REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescente
La Asunción, 17 de Febrero de 2014
203º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL : OP01-D-2012-000250
ASUNTO : OP01-D-2012-000250



Vista el acta levantada por este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes, en relación a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, Para decidir observa: Señala el DE PALABRA A LA DEFENSORA PUBLICO PENAL N° 03, DRA. GEISHA CAMACARO, : “… vista que el día de hoy nos encontramos reunidos a los efectos de hacer la revisión de la medida de ambos adolescentes, se evidencia que cursa en el expediente para cada uno de estos adolescentes dos informes de evolución fechados 22-11-2013 y 17-02-2014, mediante el cual se evidencia con respecto al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, refiere que el adolescente logro aprobar el cuarto y quinto grado de la Misión Ribas, y se encuentra en la cursilón del sexto grado, mostrando este adolescente interés y atención en las clases, donde se evidencia todas las habilidades que ha tenido así como también se ha establecido que en el área de formación laboral ha participado en cursos de albañilería y planificación domestica, refieren que ha estado acompañado por su representante legal, y en el primer informe de evolución conductual hacen referencia que no había registro de mal comportamiento y que su conducta se mantenía bajo observación, no obstante en su segundo informe de evolución conductual se refiere que este adolescente se ha mostrado mas reflexivo, haciendo un recuento de los eventos que influyeron en su conducta, mostrando buen estado de animó, y señalando el experto que mantiene un pronóstico en términos medianamente favorables, al igual existen para IDENTIDAD OMITIDA, dos informes de evolución, en el cual se refiere que se encuentra seleccionado para el próximo corte de la misión Ribas ha participado este adolescente en el curso de planificación domestica, en su area familiar recibe el apoyo y visita frecuente de su representante legal, y refiere en el informe de evolución conductual que se muestra espontáneo mostrando buena impresión, en su ultimo informe de evolución, refiere que este adolescente va ser incluido en los próximos cursos INCES donde se les pueda brindar herramientas que le permitan obtener ingresos, impartiéndoles destrezas laborales, por todas estas consideraciones pido a este Tribunal revise los informes de evolución de ambos adolescentes, se evalúen los rasgos positivos alanzados durante su internamiento, de manera individual y considera la defensa que están dadas las circunstancias para que estos adolescentes sean acreedores de sustitución de la sanción por sanciones menos gravosas en libertad, pidiendo se le ceda el derecho de palabra a mis representados para que estos a aviva voz manifiesten los alcanzado durante su internamiento.. Por su parte la representante del Ministerio Publico manifestó “El Ministerio Público observa “…ambos informes sociales y de evolución, de los dos adolescentes donde destaca el ultimo específicamente en el área de evolución conductual en relación al joven IDENTIDAD OMITIDA,, si bien es cierto que hasta el momento ha mejorado, no es menos cierto que en el informe conductual indica “por ahora el pronostico se enfoca en términos medianamente favorables”, queriendo decir estos que aun no se han alcanzado los objetivos de la sanción como lo son una total reinserción del adolescente. Ahora bien en relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en su informe de evolución conductual indica entre otras cosas los que a continuación me permito citar “durante la valoración conductual, se pudo observar un estado de reverencia y actitud medianamente hostil, con escasa resonancia en el planteamiento en el proyecto de vida, se mantiene el bloqueo de la afectividad, en relación a los resultados de la evaluación conductual, el pronostico de comportamiento es que debe permanecer bajo observación”, tomando además en consideración que la sanción impuesta fue de tres años cuatro meses, y hasta el momento apenas han cumplido un año seis meses y ocho días, no es aun si tan siquiera la mitad de la sanción impuesta, observando que aun para ambos adolescentes, existen necesidades para alcanzar las metas cumplida, como lo indica el plan individual, observa el Ministerio publico que estos adolescentes requieren mas tiempo, aunado al hecho que de conformidad con el articulo 488 del Código Orgánico Procesal Penal, en delitos pluiriofensivo como lo es de Robo Agravado, establece el mismo código que se aplica por supletoriedad del articulo 537 de la ley especial, debe cumplir con las dos terceras partes de la sanción impuesta, por tal motivo la opinión del Ministerio Publico es no favorable. Este Tribunal vistas y oídas las exposiciones de las partes, y siendo solicitado por la defensa la sustitución de la medida de libertad por otra medida menos gravosa, y la oposición a la sustitución por la vindicta publica , cumpliendo con las facultades que le confieren los artículos 646 y 647 literal “e” de la ley especial que rige la materia y con vista al plan Individual y a las estrategias establecidas para alcanzar las metas propuestas, antes de hacer los pronunciamientos observa: Constan en autos del folio 162y siguientes los informes de evolución , en el informe de evolución social refiere en relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en su valoración social, que participo en la conferencia de consumo de drogas y camino a la felicidad, dictado por la fundación Dianetica Margarita, también participo en el taller de cultura de paz dictados por los delegados de derechos humanos, del Ministerio de relaciones de Interior y de Justicia, que en el próximo mes de marzo se iniciaran los nuevos proyectos del INCES Nueva Esparta, en el área familiar cuenta con el apoyo de su madre, quien asiste constantemente a los encuentros familiares establecidos por la institución; en el informe de evolución conductual psicológico, refiere que inicia la entrevista tratando de dar una buena impresión, además del supuesto cambio basado en las experiencias negativas vividas durante su internamiento, además presenta escasa resonancia en el planteamiento sobre el aspecto relacionado con el proyecto de vida, se mantiene un bloqueo de la afectividad por lo que el resultado de la valoración en el pronostico de tratamiento debe permanecer en observación; también consta en autos constancia de culminación del proyecto integral de formación dictado por el INCES Nueva Esparta. Ahora en referencia al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, señala el informe de valoración social, que en la valoración social que desde su primera revisión ha mostrado una situación significativa que puede catalogarse dentro de los parámetros regulares, según las normas institucionales manteniendo una actitud positiva y en ocasiones asertiva, que no se han reportado en los últimos meses registros negativos, que ha mantenido conducta acorde en donde ha estado reclusito, en la parte familiar, ha recibido apoyo de su madre y hermanas, además refiere en la escolaridad sigue asistiendo a las clases de Misión Robinsón, donde el profesor lo evalúa de manera positiva y favorable, donde el adolescente muestra interés respondiendo con personalidad, además indica que termino el curso de planificación domestica, albañilería, manualidades navideñas, además participo en las charlas de cultura de paz, derechos humanos, consumo de drogas , se ha orientado al adolescente en cuanto a sus potencialidades y fortalezas para que pueda reinsertarse de manera efectiva en la sociedad, en el informe conductual psicológico refiere, se observa una incipiente resonancia en relación al tema en cuanto a la paternidad, que durante la entrevista hace un intento por mostrarse reflexivo, que se muestra espontáneo con buen estado de animo, que por ahora se enfoca en términos medianamente favorables además la constancia de culminación de curso de elaboración de alimentos, de adornos navideños, con material de provecho, por lo que considera esta juzgadora que la sanción impuesta este surtiendo los avances requeridos, conforme lo establece la ley especial que rige la materia, esta siendo evolutiva positivamente, en el caso de IDENTIDAD OMITIDA, hay alcances positivos conforme a los informes, por lo que considero como juzgadora que la medida esta siendo asertiva, y en relación al caso de IDENTIDAD OMITIDA, tenemos una fuga, no obstante los informes van siendo positivos, por lo que considera esta juzgadora que cuando aun hay ciertos avances por parte de los adolescentes en la sanción de Privación de Libertad, pero aún se requiere otros avances por parte de los adolescentes para lograr la finalidad de la medida, es decir, su adecuada convivencia en la familia y sociedad, para lograr conforme lo prevé el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se mantiene la sanción de Privación de Libertad, Conforme la solicitado por la Fiscal del ministerio Publico. Así mismo se actualiza el computo de la sanción impuesta a los adolescente, dejando constancia que los mismos han cumplido en relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDAha cumplido UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, Y VEINTINUEVE (29) DIAS falta por cumplir, UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y UN (01) DIA y en cuanto al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y OCHO (08) DIAS, y le falta por cumplir UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS. En virtud de todo los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal. ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, conformidad con lo dispuesto en el artículo 647 literal e, Procede a Revisar la Medida y acuerda lo siguiente: PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud de realizada por la defensora publica y en consecuencia se le mantiene la sanción de privación de Libertad. SEGUNDO: Se actualiza el cómputo, en relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ha cumplido UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, Y VEINTINUEVE (29) DIAS falta por cumplir, UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y UN (01) DIA; En relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y OCHO (08) DIAS, y le falta por cumplir UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS. TERCERO: Se ordena el reingreso de los adolescentes al Centro de Internamiento para Varones Los Cocos. ASI SE DECIDE.
La Juez de Ejecución,
Dra. PETRA MARCANO DE CERRDA LA SECRETARIA,


Abg. VIOLETA RODRIGUEZ DUARTE

Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento en esta misma fecha
LA SECRETARIA,

Abg. VIOLETA RODRIGUEZ DUARTE

1:39 PM