REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, 28 de Enero de 2015.
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : OPO4-P-2015-000263
ASUNTO : OP04-P-2015-000263
RESOLUCIÓN JUDICIAL
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ PROVISORIO: DRA. LISSELOTTE GOMEZ URDANETA, Juez del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°03 del Circuito Penal Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. SECRETARIA: ABG. BRENDA JIMENEZ.
IMPUTADO: RICARDO DAVID SALAZAR MARCANO, titular de la cédula de identidad No. 25.156.956, de 18 años de edad, soltero, de profesión u oficio Pescador, residenciado en la Terraza Nº07, casa Nº04, Urbanización Bicentenario de la Ciudad de Juangriego, municipio Marcano de este Estado.
DELITOS: Por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES DE CARÁCTER GRAVE, previstos y sancionados en los artículos 458 y 415 ambos del Código Penal vigente.
FISCALES DEL MINISTERIO PUBLICO: Dres. DIDIER ROJAS y ERMILO DELLAN, en su carácter de Fiscales 24º Nacional y Tercero del Ministerio Público.
DEFENSORES PRIVADOS: Dres. ROMULO RIVERO, LALKER PEREZ, BETSAIDA LUNA y MIRIANNI FERNANDEZ.

Revisadas las anteriores actuaciones, seguida al imputado al ciudadano RICARDO DAVID SALAZAR MARCANO, así como las solicitudes presentadas por la defensa del imputado mediante escrito presentado en fecha 14-01-2015, 16-01-2015, de revisión de Medida, así como el representante del Ministerio Publico mediante escrito presentado en fecha 27-01-2015, este Tribunal revisadas las presentes actuaciones evidencia que en fecha 14-01-2014, este Tribunal emitió pronunciamiento entre otros dispositivos en relación a la Revisión de Medida solicitada tanto por el Ministerio Publico como por la defensa, de la misma se libraron las notificaciones respectivas a las partes, asimismo evidencia este Tribunal que se encuentra fijada y ya se encuentra libradas las notificaciones para la comparecencia de las partes y el traslado del imputado de autos para el Acto de Reconocimiento en Rueda de Individuos fijado para el día 30-01-2015 a las 9:30 AM, este Tribunal considera que lo ajustado a derecho es Reservarse el presente pronunciamiento por separado una vez se realice en el Acto de Reconocimiento en Rueda de Individuos fijado para el día 30-01-2015 a las 9:30 AM, dependiendo del resultado de dicho acto. Se Ordena la Notificación de las partes. Se ordena librar Boletas respectivas. Y ASÍ SE DECIDE.-

DECISION

POR TODOS LOS RAZONAMIENTOS DE HECHO Y DE DERECHO ANTES EXPLANADOS ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL N°03 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: Este Tribunal vista las presentes solicitudes de Revisión de Medida decretada e impuesta al imputado al ciudadano RICARDO DAVID SALAZAR MARCANO, presentadas por la defensa del imputado mediante escrito presentado en fecha 14-01-2015, 16-01-2015, de revisión de Medida, así como el representante del Ministerio Publico mediante escrito presentado en fecha 27-01-2015, este Tribunal revisadas las presentes actuaciones evidencia que en fecha 14-01-2014, este Tribunal emitió pronunciamiento entre otros dispositivos en relación a la Revisión de Medida solicitada tanto por el Ministerio Publico como por la defensa, de la misma se libraron las notificaciones respectivas a las partes, asimismo evidencia este Tribunal que se encuentra fijada y ya se encuentra libradas las notificaciones para la comparecencia de las partes y el traslado del imputado de autos para el Acto de Reconocimiento en Rueda de Individuos fijado para el día 30-01-2015 a las 9:30 AM, este Tribunal considera que lo ajustado a derecho es Reservarse el presente pronunciamiento por separado una vez se realice en el Acto de Reconocimiento en Rueda de Individuos fijado para el día 30-01-2015 a las 9:30 AM, dependiendo del resultado de dicho acto. Se Ordena la Notificación de las partes de la presente decisión. Se Ordena Librar las Boletas respectivas. Se Ordena Proveer lo conducente. Publíquese, Regístrese, déjese copia. Así se Decide. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ DE CONTROL Nº 03


Dra. LISSELOTTE GOMEZ URDANETA
LA SECRETARIA



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA