REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, doce (12) de agosto de dos mil quince (2015).-
Años: 205º y 156º

ASUNTO: OP02-L-2015-000042

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha tres (03) de agosto de dos mil quince (2015), y visto el escrito de contestación de la demanda de fecha diez (10) de agosto de dos mil quince (2015), suscrito por el Abogado WILHELMSBURG JONATTAN PÉREZ, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 213.849, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos MARÍA DEL CARMEN ALONSO DE SILVA y LEONIDO SILVA BARBOZA. En consecuencia, se ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2015-000042, al Tribunal de Juicio competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese el oficio respectivo. Cúmplase.-
LA JUEZA,


Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.-


LA SECRETARIA,

GMC/yi.-