REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescente
La Asunción, 14 de Mayo de 2013
203º y 154º



ASUNTO PRINCIPAL : OP01-D-2012-000477
ASUNTO : OP01-D-2012-000477


Firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, de fecha 17 de Abril de 2013, dictada en contra del adolescente Identidad Omitida, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y ESTUPEFACIENTES EN SU MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto en el artículo 149 segundo aparte de la Ley orgánica de Drogas . En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, procede a ejecutar la mencionada Sentencia de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y a darle contenido a las sanción impuesta al adolescente de marras de conformidad con lo dispuesto en el artículo 643 “ejusdem”, en los siguientes Términos: UNICO: Impone a del adolescente Identidad Omitida, de manera simultanea las siguientes sanciones a cumplir establecida en el artículo 620 literales B y D de la ley especial como son: REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la protección de Niños Niñas y Adolescentes, por el lapso de Dos(02) AÑOS , ambas sanciones . La sanción de REGLAS DE CONDUCTA, consistente en la obligación Estudiar y trabajar y presentar la debida constancia antes el Tribunal de Ejecución cada tres meses, y Libertad Asistida consistente en recibir Vigilancia, Orientación y Supervisión mensualmente de los funcionarios adscritos a los Servicios auxiliares de esta sección de adolescente, cada treinta días . Cítese al adolescente¬¬¬ ¬¬al adolescente Identidad Omitida, ampliamente identificado en autos junto a su Defensa, para el día (26) de junio de 2013, a las 10:00 horas de la mañana, a fin de imponerlo del presente auto. Ofíciese. Notifíquese a la Fiscal Séptima del Ministerio Público. Regístrese. Diarícese. Déjese copia certificada del presente auto. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

Dra. Petra Marcano de Cerrada


LA SECRETARIA,


Abg. Karina Rojas


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,


Abg . Karina Rojas















10:18 AM