REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.-
La Asunción, doce de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: OP02-S-2013-000025
Vista la diligencia presentada de fecha (11) de julio de dos mil trece (2013), por la Abogada GABRIELA GARCIA SERRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 134.348, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil RATTAN HYPERMARKET, C.A, mediante la cual desiste de la oferta real de pago presentada en fecha 13 de junio a favor del ciudadano JOSÉ MANUEL RIOS, titular de la cédula de identidad Nº 14.156.816. Este Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por la empresa, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el archivo del expediente en su debida oportunidad. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
LA JUEZA,
Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.
LA SECRETARIA,
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