REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
Porlamar, 18 de Julio de 2013.
203° y 154°

Visto el DESISTIMIENTO de fecha 16-07-2013, el cual riela al folio Cuarenta y Seis (46) del presente expediente, suscrito por la abogada en ejercicio FRANCIS RODRIGUEZ VILLARROEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.818, y titular de la cédula de identidad Nº V-12.334.935, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RUBEN DARIO GUERRERO KOSSOWSKI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.896.459, parte actora, en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), seguido contra la Sociedad Anónima “VENEZOLANA DE TURISMO VENETUTR, S.A.”, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto del Distrito Capital y Estado Miranda, quedando inscrita en el Tomo 1215A, Nº.6 del año 2005, posteriormente publicada en Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 38.316, de fecha 17-11-2005, parte demandada. Este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, conforme a lo dispuesto en el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y se procederá como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. Asimismo, se ordena devolver las originales de las facturas consignadas en el presente expediente; así como también el instrumento poder el cual cursa en original en la presente causa; previa certificación en autos Se da por terminado el presente Juicio y se ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase.
EL…
…JUEZ.



Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.
LA SECRETARIA,



ABG. MARIA MARCANO RODRIGUEZ.

NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente, conste,
LA SECRETARIA,










LJIU/ MMR*yr.-
EXP.13-3037.-