REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

Visto el escrito de fecha doce (12) de noviembre de 2014, presentado por el abogado GABINO QUERALES, con Inpreabogado N° 93.630, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos SABINA GLADYS TOLEDO DE RODRÍGUEZ Y OTROS, con motivo de la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta ante el JUZGADO SUPERIOR DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL; este Tribunal a los fines de proveer sobre lo solicitado, observa:
La parte accionante en Amparo, hace una serie de requerimientos con motivo de la decisión dictada por el Juzgado Superior, en la cual declara procedente la acción de Amparo contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 07-4-2005.
Ahora bien, en la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Estado, en fecha 03-2-2014, se desprende que fue declarada Nula la sentencia dictada por este Despacho, y habiendo ésta quedado definitivamente firme, le corresponde al mencionado Juzgado Superior que conoció en Amparo, la ejecución de su sentencia, proveyendo a los interesados en la tramitación de dichos requerimientos; por lo cual, este Tribunal no tiene materia sobre la cual decidir con respecto a lo peticionado por el preidentificado abogado.
Así las cosas, este Tribunal Niega proveer sobre lo solicitado por Improcedente, ya que le corresponde al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, darle curso a tales solicitudes. Y así se decide.-