REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Elementos de convicción traídos por el Ministerio Público al Acto de Presentación:
1°- Acta Policial de fecha 09-03-13, suscrita por Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación de Punta de Piedra, donde se deja constancia de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, de cómo ocurrieron los hecho, y de cómo se llevo a efecto la detención del ciudadano ELPIDIO RAFAEL RAMIREZ COVA, elemento tomado para demostrar la comisión del hecho punible en el presente proceso.
2.- Acta de Entrevista a la ciudadana DALIA GUEVARA VILLARROEL, de fecha 09/03/2013, suscrita por Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación de Punta de Piedra, donde narra el hecho ocurrido, elemento tomado para demostrar la comisión del hecho punible en el presente proceso y la presunta responsabilidad del ciudadano imputado.
3.- Reconocimiento Médico Legal, practicado a la ciudadana DALIA GUEVARA VILLARROEL, por la Dra. ODALIS PENOTT, Médica Forense adscrita al Departamento de Ciencia Forense del Cuerpo de Investigaciones, Científica, Penales y Criminalística Sub- Delegación de Punta de Piedra, de fecha 09-03-13, donde se detallan la lesiones causadas y deja constancia la médica forense que la víctima presentó: “Contusión edematosa y escoriadas en frontales, Contusión equimótica malar derecha, Contusiones equimóticas y escoriadas en cara interna del labio inferior, Contusion edematosa parietales izquierda, Contusiones equimóticas y escoriadas múltiples ínter escapulares y en base de hemitorax posterior izquierdo, Contusiones escoriadas lineales en región sacra u glútea derecha y Hematoma en glúteo izquierdo de 3X4 cm. de diametro ”; elemento tomado para demostrar la comisión del hecho punible en el presente proceso.
4.- Inspección Técnica Nº 064 con Fijación Fotográfica de fecha 09-03-12, realizada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación de Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, donde dejan constancia del sitio del suceso.
5.- Reconocimiento Legal Nº 019, realizado por funcionarios adscritos Cuerpo de Investigaciones, Científica, Penales y Criminalística, de fecha 09-03-13, practicado a objetos que fueran incautados, descritos como: Un (01) segmento de cabilla y una (01) herramienta rudimentaria “machete”, los cuales guardan relación con el presente proceso.