REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES Y PENÍNSULA DE MACANAO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

Porlamar, 09 de Abril de 2014.
203° y 155°

Visto el DESISTIMIENTO de fecha 25-02-14, el cual riela al folio (02) de la segunda pieza del presente expediente, suscrito por el abogado en ejercicio DANIEL ESPINOZA, en su carácter de apoderado judicial de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL LAGUNA BLANCA I., inscrito por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Mariño, en fecha 08-06-1988, bajo el Nº 21, protocolo Primero, Tomo 16, Segundo Trimestre de 1988, parte actora en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), seguido contra el ciudadano OSWALDO VILLALOBOS TUDARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.980.229, parte demandada, y visto el consentimiento suscrito en fecha 08-04-2014, por el abogado en ejercicio JESUS ENRIQUE LINAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 122.336, en su carácter de Defensor Judicial de la parte demandada, ya identificado. Este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, conforme a lo dispuesto en el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y se procederá como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. Asimismo, se ordena levantar y dejar sin efecto la medida decretada por este Tribunal en fecha 24-03-2011.Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo de la presente causa. Cúmplase.
EL JUEZ,


Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.
LA…


…SECRETARIA TEMPORAL,



ABG. AYLEEN PEREZ BIANCO


NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente, conste,
LA SECRETARIA,












LJIU/APB*YR.-
EXP.11-2861.-



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