REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA. La Asunción, Once (11) de Agosto de Dos Mil Quince (2015).-
205° y 156°

ASUNTO: S-2015-380

Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano JOSÉ EURY HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.642.998, de éste domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio CLEMENTE RAMÍREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 234.643, donde peticiona se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre un vehículo automotor, específicamente una (01) Moto, la cual posee con las siguientes características: MARCA: Keeway; TIPO: Paseo; MODELO: Arsen II 150; AÑO: 2013; COLOR: Azul; CLASE: Moto; SERIAL DE CARROCERÍA: 8123D1K13DM015761; PLACA: AF6Y86M; SERIAL DEL MOTOR: KW162FMJ22461552; USO: Particular.- En este sentido, y teniéndose presentes las declaraciones de los Testigos JUSTO RAMÓN SUÁREZ SILVA y YESENIA DEL VALLE SIFONTES CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-17.848.043 y V-18.113.552, respectivamente, quienes fueron contestes en responder, que conocen de vista, trato y comunicación al ciudadano JOSÉ EURY HERNÁNDEZ, desde hace varios años; Que saben y les consta que el ciudadano antes identificada posee una (01) moto con las características descritas, y la misma la adquirió por compra que le hizo al ciudadano DAVID RAÚL RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.125.783, en fecha 02 de Marzo del año 2014, por un valor de SETENTA MIL BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 70.000,00); igualmente saben y les consta que dicha moto no se encuentra registrada y que no posee papeles algunos de la misma; y visto lo arrojado por CONSTANCIA DE EXPERTICIA N° 030715-463793, de fecha 28/07/2015, emanada del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana de Venezuela, Dirección de Vigilancia y Transporte Terrestre. Investigación de Vehículos del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en la cual se evidencian los datos y características del referido vehiculo (Moto), que cursa al

folio Tres (03) y su vuelto; y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de Municipio, mediante Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara TÍTULO SUPLETORIO de posesión a favor del ciudadano JOSÉ EURY HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.642.998, de éste domicilio, sobre el vehículo automotor, específicamente una (01) Moto, antes descrita en el presente Decreto, dejando a salvo los derechos de terceros, y se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de testigos, de quienes se presume la buena fe, así como de los recaudos anexos, en ningún caso causará efecto de Cosa Juzgada, y que perderá toda eficacia o valor jurídico, para el caso de que se demuestre la inexactitud de los hechos afirmados por el solicitante.
Déjese constancia de este Decreto en el Libro Diario llevado al efecto por este Tribunal, regístrese, publíquese y déjese copia certificada del mismo, la cual se expedirá de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena devolver los originales de las siguientes actuaciones a la parte solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZA,

Abg. LISBETH VELÁSQUEZ ORDAZ.-
LA SECRETARIA,

Abg. MARIANNY VELÁSQUEZ SALAZAR.


Sol. 2015-380
LVO/MVS/dav*.-

En la misma fecha 11/08/2015, se publicó y registró la anterior decisión y se dejó copia certificada como está ordenado. Conste.-

LA SECRETARIA,

Abg. MARIANNY VELÁSQUEZ SALAZAR.