REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

Porlamar, 21 de Marzo de 2013.
202° y 154°
Visto el DESISTIMIENTO de fecha 19-03-2013, el cual riela al folio trece (13), del presente expediente, suscrito por los ciudadanos YURANIS VELASQUEZ CAMPO Y KRYSTOFFER MIGUEL LOPEZ RINCON, la primera de nacionalidad Colombiana y el segundo venezolano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. E-84.496.911 y V-14.045.420, respectivamente, domiciliados en la Avenida 4 de Mayo Residencias Unión, Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta,debidamente asistidos por el abogado en ejercicio UBALDO ENRIQUE FRONTADO VALERIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 121.453, en el presente juicio por SEPARACION DE CUERPOS. Este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, conforme a lo dispuesto en los artículos 263, 265, 266 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y se procederá como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. Asimismo, se da por terminado el presente Juicio y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
EL JUEZ,



Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.
LA SECRETARIA,



ABG. MARÍA MARCANO RODRÍGUEZ


LJIU/ MAM*YR.-
EXP.12-2952.-