REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, 11 de Diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : PM-040-2014
ASUNTO : PM-040-2014
RESOLUCIÓN JUDICIAL
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ PROVISORIO: DRA. LISSELOTTE GOMEZ URDANETA, Juez del Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N°03 del Circuito Penal Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. SECRETARIA: ABG. INAIRA AGUILERA.
IMPUTADO: ALVARO JOSE LEIVA ARCEA, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.598.545, de 19 años de edad, residenciado en la avenida Los caobos con Callejón San Pedro, Sector Plaza de Paraguachi, Casa S/N, Municipio Antolin del Campo de este Estado.
DELITO: Por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN EJECUCION DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal 2º en relación con lo previsto en el artículo 458 ambos del Código Penal Vigente.
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO: Dr. OBEL MORENO, en su carácter de Fiscal Tercero Auxiliar del Ministerio Público.
DEFENSORA PUBLICA: Dra. CARMELA MILLAN, adscrita a la Coordinación de la Defensoria Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Habiéndose efectuado el día 03-12-2014, la presente audiencia, estando dentro de la oportunidad legal para su publicación de la decisión dictada una vez oídas como han sido las partes. ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL N°03 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: En este acto pasamos a analizar el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal el cual establece los extremos para la procedencia o no de una Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad. En consecuencia hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En principio, este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el Numeral 1° del artículo 236, evidencia de la revisión de las actas consignadas por el Ministerio Público en este acto, evidencia este Tribunal que se ha cometido un presunto hecho punible, que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, el cual ha precalificado en este acto como lo es el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN EJECUCION DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal 2º en relación con lo previsto en el artículo 458 ambos del Código Penal Vigente, revisadas las actuaciones este Tribunal considera que con las actas aportadas por el representante del Ministerio Público a la presente audiencia, que se encuentran llenos los extremos previsto en el Ordinal 1° del articulo 236 ejusdem, en virtud en lo cual se ACOGE la Precalificación Fiscal por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN EJECUCION DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal 2º en relación con lo previsto en el artículo 458 ambos del Código Penal Vigente. SEGUNDO: Este Tribunal pasa al análisis de lo establecido en el artículo 236 en su 2° Ordinal ejusdem, este Tribunal revisadas las actuaciones presentadas por el Ministerio Público y de los alegatos explanados oralmente por el mismo, que el hoy imputado podría ser autor o partícipe del delito que se le imputa, lo cual se fundamenta en: Denuncia Común interpuesta por la ciudadana MARINELLA GABRIOLI, de fecha 30-11-2014, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 30-11-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 30-11-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Inspección Técnica con Fijación Fotográfica N° 2709 de fecha 30-11-2014, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Inspección Técnica con Fijación Fotográfica N° 2712 de fecha 30-11-2014, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 30-11-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Inspección Técnica con Fijación Fotográfica N° 428 de fecha 30-11-2014, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Inspección Técnica con Fijación Fotográfica N° 2710 de fecha 30-11-2014, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Planillas de Cadena de Custodia de Evidencia Física de fecha 01-12-2014, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 30-11-2014 rendida por el ciudadano GERALDO SANCHEZ por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 30-11-2014 rendida por el ciudadano JESUS ( demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 30-11-2014 rendida por el ciudadano ALEJANDRO (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por la ciudadano VERONICA BARACCHI (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano JOSE FERNANDEZ por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 01-12-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Inspección Técnica con Fijación Fotográfica N° 2711 de fecha 01-12-2014, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano RAFAEL BRITO por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por la ciudadano YUWENDY ACOSTA (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano MIGUEL MOYA (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano DANNY GONZALEZ (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 01-12-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Inspección Técnica con Fijación Fotográfica N° 429 de fecha 01-12-2014, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 01-12-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano JOSE BRITO (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Experticia N° 9700-0380-060 de fecha 01-12-2014 suscrita por funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 01-12-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Inspección Técnica con Fijación Fotográfica N° 2713 de fecha 01-12-2014, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 01-12-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano GERALDO SANCHEZ por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Experticia N° 9700-103-AT-199 de fecha 01-12-2014 suscrita por funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 01-12-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 01-12-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Inspección Técnica con Fijación Fotográfica N° 430 de fecha 01-12-2014, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano DANIEL BRITO (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano MIGUEL GARCIA (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano CANDELARIO MARTINEZ (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Entrevista de fecha 01-12-2014 rendida por el ciudadano CANDELARIO MARTINEZ (demás datos se reserva el Ministerio Publico por la Protección de Testigos prevista en la Ley Especial), por ante funcionarios adscritos al Eje de Homicidios Nueva Esparta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Experticia N° 9700-0380-396 de fecha 01-12-2014 suscrita por funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Investigación Penal de fecha 01-12-2014, suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; Acta de Lectura de los Derechos del imputado de fecha 01-12-2014; Oficio Nº973-103-AT-351, de fecha 01-12-2014, de Registro de Antecedentes Penales del imputado, suscrita por funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Orden de Aprehensión dictada por este Tribunal de Control Nº03 de este mismo Circuito Judicial Penal en fecha 02-12-2014, Acta de Levantamiento de Cadáver Nº366-1741-581 de fecha 01-12-2014 suscrito por el Dr. JOSE CASTRO, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Con todos estos elementos considera este Tribunal que están llenos los extremos previstos en el Ordinal 2° del artículo 236 ejusdem. TERCERO: Encontrándonos en la oportunidad de imponer al ciudadano imputado ALVARO JOSE LEIVA ARCEA, de una Medida con la cual se garantizará su comparecencia a las demás fases del proceso, este Tribunal tomando en cuenta que la pena que podría llegar a imponerse en el presente caso en su limite máximo sobrepasa los diez años, este Tribunal considera que esta acreditado el peligro de fuga, y de la revisión de las actuaciones que constan en autos, en virtud de lo cual, este Tribunal considera que están llenos los extremos del artículo 236 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, referente al peligro fuga, por lo que quién aquí decide considera que lo procedente es RATIFICAR LA DETENCION Y DECRETAR LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD AL IMPUTADO DESIGNANDO COMO SITIO DE RECLUSIÓN LA SEDE DE LA ESTACION POLICIAL DE LA ASUNCION DE IAPOLENE, se Ordena librar la correspondiente Boleta de Privación y Oficios respectivo. CUARTO: Vista la Solicitud de la defensa se Declara Con Lugar y en consecuencia se Acuerda la practica de Evaluación Forense al imputado, PARA EL DÍA 04-12-2014 A LAS 7:30 HORAS DE LA MAÑANA, a los fines de determinar estado de salud actual, de presentar algún tipo de lesión, localización y tiempo de curación, debiendo remitir el respectivo informe detallando todos estos particulares a este Tribunal. Se ordena librar oficios respectivos. QUINTO: Revisadas las actuaciones este Tribunal Ordena seguir la presente investigación por el Procedimiento Ordinario. Se acuerda expedir 1 copia simple de las actuaciones solicitada por la defensa técnica del imputado. Se deja expresa constancia que en la presente audiencia se respetaron los Derechos y Garantías Constitucionales del imputado. Se Ordena librar Oficios respectivos. Se deja constancia que cualquier error material del acta es subsanado en la presente Resolución de conformidad con lo previsto en el artículo 176 de la norma adjetiva penal vigente. Provéase lo conducente. Publíquese, Regístrese, déjese copia. Así se Decide. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ DE CONTROL Nº 03
Dra. LISSELOTTE GOMEZ URDANETA
LA SECRETARIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA