REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, veinte (20) de junio de dos mil catorce (2014)
Año: 203º y 154º
ASUNTO Nº OP02-L-2014-000072
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha doce (12) de junio de dos mil catorce (2014), y visto el escrito de contestación de la demanda de fecha 19-06-2014, constante de cuatro (04) folios útiles, suscrito por el apoderado judicial de la firma personal J.M CONTADORES (PROF. JOSÉ RAMÓN MARCANO), en consecuencia, se ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2014-000072, al Tribunal de Juicio competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio respectivo.-
ELJUEZ.,
Dr. FIDEL HERNÁNDEZ.
LA SECRETARIA.
ESV/lv.-