TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Pampatar, trece (13) de agosto de dos mil quince (2015).-
205° y 156°

Vista la diligencia suscrita en fecha 06-08-2015; presentada por ante este Tribunal por la ciudadana FENÉLOPE CUADRO DE SALMEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro V-6.275.910, Abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.868, actuando en condición de apoderado judicial del Condominio “CONJUNTO RESIDENCIAL MARAZUL”, mediante la cual desiste de la presente causa de COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO (Vía Ejecutiva), intentada en contra de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO LARA PORRAS y DUBRASKA MAYERLIN SAYA VIRGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.032.629 y V-10.378.387, respectivamente, por cuanto la parte demandada cumplió con el pago de la obligación demandada, en consecuencia este Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente. ---------------------------------.-

El Juez,



Dr. José Gregorio Pacheco.



La Secretaria


Abg.Yennifer Soto Velásquez.



Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, Nro. 2015-1851.
Expediente Nro. 2015-2517.
Irays.