TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Pampatar, cuatro (04) de febrero de 2015.-
204° y 155°

Vista la diligencia suscrita en fecha 02-02-2015; presentada por ante este Tribunal por el ciudadano JOSÉ ANTONIO PASQUARIELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro V-6.275.910, Abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.375, actuando en condición de apoderado judicial de la Administradora Integral Margarita, C.A., autorizado por la Junta de Condominio de la Comunidad de Copropietarios de Residencias Condominio La Sal. Sociedad de Comercio Gon- Mar, mediante la cual desiste de la acción y procedimiento de COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO, intentado en contra del ciudadano HENRY DANIEL SANCHEZ AGUILERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.730.593, y por cuanto la parte demandada cumplió con el pago de la obligación demandada, en consecuencia este Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- ---------------------.-

El Juez,



DR. JOSE GREGORIO PACHECO.



La Secretaria


Abg.Yennifer Soto Velásquez.




Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, Nro. 2015-1685.
Expediente Nro. 2014-2437.
Irays.