REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, treinta y uno de octubre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: OP02-L-2013-000449

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil catorce (2014), y visto el escrito de contestación de fecha 30-14-2014, presentado por el Abogado Erasmo Perdomo, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 95.339, en su condición de apoderado judicial de la demandada Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEOS, S.A.; en consecuencia, se ordena remitir el presente expediente signado bajo el Nº OP02-L-2013-000449, al Tribunal de Juicio del Trabajo competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio respectivo. Cúmplase.-

La Juez.,

Dra. Elida Suárez Velásquez.

La Secretaria.
Abg.
ESV/jrm.-