REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
Pampatar, 08 de Octubre de 2013.-
203º y 154º.-

Vista la transacción judicial celebrada en fecha 26/09/2013, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA, sigue el ciudadano CARMELO RENATO SERGIO D’ANGELO SILVESTRI, venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad nro. 5.115.518, representado por Apoderado Judicial, el Abogado en ejercicio GREGORIO CÓRDOVA MARÍN identificado con la Cédula de Identidad Nro. V-11.536.705 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 87.268; y por la otra, los demandados, ciudadanos GREGORINA DEL CARMEN ESPIN MARTINEZ, ANA LUCIA ESPIN MARTINEZ Y LUIS DANIEL ESPIN MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las Cédulas de Identidad Nro. V-18.777.196, V-18.777.195 y V-19.762.419, respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio CARLOS DIMITRI VASQUEZ JUAREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad Nro. V-7.212.970 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.178.444; este Tribunal, por cuanto la referida transacción versa sobre derechos disponibles, da por consumado el acto y le imparte su homologación. Procédase como en sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas, autorizando para su elaboración y confrontación a la ciudadana LUISA BELINDA GOMEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de Identidad Nro. V- 12.673.656, asistente de este Juzgado.-


Dr. José Gregorio Pacheco,


Juez del Municipio Maneiro.-
El Secretario,


Abg. Pedro Miguel Gómez Millán.-








JGP/PMGM/carlos.-
Exp.2013-2324.-
Sentencia Interlocutoria Nro.2013-1398.-