REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero Superior del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, siete (07) de julio de dos mil quince (2015)
205º y 156º
ASUNTO: OP02-R-2015-000002
PARTE DEMANDADA APELANTE: Sociedad Mercantil CONSOLIDADA DE FERRYS C.A. (CONFERRYS), afectada mediante adquisición forzosa por Decreto de la Presidencia de la República N° 8.486, de fecha 27 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Oficial N° 39.766 de la misma fecha.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados en ejercicio KATIANA SANTAMARÍA, GIANCARLOS CARANO YAHUMARU GÓMEZ, OSCAR BORGES, MARIA MACHADO, DIURKIN BOLIVAR y ZULEYMA MARTÍNEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros, 122.540, 73.283, 109.122, 91.625, 72.180, 97.465 y 120.345, respectivamente.
PARTE ACTORA: Ciudadano HEBERT YVAN MOLINA, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 8.822.909.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados en ejercicio MARIA ANTONIETA MANGIAFICO y BLANCA GONZÁLEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 33.821 y 28.121 respectivamente.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. Recurso de Apelación interpuesto en contra del auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Nueva Esparta, en fecha 20-04-2015.

En el día de hoy, siete (07) de julio de dos mil quince (2015), siendo las diez (10:00 AM) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública, se constituyó el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, encontrándose presente la ciudadana BETTYS LUNA AGUILERA, Jueza Primera Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y la ciudadana Abogada MARIA G. MORALES RAUSEO, Secretaria del mencionado Juzgado, con motivo del Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada, Sociedad Mercantil CONSOLIDADA DE FERRYS C.A. (CONFERRYS), a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio GIANCARLO CARANO, en contra del auto dictado en fecha veinte (20) de abril de dos mil quince (2015), por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, sigue el ciudadano HEBERT YVAN MOLINA, contra la entidad de trabajo CONSOLIDADA DE FERRYS, C.A., (CONFERRYS). Anunciándose la realización de dicho acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandada apelante ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno. En consecuencia, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declara DESISTIDO el presente Recurso de Apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se condena en costa a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 62 Ejusdem. Notifíquese al ciudadano Procurador General de la República, a los fines legales consiguientes, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, mediante exhorto librado a los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Remítase el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial de este Estado, a los fines respectivos.
LA JUEZA,

BETTYS LUNA AGUILERA

LA SECRETARIA,

MARIA G. MORALES RAUSEO


BLA/mgmr.-