REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, diecinueve de marzo de dos mil trece
202º y 154º
ASUNTO: OP02-V-2012-000766
AUDIENCIA DE MEDIACIÓN
En el día de hoy, diecinueve de marzo de dos mil trece, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el Unico Acto Reconciliatorio a que se contrae el artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en la causa seguida por la ciudadana Wendy Josefina Salazar Duben, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.10.204.389 contra el ciudadano Carlos José Rios Marcano, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No.9.429.214. Se constituye este Juzgado a los fines que tenga lugar la indicada audiencia. Anunciado el acto por el Alguacil adscrito a este Circuito Judicial de Protección se deja constancia que la parte actora no compareció a la Audiencia ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno sin causa que justificara su incomparecencia y es en virtud de que la parte actora no compareció por los razonamientos antes expuestos, es por lo que se declara DESIERTO el Acto. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declara Desistido el procedimiento y extinguida la instancia. Por todos los razonamientos expuestos es por lo que esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana por la ciudadana Wendy Josefina Salazar Duben, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.10.204.389 contra el ciudadano Carlos José Rios Marcano, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No.9.429.214 y da por TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida en un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Fanny Luz Márquez M.
La Secretaria,
María Teresa Millán.
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