REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, Nueve (09) de Abril de Dos Mil Catorce (2014)
Años 203º y 155º
En el día de hoy, Nueve (09) de Abril de Dos Mil Catorce (2014), siendo las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), se trasladó y constituyó éste Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por el Abogado JORGE HUERTA POLIDOR, Juez Provisorio en compañía de la Secretaria Temporal Abogada LAURA MILLÁN NARVÁEZ, el Asistente de Tribunal Abogado Wildel Marcano, y el ciudadano LUIS CEDEÑO, Alguacil de éste Juzgado Agrario, en un lote de terreno ubicado en el Sector Guatamare, Av. 31 de Julio, Calle Las Villarroeles, Municipio García del Estado Nueva Esparta; con el fin de practicar la Inspección Judicial acordada por éste Tribunal Agrario mediante auto de fecha 03 de abril de 2014, de conformidad con lo previsto en los artículos 189, 190 y 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Acto seguido, el Tribunal Agrario deja constancia que en el lote de terreno donde se encuentra constituido se hicieron presentes la ciudadana Carmen Dominga Quilarque de Castillo, titular de la cédula de identidad Nº V-2.830.640, en su condición de parte actora en la presente causa, y el ciudadano Eusebio Castillo, titular de la cédula de identidad Nº V-2.831.835, debidamente asistidos por el Abogado Luis Miguel Rojas, en su carácter de Defensor Público Primero Agrario adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Nueva Esparta. Seguidamente el Tribunal Agrario pasa a designar como experto al Ingeniero Agrónomo José Manuel Bravo, titular de la cédula de identidad Nº V-9.271.720, Jefe del Área Técnica de la Oficina Regional de Tierras del Estado Nueva Esparta adscrita al Instituto Nacional de Tierras (INTI), para que asesore a éste Tribunal en la práctica de la presente Inspección Judicial; quien estando presente aceptó tal designación y prestó el juramento de Ley. El Tribunal Agrario previo recorrido por el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial y con el asesoramiento del experto designado deja constancia de los siguientes particulares: PRIMERO: El Tribunal Agrario deja constancia que en el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial, existe una actividad agrícola vegetal consistente en la siembra de musáceas: sesenta (60) matas de cambur y sesenta (60) matas de topocho aproximadamente; SEGUNDO: El Tribunal Agrario deja constancia que las condiciones fitosanitarias de los cultivos de musáceas (cambur y topocho) existentes en el terreno inspeccionado son buenas, requiriendo algunas plantas la aplicación de la técnica del desbarejado y del deshije, asimismo se deja constancia que dicho terreno está limpio y sin maleza; TERCERO: El Tribunal Agrario deja constancia que en el lote de terreno inspeccionado no se observó amenazas de paralización, ruina, desmejoramiento o destrucción de la actividad agrícola vegetal existente en el terreno inspeccionado; No habiendo otro particular al cual hacer referencia, éste Tribunal Agrario deja concluida la respectiva inspección judicial. En tal sentido se le concede al experto designado y juramentado un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, a los efectos de que consigne el respectivo informe técnico y fotográfico. Siendo las diez y treinta y ocho minutos de la mañana (10:38 a.m.) concluyó la presente inspección judicial y aún en sitio se ordena el regreso a su sede natural; En consecuencia se levantó el acta respectiva y éste Tribunal Agrario ordena agregarla al expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Provisorio,
Abg. Jorge Huerta Polidor
La Secretaria Temporal,
Abg. Laura Millán Narváez,
La Parte Accionante,
El Abogado Asistente,
El Experto Designado,
El Asistente de Tribunal,
El Alguacil,
Exp. Nº A-0015-13
JHP/LMN/wm.-