REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 20 de Enero de 2014.-
203° y 154°
Vista la diligencia suscrita por el abogado LUIS GABRIEL ROMERO GAVIDIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.371, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora en el expediente signado con el Nº 24.249, contentivo del juicio que por DAÑOS EMERGENTE Y LUCRO CESANTE, interpusiera la Sociedad Mercantil LA SENCILLA. C.A., contra la Sociedad Mercantil ALMACAR, C.A., mediante la cual solicita sean ratificados los oficios Nos. 0970-12.740, de fecha 2-02-2011; 0970-13.554, de fecha 11-05-2012 y 0979-14.317, de fecha 6-08-2013, dirigidos a la INTENDENCIA DE ADUANAS, ubicada en el Edificio Centro Capriles, piso Nº 12, Plaza Venezuela, Caracas, Distrito Capital, en este sentido este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia ordena librar oficio a dicho ente público, a fin de ratificar los referidos oficios, con el objeto de dar celeridad al presente proceso y no causarle ningún perjuicio a las partes en litigio. En relación, a que se libre comisión, a los fines de que el presente oficio sea entregado por el alguacil del tribunal que corresponda por distribución, este Tribunal NIEGA proveer al respecto. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Dra. CRISTINA BEATRIZ MARTINEZ.
EL SECRETARIO,
Abg. NEIRO MARQUEZ MORA.
En esta misma fecha se libró el oficio ordenado. Conste.-
EL SECRETARIO,
Abg. NEIRO MARQUEZ MORA.
Expediente Nº 24.249.
CBM/NMM/felix.