0REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, doce (12) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: OP02-R-2013-000047

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE DEMANDANTE APELANTE: TOMAS JOSÉ DELGADO ÁVILA, venezolano, mayor de edad, legalmente hábil, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.055.288.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE: Abogada IRENE FRANCO CALKITIS y GABRIEL VÁSQUEZ IRAUSQUIN inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 37.068 y 100.948, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SIGO S.A., inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 24-04-1972, bajo el Nro. 131, folios 173 y 175 vto.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados en ejercicio ALEJANDRO CANÓNICO, LJUBICA JOSIC, HAIDEMAR PRATO y GIULIA LA ROSA. Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 63.038, 69.418, 115.856 y 121.426.
MOTIVO: PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO. Recurso de Apelación interpuesto en contra de la decisión publicada en fecha 13-05-2013 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.

En el día de hoy, doce (12) de julio de dos mil trece (2013), siendo las Diez horas de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública, la cual fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con lo establecido en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; de la causa distinguida bajo el Nº OP02-R-2013-000047; se constituye el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por la ciudadana BETTYS LUNA AGUILERA, Jueza Primera Superior del Trabajo, y la Secretaria, ciudadana MARIA G. MORALES RAUSEO. Anunciándose la realización de dicho acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandante apelante ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Así mismo, se deja constancia de la comparecencia de la Abogada en ejercicio HAIDEMAR PRATO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada SIGO S.A. En consecuencia este Tribunal Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declara DESISTIDO el presente Recurso de Apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se condena en costa a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 62 Ejusdem. Remítase el presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de este Estado, a los fines respectivos.
LA JUEZA SUPERIOR,

BETTYS LUNA AGUILERA

LA SECRETARIA,

MARIA G. MORALES RAUSEO