REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 17 de Febrero de 2014.-
203° y 154°
Expediente Nº 24.394.
Visto el escrito presentado por el abogado ISMAEL MEDINA PACHECO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.495, en el expediente signado con el Nº 24.394, contentivo del juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA interpusiera la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL, S.A., Banco Universal, contra la Sociedad Mercantil RODRIGUEZ MAZA & ASOCIADOS, C.A., y OTROS; mediante el cual solicita sea declarada por el Tribunal la perención de la instancia, en la causa que por TERCERÁ interpusiera el ciudadano PEDRO RAFAEL RODRIGUEZ HONC, en atención a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado, a los fines de proveer al respecto previamente observa: Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, signado con el Nº 24.394, se puede evidenciar que corresponde a la causa principal del juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA interpusiera la mencionada Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL, S.A., Banco Universal, contra la Sociedad Mercantil RODRIGUEZ MAZA & ASOCIADOS, C.A., y OTROS; y siendo que el diligenciante solicita la perención de la tercería que interpusiera en su momento el referido ciudadano PEDRO RAFAEL DROGUIGUEZ HONC, el cual de la revisión efectuada al expediente, no aparece como parte procesal en este expediente, por lo que no pudiera peticionar requerimiento alguno en éste, ya que no tiene interés en el mismo, es por ello que, este Tribunal debe desestimar tal petición. En virtud de lo anteriormente expuesto, se impone para este Tribunal NEGAR LA SOLICITUD hecha por el referido abogado ISMAEL MEDINA PACHECO. ASÍ SE ESTABLECE.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Dra. CRISTINA BEATRIZ MARTINEZ.
EL SECRETARIO,
Abg. NEIRO MARQUEZ MORA.
Expediente Nº 24.394.
CBM/NMM/felix.
(Interlocutoria)