REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciocho de marzo de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO: OP02-J-2013-000128
En el día de hoy, dieciocho de marzo de dos mil trece, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia del Único Acto Reconciliatorio a la que se contrae el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en la solicitud de Divorcio conforme a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos Juan Guillermo Cabezas Muñoz y Noris Mar Guevara Guilarte, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.23.591.851 y 16.036.209. Se constituye este Juzgado a fin que tenga lugar la indicada audiencia. Anunciado el acto por el Alguacil adscrito a este Circuito de Protección se deja constancia que ambos solicitantes comparecieron al acto con su abogado asistente Gerardo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.68.758. La Jueza insto a la reconciliación a los comparecientes. La ciudadana Noris Mar Guevara Guilarte señaló: “Insisto en el divorcio ya que estamos separados desde en el mes de septiembre del año 2006. Es todo.” Seguidamente, el ciudadano Juan Guillermo Cabezas Muñoz manifestó: “Ratifico mi solicitud de divorcio ya que así lo hemos convenido. Es todo.” En este estado, la Jueza les instó a cumplir cabalmente con las Instituciones Familiares a favor de sus hijas. Se deja constancia de la presencia de las niñas omitido, a quien se les garantizó su derecho a opinar y ser oída a tenor de lo establecido en el artículo 80 de la Lopnna y este Juzgado procederá a dictar sentencia dentro de los cinco días de despacho siguientes al día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Fanny Luz Márquez
La ciudadana Noris Mar Guevara Guilarte
El ciudadano Juan Guillermo Cabezas Muñoz
La Secretaria,
María Teresa Millán.