REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, Veintidós (22) de Julio de Dos Mil Trece (2013)
203º y 154º

En el día de hoy, lunes veintidós (22) de julio de dos mil trece (2013), siendo las diez y veintidós minutos de la mañana (10:22 a.m.) se trasladó y constituyó éste Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a cargo del Abogado Jorge Huerta Polidor, Juez Provisorio de este Tribunal, con la asistencia de la Secretaria Temporal Abogada Laura Millán, el Alguacil Luís Cedeño y el Asistente de Tribunal Abogado Wildel Marcano, en un lote de terreno ubicado en el Sector Chinguirito de Atamo Norte, Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta. Seguidamente, se deja constancia que en el predio donde se encuentra constituido el Tribunal se hicieron presentes los ciudadanos GABINO ANTONIO DIAZ y GABRIEL SALAZAR GUERRA, titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.481.876 y V-12.676.760, respectivamente en su carácter de parte accionante en la presente causa, debidamente asistidos por el Abogado Luís Miguel Rojas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.280, en su condición de Defensor Público Primero Agrario adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Nueva Esparta, los ciudadanos ALICIA DIAZ DE MALAVER Y ENEMECIO RAFAEL DIAZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V-6.062.657 y V-2.834.784, respectivamente en su carácter de parte accionada en la presente causa. Acto seguido éste Tribunal Agrario pasa a designar como Experto al Ingeniero Agrónomo JOSÈ MANUEL BRAVO, titular de la cédula de identidad Nº V-9.271.720, funcionario perteneciente a la Coordinación General de la Oficina Regional de Tierras del Estado Nueva Esparta, adscrito al Instituto Nacional de Tierras (INTI), juramentándolo y el mismo expuso: “Enterado como estoy de mi designación como experto en el presente acto, acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente el Tribunal Agrario pasa a realizar un recorrido por el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial y procede a dejar constancia del siguiente particular: PRIMERO: Este Tribunal Agrario actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y previo asesoramiento del experto designado deja constancia que en el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial tiene una superficie de novecientos ochenta y seis metros cuadrados (986 Mts2), aproximadamente; SEGUNDO: Este Tribunal Agrario actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y previo asesoramiento del experto designado deja constancia que en el lote de terreno objeto de la presente inspección no se están realizando ningún tipo de actividad agrícola y no existe ningún tipo de mantenimiento en la aplicación de practicas culturales propias del cultivo, que desde el punto de vista técnico se recomienda el control de malezas (manual-químico) lo que permitiría la recuperación de algunas plantas que se reutilizarían solo como semilla, debido a que su parte productiva (tubérculo) no logró su desarrollo vegetativo producto del mal manejo; TERCERO: Este Tribunal Agrario actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y previo asesoramiento del experto designado deja constancia que en el lote de terreno inspeccionado no existe el peligro de daño inminente que pueda ocasionar perjuicio a la actividad agrícola en el mencionado predio, y tampoco se observo amenaza de desmejoramiento, de la ruina o de la destrucción de la producción agraria. Seguidamente el Juez de éste Tribunal Agrario le concede al experto designado y juramentado un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, a los efectos de que consigne el respectivo informe técnico y fotográfico. Siendo las diez y treinta y cinco minutos de la mañana (10:35 p.m.), concluyó la presente inspección judicial y aún en sitio se ordena el regreso a su sede natural; En consecuencia éste Tribunal Agrario ordena agregar al expediente la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Provisorio,

Abg. Jorge Huerta Polidor
La Secretaria Temporal,
Abg. Laura Millán Narváez

El Abogado Asistente y/o Defensor

Gabino Antonio Díaz

Gabriel Salazar Guerra

Alicia Díaz de Malaver

Enemecio Rafael Díaz

El Asistente,

El Experto Designado

El Alguacil,

Luís Cedeño








Exp. Nº A-0010-12
JHP/LM/wm.