REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciocho de marzo de dos mil catorce
203º y 154º

ACTA
N° DE EXPEDIENTE:OP02-R-2013-000027
PARTE DEMANDADA APELANTE: Sociedad de Mercantil CIRSA CARIBE, C.A.., Inscrita por ante el Registro Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 10 de noviembre de 1997, anotado bajo el Nº 79, Tomo 13-A, Cuarto Trimestre.
APODERADA JUDICIAL: Abogada en ejercicio LOIDA MARCANO DE DÍAZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 15.290.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano DIOBEL ARCÁNGEL DÍAZ GUZMÁN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 17.020.609.
APODERADA JUDICIAL: Abogada en ejercicio MARIA GABRIELA MARTÍNEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 101.787.
MOTIVO: Recurso de Apelación interpuesto en contra de la decisión publicada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 12-04-2013.

En el día de hoy, Dieciocho (18) de Marzo del año Dos Mil Catorce (2.014), siendo las Diez horas de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública, de la causa distinguida bajo el Nº OP02-R-2013-000027; se constituye el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por la ciudadana Jueza, BETTYS LUNA AGUILERA y la Secretaria, ciudadana LECVIMAR GONZALEZ MARCANO. Anunciándose la realización de dicho acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandada apelante ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno. En consecuencia este Tribunal Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declara DESISTIDO el presente Recurso de Apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Remítase el presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de este Estado, a los fines respectivos.
LA JUEZA,
BETTYS LUNA AGUILERA.
LA SECRETARIA,
LECVIMAR GONZÁLEZ MARCANO.