REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 11 de Julio de 2013.
203° y 154°
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el expediente Nº 24.768 contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA, interpusiera la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN LEIVXX, C.A., contra las sociedades mercantiles GAUDEAMUS 2003 C.A., y GRUPO GAUDEAMUS C.A., este Tribunal observa: Que en fecha 03-07-2013 (fs. 45 al 48), se libro auto ordenando librar las compulsas de citación de las partes co-demandadas, comisionándose al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y el estado Miranda; siendo lo correcto ordenar la comisión al Juzgado Distribuidor de Municipios del Área Metropolitana de Caracas, para llevar a cabo la misma; este Juzgado, en atención a lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, anula el referido auto de fecha 03-07-2013, y en consecuencia, se ordena dictar nuevo pronunciamiento dándole cumplimiento a lo ordenado a lo ordenado en el auto de admisión de la presente causa, en atención a lo dispuesto en el artículo 211, eiusdem. ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ PROVISORIA,
Dra. CRISTINA BEATRIZ MARTÍNEZ.-
EL SECRETARIO,
Abg. NEIRO MARQUÉZ.
Expediente Nº 24.768.
CBM/NM/oclm.
(Interlocutoria)