REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, nueve de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: OP02-V-2008-000182
Revisado como ha sido el presente asunto. Visto el Poder Apud Acta presentado por la ciudadana JUANA PACHECO NIVAR, identificada en autos, en fecha 18/12/2012, debidamente asistida por el Abg. JOSE AGUSTIN BRITO SALAZAR, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 83.820. En consecuencia, este Despacho Judicial, queda en cuenta de la consignación de dicho Poder. De igual forma, insta a la parte diligenciante a subsanar la demanda, en el sentido de consignar copia de la Partida de Nacimiento de la niña y/o adolescente “Cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA”, copia certificada del Acta de Defunción del De Cujus JULIAN JOSE YAJURE LUCART, quien en vida era titula de la cédula de identidad N° V-10.463.727, así como de la Declaración de Únicos y Universales Herederos. Igualmente, deberá dar cumplimiento a la subsanación ordenada por este Tribunal mediante auto de fecha 23/03/2009. Una vez conste de autos lo requerido, se ordenará la notificación de la parte demandada.
La Jueza

Fanny Luz Márquez La Secretaría.


Abg. María Teresa Millán.

FLM/yg.-