REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

Elementos de convicción traídos por el Ministerio Público al Acto de Presentación:

1.- Denuncia formulada por la Ciudadana ARACELYS JOSEFINA FIGUEROA, ante funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística de fecha 12 de junio de 2013, donde narra el hecho ocurrido, elemento tomado para demostrar la comisión del hecho punible en el presente proceso y la presunta responsabilidad del ciudadano imputado.

2.- Acta de Investigación Penal, realizada por los funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística de fecha 12 de junio de 2013, donde se detallan las circunstancias de tiempo, modo y lugar de cómo ocurrieron los hecho y de cómo llevó a efecto la detención del ciudadano DOUGLAS JOSE SALAZAR GONZÁLEZ, elemento tomado para demostrar la comisión del hecho punible en el presente proceso.

3.- Denuncia formulada por la ciudadana YELITZA DEL VALLE SILVA FIGUEROA, ante funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística de fecha 12 de junio de 2013, donde narra el hecho ocurrido, elemento tomado para demostrar la comisión del hecho punible en el presente proceso y la presunta responsabilidad del ciudadano imputado.

4.- Reconocimiento Médico Legal Nº 9700-159-1223, realizada por la DRA. ODALIS PENOTT, adscrita al Departamento de Ciencia Forense del Cuerpo de Investigación Científicas Penales y Criminalística, se evidencia que la víctima presentó: “Contusión edematosa en tobillo derecho y dorso del pie derecho…”; elemento tomado para demostrar la comisión del hecho punible en el presente proceso

5.- Reconocimiento Psicológico Nº 9700-159-470, realizado por la LIC. LISETTE MARCANO NARVÁEZ, adscrita al Departamento de Ciencia Forense del Cuerpo de Investigación Científicas Penales y Criminalística, donde se evidencia la afectación emocional que presenta la víctima, producto de la conducta asumida por el presunto autor del hecho.

4.- Inspección Técnica Nº 0376, con fijación fotográfica, realizada por los funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística de fecha 12 de junio de 2013, mediante la cual se deja constancia del sitio donde ocurrieron los hechos.