REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintitrés (23) de abril de dos mil catorce (2014)
Años: 204º y 155º

ASUNTO: OP02-L-2013-000494

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar de fecha 10 de abril de 2014, sin que la parte demandada hubiere consignado en autos el respectivo escrito de Contestación de la Demanda, este Tribunal así lo hace constar; en consecuencia, se ordena la inmediata remisión del Asunto Nº OP02-L-2013-000494, constante de cuarenta (40) folios útiles, al Tribunal de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial que corresponda, de conformidad con lo establecido en la Sentencia Nro. 1300, emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 15 de octubre de 2004, con ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 135 y 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese Oficio de Remisión. Cúmplase.-
LA JUEZA,



DRA. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.-

EL SECRETARIO




GMC/rdr.-