-A y esta ubicado en la Planta Sexto Piso del Edificio San José, tiene un área neta de 103,63 m2. Se le accede por el pasillo de circulación. Posee 3 habitaciones, 2 baños, sala, cocina y comedor. Se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: Noreste: Con fachada noreste de la edificación, con apartamento 5-C y con fachada interna noroeste de la edificación; Noroeste: Con apartamento 5-C, con fachada interna noroeste de la edificación y con pasillo de circulación; Sureste: con fachada sureste de la edificación, con área de circulación (escalera); Suroeste: sus acceso, con pasillo de circulación, con áreas de ascensores. Dichos bien inmuebles pertenece en propiedad a la parte demandante, según se evidencia de documento debidamente inscrito ante la Oficina de Registro Público del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta en fecha 12-06-2009, 06.01.15, bajo el Nº 15, Folio 53 del Tomo 13 del Protocolo de trascripción del año 2009.
Ahora bien, se advierte que en caso de que para el momento en que se proceda a cumplir con lo ordenado en este fallo los bienes inmuebles antes identificados sean propiedad de un tercero, ajeno a esta controversia, el funcionario correspondiente deberá abstenerse de materializar la misma, en razón de que el artículo 587 del Código de Procedimiento Civil establece expresamente que las medidas no podrán ejecutarse sino sobre bienes que sean propiedad de aquel contra quien obren. A los fines de hacer efectiva la medida aquí decretada se ordena librar oficio al Registro respectivo. Cúmplase.