REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
De la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, veinticinco (25) de julio de dos mil trece (2013)
Años: 203º y 154º

ACTA DE AUDIENCIA

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
Nº DE EXPEDIENTE: OP02-L-2012-000625
PARTE ACTORA: BRENDA DEL VALLE FRONTADO ANTON.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: DARWIN RAFAEL TOLEDO.
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD VENEZUELA (SEVECA), C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: GIOVANNY LÓPEZ Y JERJES RAFAEL DORTA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, veinticinco (25) de julio de dos mil trece (2013), siendo las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana (09:45 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el Nº OP02-L-2012-000625, se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ, con la asistencia de la secretaria Abogada PAULA DÍAZ MALAVER. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparece por la parte demandada, SEGURIDAD VENEZUELA (SEVECA), C.A., el Abogado JERJES RAFAEL DORTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 109.444, en su carácter de Apoderado Judicial, según se evidencia de Poder debidamente autenticado ante la Notaría Pública Segunda de Porlamar, de fecha 07-11-2012, quedando anotado bajo el número 04, tomo 237 de los libros de autenticaciones llevados por dicho despacho. En este estado, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.-
LA JUEZ.,

Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.
LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA.

Abg. PAULA DÍAZ MALAVER.