REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL NUEVA ESPARTA
San Juan Bautista, 1 de Octubre de 2014
204° Y 155°

EXPEDIENTE: N-0859-13.

PARTE RECURRENTE: Ciudadano JEAN CARLOS SALAZAR RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.190.288, domiciliado en la Urbanización Pozo Blanco, Sector El Palito, Casa S/N, Municipio Marcano del estado Nueva Esparta.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE RECURRENTE: Abogado ALBERT ANTONIO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.932.664, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 127.398.
PARTE DEMANDADA: DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y PODER COMUNAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARCANO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
MOTIVO: RECURSO DE NULIDAD.

I
ANTECEDENTES

En fecha 21 de mayo de 2013, el abogado ALBERT ANTONIO ROJAS, antes identificado, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JEAN CARLOS SALAZAR RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.190.288, interpone por ante este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, recurso de nulidad, contra la DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y PODER COMUNAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARCANO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.

En fecha 23 de mayo de 2013, este Juzgado Superior le da entrada a la presente causa, asignándosele el Nº Q-0859-13.

En fecha 27 de mayo de 2013, se admite la presente causa de conformidad con lo establecido en el articulo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y se ordena la notificación del Procurador General de la República, del Ministro del Poder Popular de Vivienda y Hábitat, de la Directora de Desarrollo Social y Poder Comunal de la Alcaldía del Municipio Marcano del estado Nueva Esparta, del Sindico Procurador Municipal del Municipio Marcano del estado Nueva Esparta y a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de los estado Anzoátegui y Nueva Esparta, a los fines de su contestación.

En fecha 25 de junio de 2013, el ciudadano EMMANUEL REYES, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior, consigna oficios Nros. 912-13 y 911-13, dirigidos al Sindico Procurador y a la Directora de Desarrollo Social y Poder Comunal de la Alcaldía del Municipio Marcano del estado Nueva Esparta, respectivamente.

En fecha 31 de octubre de 2013, el ciudadano EMMANUEL REYES, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior, consigna oficios Nros. 915-13 y 913-13, dirigidos al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental de Barcelona y a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de los estado Anzoátegui y Nueva Esparta, respectivamente.

En fecha 31 de octubre de 2013, el ciudadano EMMANUEL REYES, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior, consigna oficios Nros. 914-13, 909-13 y 910-13, dirigidos al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Ministro del Poder Popular de Vivienda y Hábitat y al Procurador General de la República, respectivamente.

En fecha 10 de febrero de 2014, se agregan a los autos resultas del despacho de comisión emanado del Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual consta las notificaciones del Ministro del Poder Popular de Vivienda y Hábitat y al Procurador General de la República, respectivamente.

En fecha 7 de mayo de 2014, se agregan a los autos resultas de la comisión emanado del Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, no pudiéndose practicar la notificación a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de los estado Anzoátegui y Nueva Esparta, por cuanto el mencionado Tribunal se encuentra fuera del rango de competencia.

En fecha 19 de mayo de 2014, este Juzgado Superior libra nuevo despacho de comisión al Juzgado Primero de los Municipios José Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, a los fines de llevar a cabo la notificación de la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de los estado Anzoátegui y Nueva Esparta.

En fecha 5 de junio de 2014, el ciudadano EMMANUEL REYES, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior, oficios Nros. O-345-14 y O/344-14, dirigidos al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental de Barcelona y a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de los estado Anzoátegui y Nueva Esparta, respectivamente.

En fecha 14 de agosto de 2014, se agregan a los autos resultas de la comisión emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental de Barcelona, de la notificación de la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de los estado Anzoátegui y Nueva Esparta.

En fecha 16 de septiembre de 2014, este Juzgado Superior ordenó librar el cartel de emplazamiento a los terceros interesados de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, tal y como fue ordenado en el auto de admisión de fecha 27 de mayo de 2013.

II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Corresponde a esta sentenciador pronunciarse con relación al desistimiento del presente recurso; y a tal efecto, observa:

El caso de autos, versa sobre un recurso de nulidad, interpuesta por el abogado ALBERTO ANTONIO ROJAS, antes identificado, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JEAN CARLOS SALAZAR RODRÍGUEZ, antes identificado, interpone por ante este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, recurso de nulidad, contra la DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y PODER COMUNAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARCANO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, cuya tramitación y sustanciación se ordenó conforme al procedimiento establecido en los artículos 76 y siguientes de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Así las cosas, resulta necesario observar el contenido de los artículos 80 y 81 ejusdem los cuales establecen expresamente que:

“Artículo 80.- En el auto de admisión se ordenará la notificación de los interesados, mediante un cartel que será publicado en un diario qnnue indicará el tribunal, para que comparezcan a hacerse parte e informarse de la oportunidad de la audiencia de juicio. El cartel será librado el día siguiente a aquél en que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas.
En los casos de nulidad de actos de efectos particulares no será obligatorio el cartel de emplazamiento, a menos que razonadamente lo justifique el tribunal”.

Igualmente, el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, reza lo siguiente:

Artículo 81.- El demandante deberá retirar el cartel de emplazamiento dentro de los tres días de despacho siguientes a su emisión, lo publicará y consignará la publicación, dentro de los ocho días de despacho siguientes a su retiro.
El incumplimiento de las cargas antes previstas, dará lugar a que el tribunal declare el desistimiento del recurso y ordene el archivo del expediente, salvo que dentro del lapso indicado algún interesado se diera por notificado y consigna su publicación (Resaltado de este Tribunal).

Se observa que la ley que regula el presente procedimiento de demanda, establece como consecuencia jurídica la publicación del cartel de emplazamiento, una vez notificadas las partes y el retiro del mismo por parte de la parte recurrente para su publicación, el desistimiento del procedimiento. Siendo así, debe quien aquí decide, señalar que dicha figura conlleva a la extinción de la relación procesal y en consecuencia, la omisión del pronunciamiento de la sentencia de fondo.

Así, en atención a las consideraciones antes expuestas y visto que conforme se evidencia de autos, la parte recurrente no cumplió la carga procesal de retirar y publicar el cartel de emplazamiento fijado mediante auto de admisión de fecha 27 de mayo de 2013, configurándose así el supuesto establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por lo que resulta forzoso declarar Desistido el procedimiento recurso incoado por el abogado ALBERT ANTONIO ROJAS, antes identificado, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JEAN CARLOS SALAZAR RODRÍGUEZ, quien interpuso por ante este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, recurso de nulidad, contra la DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y PODER COMUNAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARCANO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. ASÍ SE DECIDE.


III
DECISIÓN

Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Declara el DESISTIMIENTO DEL PRESENTE RECURSO DE NULIDAD, incoado por el abogado ALBERT ANTONIO ROJAS, antes identificado, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JEAN CARLOS SALAZAR RODRÍGUEZ, contra la DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y PODER COMUNAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARCANO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, En San Juan Bautista, al primer (1) día del mes de octubre de 2014, Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
El Juez,

Abg. HERMES BARRIOS FRONTADO


La Secretaria,

Abg. JULIETA MARÍA SALAZAR BRITO







Exp. N° Q-0859-13
HBF/jmsb/gserra