REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, catorce (14) de abril de dos mil quince (2015).-
Año: 204º y 156º
ACTA DE AUDIENCIA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2014-000412
PARTE ACTORA: JAIME JOSÉ GARCÍA
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARÍA GABRIELA MARTÍNEZ MORENO, MARÍA CECILIA MANRIQUE, FRANCYS LÓPEZ y OTROS.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES FORMAR, C.A.
APODERADO JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXANDER DIAZ y ANDREA TAYLHARDAT.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, catorce (14) de abril de dos mil quince (2015), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Celebración de la Audiencia Preliminar en la causa distinguida bajo el N° OP02-L-2014-000412, se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Jueza ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ, con la asistencia de la secretaria Abogada EVA ROSAS SILVA. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparece por la parte demandante, la Abogada MARÍA CECILIA MANRIQUE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 179.919, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JAIME JOSÉ GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.301.861, según se evidencia de documento poder debidamente otorgado ante la Notaría Pública Segunda de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha veinte (20) de noviembre de dos mil catorce (2014), el cual quedó anotado bajo el N° 07, Tomo 194 de los Libros de autenticaciones respectivos, el cual corre inserto en autos; De igual forma comparece, la Abogada ANDREA TAYLHARDAT, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 221.439, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa INVERSIONES FORMAR, C.A., según se evidencia de Sustitución de Poder Apud-Acta presentado por ante la Secretaría del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha siete (07) de abril de dos mil quince (2015), el cual corre inserto en autos.
Iniciada la audiencia preliminar, la apoderada judicial del actor Abogada MARÍA CECILIA MANRIQUE, antes identificada, expone: Desisto en este acto del presente Procedimiento, en virtud que no fue posible localizar a extrabajador, por lo que no se pudo recabar las pruebas que demuestran su pretensión, en tal sentido me reservo el derecho de intentar nuevamente la acción en la oportunidad correspondiente. Es todo.
Este Tribunal oída la exposición de la apoderada judicial de la parte actora, y verificado como ha sido que se encuentra suficientemente facultada para ello, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO que efectúa en este acto dándole efecto de Cosa Juzgada, de conformidad con artículo 265 del Código de Procedimiento Civil aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZA,
Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.-
LA PARTE DEMANDANTE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
Abg. EVA ROSAS SILVA.
ESV/ERS/yi.-
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