REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciséis de mayo de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: OP02-J-2014-000488
PARTES: YENNY YERVEZ LOZANO y RONALD JOSE SALAZAR MEZA, titulares de las cédulas de identidad Nos V-12.459.951 y V-12.164.068.

MOTIVO: Divorcio 185-A (Desistido)

En el día de hoy, 16-05-2014, siendo las 11:30 am, oportunidad para que tenga lugar la presente audiencia de Juridiscción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 y siguiente de la LOPNNA, en virtud de la solicitud de Divorcio 185-A realizada por los ciudadanos YENNY YERVEZ LOZANO y RONALD JOSE SALAZAR MEZA, titulares de las cédulas de identidad Nos V-12.459.951 y V-12.164.068. Se hace el llamado por parte del Alguacilazgo, a la cual NO comparecieron NINGUNO de los ciudadanos identificados en autos. Se deja constancia que solo se encuentra presente la fiscal auxiliar del Ministerio Público CARMEN CUETO. En virtud de la incomparecencia de los solicitantes antes mencionados a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal procede a declarar: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por los ciudadanos YENNY YERVEZ LOZANO y RONALD JOSE SALAZAR MEZA, titulares de las cédulas de identidad Nos V-12.459.951 y V-12.164.068 y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría.

No hay condenatoria en costas. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los dieciseis (16) días del mes de Mayo del año 2014. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza
Liz Verónica López La Secretaria
Abg. Marli Luna
En la misma fecha, siendo las10:25 am se agrega a las actas l a presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria
Abg Marli Luna