REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 30 de junio de 2014
Años 204º y 155º

En cumplimiento a la homologación de esta misma fecha, de la Transacción celebrada entre las partes, y en el cual solicitan la suspensión de la medida preventiva decretada; este Tribunal, a fin de dar cumplimiento a lo acordado en la misma, suspende la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, que pesa sobre el 50% del área del inmueble constituido por una sub-parcela identificada con el N° 5, ubicada en el Sector “I” de la Urbanización Playa El Angel, Municipio Maneiro de este Estado, con un área aproximada de tres mil setenta y cinco metros cuadrados con noventa decímetros cuadrados (3.075,90 Mts.2), cuyos linderos y medidas son los siguientes: Noreste, en una línea recta de catorce metros lineales con ochocientos noventa y ocho centímetros (14,898 mts) partiendo del punto L-21A de coordenadas N-1.215.154,726 y E-410.691.024 al punto L-21 de coordenadas N-1.215.144,697 y E-410.702,040 con la sub-parcela N° 3, siguiendo en una línea recta de de cuarenta y nueve metros lineales con quinientos once centímetros (49,511 mts) partiendo del punto L-21 de coordenadas N-1.215.144,697 y E-410.702,040 al punto L-20 de coordenadas N-1.215.099,070 y E-410.721.261 con parcela “A”; Sureste, en una línea recta de treinta y ocho metros lineales con veintisiete decímetros (38,27 mts) partiendo del punto L-20 de coordenadas N-1.215.099,070 y E-410.721.261 al punto L-19A N-1.215.070,212 y E-410.696,125 con calle El Mejillón; Noroeste, en una línea recta de cincuenta y nueve metros lineales con setecientos cincuenta y nueve centímetros (59,759 mts) partiendo del punto L-21B de coordenadas N-1.215.109.923 y E-410.651.478 al punto L-21ª de coordenadas N-1.215.154,726 y E-410.691,024 con la sub-parcela N° 2; y Suroeste, en una línea recta de cincuenta y nueve metros lineales con setecientos cincuenta centímetros (59,750 mts) partiendo desde el punto L-19A de coordenadas N-1.215.070,212 y E-410.696,125 al punto L-21B de coordenadas N-1.215.109,923 y E-410.651.478 con la sub-parcela N° 4. Dicho inmueble le pertenece a la sociedad mercantil PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PLAZA, C.A., según consta de documento registrado ante el Registro Inmobiliario del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, en fecha 27-8-2008, bajo el N° 45, folios del 248 al 253, Protocolo Primero, Tomo 9, Tercer trimestre del citado año. Asimismo, la referida medida fue participada a esa oficina mediante Oficio N° 23001-11, de fecha 11-11-2011 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para lo cual se le remite copia certificada del la homologación de la transacción. Líbrese el correspondiente oficio. Cúmplase.-
Expediente Nº 24.687
CBM/avc/mcf.-