REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, 14 de Julio de 2015
Año 205º y 156º
ASUNTO: OP02-J-2015-001184

Visto el libelo de la solicitud que antecede presentada por la ciudadana Judith Keila Figuera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.213.018,, asistida por la Abogada Besaida Luna, mediante la cual ocurren ante esta competente autoridad para solicitar se le conceda AUTORIZACIÓN JUDICIAL a los fines de obtener PASAPORTE Y VISA para la niña “cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente”, en virtud de que el padre de la adolescente ciudadano Karyn Elias Tahhan Titular de la Cédula de Identidad No. V-10.333.549, se niega a dar la autorización para tramitar el pasaporte y visa. En consecuencia este Despacho Judicial, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, lo solicitado y declara: PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana Judith Keila Figuera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.213.018, en beneficio de su hija. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana Judith Keila Figuera, antes identificada, para que acuda ante las autoridades competentes, a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte y Visa que requiere la niña antes mencionada, quedando entendido que la presente no autoriza a la niña en referencia para viajar fuera del país. Certifíquese copias de las presentes actuaciones y entréguese a la solicitante.
LA JUEZA,

Abg. Eudy Díaz Díaz
La Secretaria,

Abg. Marli Luna Luna