REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, ocho (08) de mayo de dos mil trece (2013).-
Años: 203º y 154º


ACTA DE AUDIENCIA

Nº DE EXPEDIENTE: OP02-L-2013-000143
PARTE ACTORA: ROSSANA DEL VALLE VASQUEZ. (No Compareció)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EUMARY LAYA, MIRJAN BARRETO, BENJAMIN ALVINO Y OTROS. (No Compareció).
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA EL FARO, C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DELVALLE DAMELIS JIMÉNEZ DE MALDONADO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, ocho (08) de mayo de dos mil trece (2013), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2013-000143, se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez ELIDA SUAREZ VELASQUEZ, con la asistencia de la Secretaria Abogado PAULA DIAZ MALAVER. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparece por la empresa demandada DISTRIBUIDORA EL FARO, C.A., la Abogada DELVALLE DAMELIS JIMÉNEZ DE MALDONADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 48.510, en su carácter de Apoderada Judicial, según se evidencia de Poder debidamente autenticado ante la Notaría Pública Quinta del Municipio Baruta, de fecha 25-09-2003, quedando anotado bajo el número 05, tomo 42 de los libros de autenticaciones llevados por dicho despacho el cual consigna en este acto a efectum videndi a los fines de su devolución previa certificación en autos; se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,

Dra. ELIDA SUAREZ VELASQUEZ.



LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA,


Abg. PAULA DIAZ MALAVER.