REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, seis (06) de febrero de dos mil catorce (2014)
Año: 203º y 154º
ASUNTO: OP02-N-2011-000027

Vista la diligencia de fecha 04 de febrero de 2014, suscrita por el Abogado OSCAR ADOLFO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.424, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada empresa INVERSIONES JNC, C.A., mediante la cual expone: “Desisto del procedimiento y de la acción y solicito se declare consumado el desistimiento y se ordene el archivo del expediente”. En consecuencia, este Tribunal en razón de que el desistimiento no es contrario a derecho, ni vulnera normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO dándole efecto de Cosa Juzgada, de conformidad con el ordinal 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así se decide.-
LA JUEZ,



Dra. ROSANGEL MORENO SERRA.

LA SECRETARIA,