REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, treinta (30) de julio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

ASUNTO: OP02-L-2014-000190

Vista la diligencia presentada en fecha 29-07-2014, suscrita por la ciudadana LORENA SARMIENTO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 6.925.302, en su carácter de parte actora en el presente asunto, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LUISA ANDREINA LAGARDE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 63.878, mediante la cual expone: “…Ratifico la facultad de convenir y/o transigir en mi nombre, de mi apoderada, cuyo poder apud acta consta en autos y solicito la homologación del acuerdo suscrito el día 28 de julio de 2014 en la sede del Tribunal de la causa…”; en tal sentido, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, visto el contenido de la referida diligencia y en atención a lo plasmado en el acta de la prolongación de la audiencia preliminar levantada en fecha 28-07-2014 en el presente asunto, y examinados minuciosamente los términos del acuerdo celebrado por las partes, por cuanto el mismo es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea de las mismas, tomando en cuenta que dicho acuerdo tiende a garantizar una armoniosa resolución de la controversia, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el procedimiento y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena la devolución de los escritos de pruebas promovidos por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar. Se ordena el archivo del expediente en su debida oportunidad. Cúmplase.-
LA JUEZA,

Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO
LA SECRETARIA
ABG.



GMC/ERS/brp